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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 362, Noviembre 2011

Caso núm. 2594 (Perú) - Fecha de presentación de la queja:: 17-SEP-07 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 122. En su reunión de noviembre de 2010, el Comité pidió al Gobierno que le mantenga informado del resultado de los procesos judiciales de las trabajadoras despedidas en la empresa Panam Contenidos S.A. (anteriormente denominada Panamericana Televisión S.A.). Asimismo, el Comité pide al Gobierno que en caso de que se constaten despidos ilegales tome todas las medidas necesarias para que los trabajadores y las trabajadoras despedidos/as y trasladados/as por motivos antisindicales sean reintegrados/as en sus puestos de trabajo, con el pago de los salarios y otros beneficios dejados de percibir, y que las multas por este tipo de infracciones sean aumentadas significativamente a efectos de que constituyan una sanción suficientemente disuasiva [véase 358.º informe, párrafos 772 a 780].
  2. 123. En su comunicación de 7 de mayo de 2011, el Gobierno manifiesta que en relación al proceso laboral iniciado por la Sra. Ana María Sihuay Parodi, mediante oficio núm. 09-2011-27-JLL-BCC de fecha 20 de enero de 2011, el 27.º Juzgado Laboral de Lima informó que dicho proceso se encuentra en etapa de ejecución y que se requirió a Panamericana Televisión S.A. que consigne a favor de la Sra. Sihuay la suma de 55.952,20 nuevos soles por concepto de indemnización por despido arbitrario y beneficios sociales. En relación al proceso laboral iniciado por la Sra. María Eliza Vilca Peralta, el Gobierno indica que de acuerdo al reporte judicial extraído de la consulta en línea del Poder Judicial, dicho proceso se encuentra pendiente de resolver por el 5.º Juzgado Transitorio de Trabajo. En relación al proceso laboral iniciado por la Sra. Carmen Rosa Mora Silva, señala el Gobierno que de acuerdo al reporte judicial extraído de la consulta en línea del Poder Judicial, dicho proceso se encuentra pendiente de resolver por el 2.º Juzgado Transitorio. En relación al proceso laboral iniciado por la Sra. Liliana Jesús Sierra Farfán, el Gobierno indica que de acuerdo al reporte judicial extraído de la consulta en línea del Poder Judicial, dicho proceso se encuentra pendiente de resolver por el 4.º Juzgado Transitorio de Trabajo.
  3. 124. Añade el Gobierno que respecto a las medidas en materia de despidos antisindicales, debe señalar que debido a la extinción de la empresa Panamericana Televisión S.A., los trabajadores que fueron cesados y que tenían beneficios laborales impagos han recurrido a la vía judicial a fin de iniciar las demandas laborales correspondientes. Por otro lado, a la fecha no se han formulado denuncias ni se ha tomado conocimiento de despidos antisindicales en la empresa Panam Contenidos S.A.
  4. 125. El Comité toma nota de estas informaciones. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado sobre el resultado de los procesos judiciales por despidos iniciados por las Sras. María Eliza Vilca Peralta, Carmen Rosa Mora Silva y Liliana Jesús Sierra Farfán.
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