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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 370, Octubre 2013

Caso núm. 2848 (Canadá) - Fecha de presentación de la queja:: 30-MAR-11 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 31. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de junio de 2012 [véase 364.º informe, párrafos 391 a 431]. En esa ocasión, el Comité formuló las siguientes recomendaciones:
    • a) el Comité pide al Gobierno que adopte rápidamente todas las medidas necesarias, incluidas las reformas legislativas, en consulta con los interlocutores sociales, a fin de garantizar que todos los contratistas de correos de la Empresa de Correos del Canadá disfruten plenamente de los derechos de sindicación y de negociación colectiva, al igual que cualquier otro trabajador. El Comité pide al Gobierno que, cuando sea necesario, suprima los obstáculos que — ya sea de manera implícita o explícita — impiden el ejercicio de estos derechos y que lo mantenga informado de la evolución de la situación a este respecto;
    • b) el Comité pide al Gobierno y a la organización querellante que comuniquen información sobre el resultado de la audiencia de la Corte Federal de Apelaciones relativa al recurso de revisión judicial de la competencia del Consejo de Relaciones Laborales del Canadá para examinar la cuestión planteada en relación con la Carta de Derechos y Libertades del Canadá y el artículo 13, 5) de la Ley sobre la Empresa de Correos del Canadá, y
    • c) el Comité pide al Gobierno que considere, en plena consulta con los interlocutores sociales interesados, la posibilidad de ratificar el Convenio núm. 98.
  2. 32. En su comunicación de fecha 7 de febrero de 2013, el Gobierno reitera que el Sindicato de Trabajadores de Correos del Canadá (CUPW) concluyó un nuevo convenio colectivo con la Empresa de Correos del Canadá. Los nuevos convenios colectivos de los trabajadores de la Unidad Postal de Operaciones Urbanas, por una parte, y de los carteros rurales y suburbanos, por otra, entraron en vigor el 21 de diciembre de 2012 y estarán en vigor hasta 2016. El Gobierno indica además que la Junta de Relaciones Laborales del Canadá dictó su decisión el 28 de enero de 2013 sobre un caso planteado en 2008 por el CUPW en el que se solicitaba a la Junta que concediese una declaración de empleador común a la Empresa de Correos del Canadá y a un contratista de la misma, de conformidad con la sección 35 del Código del Trabajo del Canadá, cuestión que el Comité observa no formaba parte de esta queja.
  3. 33. El Comité toma nota de la información proporcionada por el Gobierno, pero lamenta que no haya proporcionado información adicional sobre las medidas, incluidas las reformas legislativas, adoptadas en consulta con los interlocutores sociales para garantizar que todos los contratistas de correos de la Empresa de Correos del Canadá disfruten plenamente de los derechos de sindicación y de negociación colectiva al igual que cualquier otro trabajador, y sobre la supresión de los obstáculos que — ya sea de manera implícita o explícita — impiden el ejercicio de estos derechos. El Comité, por lo tanto, reitera su anterior solicitud y pide al Gobierno que lo mantenga informado de la evolución de la situación a este respecto.
  4. 34. El Comité también pide una vez más al Gobierno que le proporcione información sobre el resultado de la audiencia de la Corte Federal de Apelaciones relativa al recurso de revisión judicial de la competencia del Consejo de Relaciones Laborales del Canadá para examinar la cuestión planteada en relación con la Carta de Derechos y Libertades del Canadá y el artículo 13, 5) de la Ley sobre la Empresa de Correos del Canadá.
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