ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
Página de entrada NORMLEX  >  > Artículo 24/26 casos

QUEJA (artículo 26) - 2011 - BAHREIN - C111

Varios delegados a la 100.ª reunión (2011) de la Conferencia Internacional del Trabajo

Cerrado

Visualizar en: Inglés - Francés

Queja relativa al incumplimiento por Bahrein del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) presentada por varios delegados a la 100.ª reunión (2011) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT

Queja relativa al incumplimiento por Bahrein del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) presentada por varios delegados a la 100.ª reunión (2011) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT

Decisión

Decisión
  1. Por recomendación de su Mesa, a la luz de los acontecimientos descritos en el documento GB.320/INS/15/1, el Consejo de Administración:
  2. a) acogió con beneplácito el Acuerdo tripartito complementario, de 2014, alcanzado por el Gobierno, la Federación General de Sindicatos de Bahrein (GFBTU) y la Cámara de Comercio e Industria de Bahrein (BCCI), en el que, junto con el Acuerdo tripartito suscrito en 2012, se abordan todas las cuestiones expuestas en la queja, y se prevén las medidas necesarias para solucionar los demás asuntos pendientes;
  3. b) invitó a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones a que, en su examen relativo a la aplicación por el Gobierno de Bahrein del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), realizase un seguimiento de la aplicación del Acuerdo tripartito suscrito en 2012, así como del Acuerdo tripartito complementario, de 2014;
  4. c) invitó a la Oficina a que prestase asistencia técnica, previa solicitud, al Gobierno de Bahrein, la GFBTU y la BCCI para la aplicación plena y efectiva de los acuerdos anteriormente mencionados;
  5. d) decidió que la queja no requería la adopción de nuevas medidas por su parte, y
  6. e) declaró cerrado el procedimiento iniciado en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT en relación con la queja antes mencionada.
  7. ( GB.320/INS/15/1, marzo de 2014)
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer