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Observación (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) - Argentina (Ratificación : 1950)
Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 - Argentina (Ratificación : 2016)

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Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales
  1. 2022

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La Comisión saluda la ratificación por parte de la Argentina del Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930. La Comisión pide al Gobierno que proporcione informaciones detalladas sobre su aplicación, de conformidad con el formulario de memoria adoptado por el Consejo de Administración.
La Comisión toma nota de las observaciones de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma), de 31 de agosto de 2021, y de la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT RA), de 1.º de septiembre de 2021.
Artículos 1, 1), 2, 1), y 25 del Convenio. 1. Trata de personas.Marco institucional. La Comisión toma nota de que el informe final de evaluación del Plan nacional bienal de lucha contra la trata y explotación de personas 2018-2020, que se adjunta a la memoria del Gobierno, muestra que, de un total de 111 acciones previstas en el marco del plan de acción, se ha llevado a cabo el 80 por ciento. El Gobierno indica que, si bien se han alcanzado los principales objetivos establecidos en este plan, el contexto de la pandemia de la Covid-19 ha tenido un impacto notable en el desarrollo de algunas actividades. La Comisión toma nota de las numerosas actividades de sensibilización y formación llevadas a cabo en relación con la trata y la explotación en el trabajo, especialmente a través de las campañas de información, la distribución de folletos y las actividades de formación presencial o virtual. La Comisión también toma nota de la adopción del Plan nacional contra la trata y explotación de personas 2020-2022, elaborado por el Comité Ejecutivo del Consejo Federal para la Lucha contra la trata y explotación de personas y para la protección y asistencia a las víctimas, con el aporte de 44 organismos que actúan a nivel nacional, provincial y municipal, y en colaboración con la OIT y varios actores de la sociedad civil. El Plan nacional contiene 100 acciones que se articulan en torno a cuatro ejes principales: prevención, asistencia a las víctimas, persecución y coordinación, y fortalecimiento del marco institucional. Asimismo, la Comisión toma nota de que se han creado 25 mesas interinstitucionales para la prevención y lucha contra la trata de personas con el objetivo, entre otros, de contribuir a la formación continua de los funcionarios en materia de trata de personas, difundir ampliamente la línea telefónica de asistencia gratuita para denunciar las situaciones de trata, elaborar diagnósticos para mejorar la prevención de la trata y coordinar los esfuerzos en esta materia. Al respecto, la Comisión toma nota de que la CGT RA y la CTA Autónoma destacan la importancia de este trabajo interinstitucional, que, en su opinión, debe continuarse y profundizarse para acabar eficazmente con la trata y la explotación laboral.
La Comisión saluda que se continúe reforzando el marco institucional de lucha contra la trata de personas y pide al Gobierno que siga adoptando las medidas necesarias para la aplicación efectiva de los cuatro ejes del Plan nacional de lucha contra la trata y explotación de personas 2020-2022. Solicita al Gobierno que comunique informaciones sobre los diagnósticos y los informes de evaluación realizados al respecto, especificando el impacto de las medidas adoptadas y las dificultades encontradas, así como sobre las actividades realizadas en el marco del Consejo Federal para la Lucha contra la trata y explotación de personas y para la protección y asistencia a las víctimas, y de las mesas interinstitucionales de prevención y lucha contra la trata de personas creadas a nivel provincial.
Acción de la inspección del trabajo. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que se ha establecido un procedimiento especial para examinar los indicadores de explotación en el trabajo que puedan detectar los inspectores del trabajo en el curso de sus actividades, en virtud de la resolución ST núm. 230/18, de 12 de junio de 2018. Además, en 2020 se diseñó una guía práctica especialmente dirigida a los inspectores, para ayudarlos a entender mejor la problemática y los mecanismos que permiten identificar y denunciar las situaciones de trata y explotación laboral. Esta guía, de la que se adjunta una copia a la memoria del Gobierno, identifica tres indicadores principales de explotación en el trabajo: 1) la duración de la jornada laboral, 2) la remuneración percibida y 3) el entorno y las condiciones de trabajo, y explica cómo rellenar el Acta de Constatación de Indicios de Explotación Laboral («Acta IEL»). En su caso, los inspectores del trabajo están obligados a informar en el teléfono gratuito de ayuda del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos para permitir el tratamiento prioritario de la situación detectada y, si es necesario, solicitar la intervención de las fuerzas de seguridad y de las autoridades judiciales. La Comisión observa que se han organizado varias actividades, tanto presenciales como virtuales, para formar a los inspectores del trabajo en estas nuevas herramientas. Toma nota de que la inspección del trabajo realizó 191 903 inspecciones en 2018, y 146 926 inspecciones en 2019, a pesar de la reducción de personal (342 inspectores en 2018 frente a 321 en 2019). La Comisión también toma nota de la información detallada proporcionada por el Gobierno sobre los métodos de trabajo de la Unidad Especial de Fiscalización del Trabajo Irregular (UEFTI). La UEFTI ha llevado a cabo varias operaciones de control, incluso en colaboración con las organizaciones sindicales, cruzando varias fuentes de información como: 1) el número de trabajadores declarados en el Registro Público de Empleadores, 2) el número de trabajadores cubiertos oficialmente por los convenios colectivos concluidos con las empresas del sector agrícola («convenios de corresponsabilidad gremial»), 3) la producción habitual de una empresa determinada durante un periodo de tiempo determinado, y 4) el número de trabajadores normalmente necesarios para hacer frente a esta carga de trabajo. Estas actividades de inspección se llevaron a cabo principalmente en el sector agrícola y también implicaron el uso de herramientas de videovigilancia, como drones y dispositivos de vídeo de mano, especialmente adaptados para las zonas remotas.
La Comisión toma nota con interés de las actividades y las nuevas herramientas desarrolladas por los servicios de inspección para detectar situaciones de explotación en el trabajo. La Comisión alienta al Gobierno a proseguir en esta vía y a seguir adoptando medidas para reforzar la capacidad y recursos de la inspección del trabajo en todo el territorio y, en particular, en los sectores en los que se conoce la incidencia del trabajo forzoso, a fin de poder identificar situaciones de explotación laboral, especialmente la trata de personas con fines de explotación laboral, reunir pruebas, sancionar las infracciones y colaborar con los demás organismos encargados de hacer cumplir la ley.
Represión y aplicación de sanciones. La Comisión toma nota de la información detallada del Gobierno sobre las actividades de sensibilización y de formación llevadas a cabo por el fiscal y su unidad especializada, PROTEX, en el marco de la represión de la trata de personas. Señala, en particular, que en 2018 y 2019, varias acciones estuvieron dirigidas a brindar capacitación a magistrados y funcionarios del Poder Judicial, así como a miembros de las fuerzas de seguridad. La Comisión también toma nota de que la PROTEX ha participado en varios intercambios de buenas prácticas con el Brasil, en el marco del Programa de Cooperación Sur-Sur Brasil y Argentina implementado por la OIT, así como con otros países (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela). La Comisión toma nota de que, según el informe de 2020 de la PROTEX, la línea telefónica de asistencia gratuita recibió 3 525 denuncias en 2018 y 2019, de las cuales 472 se referían a casos de explotación laboral, y el 82 por ciento de ellas se presentaron a las autoridades judiciales. Desde 2012, se ha recibido un total de 20 719 denuncias a través de la línea telefónica. Además, según la información estadística facilitada por el Gobierno, entre 2018 y 2019 se iniciaron 125 procedimientos judiciales por casos de trata (35 por explotación laboral y 83 por explotación sexual). En el mismo periodo, se dictaron 85 condenas, 23 de las cuales fueron por explotación laboral y 59 por explotación sexual. La Comisión insta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para garantizar que todos los casos identificados de trata de personas se investiguen a fondo a efectos de que puedan ser procesados y de garantizar que quienes se dedican a la trata de personas sean objeto de sanciones disuasorias. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las actividades de la PROTEX, incluida su colaboración con los demás organismos encargados de hacer cumplir la ley, así como sobre el número de investigaciones y enjuiciamientos de los casos de trata, con fines, tanto de explotación sexual como laboral, y sobre el número de sentencias dictadas y las sanciones impuestas.
Lucha contra la complicidad y la corrupción en las fuerzas policiales. La Comisión toma nota de que, según la información facilitada por la PROTEX con la memoria del Gobierno, gracias a las denuncias recibidas de forma anónima a través de la línea de ayuda gratuita, se identificaron 117 casos de complicidad de agentes de las fuerzas de seguridad en los casos de trata o explotación laboral en 2018, así como 110 casos en 2019. Sin embargo, debido al anonimato de los denunciantes y a las alegaciones, a veces vagas, de la mayoría de las denuncias presentadas, la PROTEX indica que solo ha podido investigar el 10 por ciento de los casos. Hubo una condena por complicidad contra un funcionario público en 2019, y ninguna en 2018. La Comisión toma nota con preocupación de la falta de información más concreta del Gobierno sobre las posibles medidas previstas para acabar con los casos de corrupción y complicidad de las fuerzas de seguridad en los casos de trata de personas, mientras que solo se ha dictado una condena por complicidad contra un funcionario público y el Ministerio Público informa de las dificultades en este ámbito. La Comisión insta al Gobierno a seguir adoptando medidas proactivas para garantizar que los casos de corrupción y de complicidad de los agentes de las fuerzas de seguridad se investiguen debidamente y se impongan las sanciones que correspondan. Solicita al Gobierno que proporcione informaciones detalladas sobre las medidas aplicadas a tal fin y su impacto, así como informaciones actualizadas sobre el número de casos registrados y procesados, y las sanciones impuestas.
Protección y asistencia a las víctimas. La Comisión toma nota de que, según la información estadística proporcionada por el Gobierno, entre 2008 y 2022 se prestó asistencia a 18 220 víctimas de trata de personas (6 460 víctimas desde 2018), el 57 por ciento de las cuales eran víctimas de explotación laboral, en el marco del Programa nacional de rescate y acompañamiento a las personas damnificadas por el delito (Rescate). La Comisión toma nota de que el Gobierno también indica que, en el marco de la aplicación del Plan de acción de lucha contra la trata y explotación de personas 2020-2022, además de la asistencia psicológica, médica y jurídica que ya se presta a las víctimas de trata, en agosto de 2021 se suscribió un convenio marco, con miras a facilitar su acceso al hábitat (acuerdo suscrito entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat y el Comité Ejecutivo de Lucha contra la trata y explotación de personas y para la protección y asistencia a las víctimas). En cuanto al refuerzo de los recursos dedicados a la asistencia a las víctimas de trata, la Comisión saluda la aprobación de la Ley núm. 27.508, de 23 de julio de 2019 sobre la creación del Fondo de asistencia directa a víctimas de trata, reglamentado por el Decreto núm. 844/2019, de 6 de diciembre de 2019, y financiado con el decomiso y el embargo de los bienes procedentes del delito de trata, con el fin de garantizar una reparación adecuada a las víctimas de trata. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre la aplicación de los procedimientos destinados a asignar la cuantía de las multas impuestas y los bienes decomisados, tras la identificación de las infracciones en el ámbito de la trata de personas, a los programas y al fondo de asistencia a las víctimas, y que indique cómo se utilizan estos recursos. También pide al Gobierno que facilite información sobre el tipo de asistencia brindada en este contexto y el número de víctimas de trata que se han beneficiado de la misma.
2. Explotación laboral en el sector de la confección y en la agricultura. La Comisión toma nota de que, en sus respectivas observaciones, la CTA Autónoma y la CGT RA indican que persisten la trata y la explotación de personas en el trabajo en el sector de la confección, en particular en los talleres clandestinos situados en la ciudad de Buenos Aires. Informan que las víctimas son principalmente trabajadores migrantes, sobre todo de Bolivia, y que, a pesar de la falta de estadísticas oficiales, se calcula que alrededor del 70 por ciento de los productos fabricados en el sector de la confección son de origen irregular. La CTA Autónoma y la CGT RA añaden que a estos trabajadores a menudo se les confisca el pasaporte, se los somete a largas jornadas de trabajo encerrados en una pequeña habitación, a veces sin ventilación, y reciben un salario bajo. En este sentido, la Comisión observa que, según el informe publicado en 2020 por la PROTEX, de las 38 denuncias de trata con fines de explotación laboral recibidas en el primer semestre de 2020, cinco se referían a casos de explotación en talleres clandestinos en la ciudad de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires.
En cuanto al sector agrícola, la CTA Autónoma y la CGT RA se refieren al gran número de víctimas de trata y explotación laboral en el sector agrícola identificadas en los últimos años, como resultado de varias intervenciones realizadas por la Inspección de Trabajo, particularmente en las provincias de Río Negro, La Rioja, Corrientes, Santa Fe y Santiago del Estero. La CTA Autónoma afirma que estos trabajadores agrícolas a menudo recibían salarios inferiores a la mitad del salario mínimo, trabajaban muchas horas y vivían y trabajaban en condiciones peligrosas, precarias y degradantes, durmiendo en carpas y sin acceso a agua potable. Según la CTA Autónoma, la colaboración de las organizaciones sindicales y de los diferentes organismos estatales competentes permitió identificar varios casos de trata y de explotación laboral en el sector agrícola, lo que rápidamente dio lugar a actuaciones ante la PROTEX y a la activación de mecanismos de protección y asistencia a las víctimas.
La Comisión toma nota de que en la memoria del Gobierno se indica que el 26 de marzo de 2019 se suscribió un convenio de cooperación entre el Ministerio de Trabajo y el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores Rurales (RENATRE), con el fin de realizar actividades conjuntas de inspección para detectar el trabajo no declarado. También se refirió al trabajo realizado para identificar y difundir los indicadores de explotación laboral y de trabajo infantil en el sector agrícola. La Comisión señala que, según el informe de la PROTEX 2020, en el primer semestre de 2020, el 47 por ciento de las denuncias recibidas se referían a casos de explotación en el sector agrícola, de los cuales siete casos requirieron la intervención urgente de una fuerza de seguridad . Además, entre julio de 2020 y julio de 2021, los servicios de inspección de trabajo detectaron 26 casos de trata de personas con fines de explotación laboral en el sector agrícola que afectaban a 222 trabajadores, como resultado de las acciones conjuntas llevadas a cabo con el RENATRE y las organizaciones sindicales.
La Comisión toma nota con preocupación que, de acuerdo con el conjunto de estas informaciones, la práctica de la trata de personas en el sector agrícola y textil persiste.
Al tiempo que hace referencia a sus comentarios arriba indicados sobre el fortalecimiento del marco institucional general de lucha contra la trata de personas, la Comisión pide al Gobierno que redoble sus esfuerzos para luchar contra todas las formas de explotación laboral, incluida la trata de personas con fines de explotación laboral, en el sector de la confección y en la agricultura, y que siga comunicando información sobre las medidas específicas adoptadas a este respecto, especialmente en colaboración con las organizaciones de trabajadores y de empleadores.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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