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Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical

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Derecho de los trabajadores y de los empleadores sin ninguna distinción de constituir organizaciones y de afiliarse a las mismas3

Distinciones basadas en la naturaleza del contrato

Trabajadores a domicilio

  1. Los trabajadores a domicilio no están excluidos del ámbito de aplicación del Convenio núm. 87 y, en consecuencia, deberían estar amparados por las garantías del mismo y tener el derecho de constituir organizaciones profesionales y de afiliarse a las mismas.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
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  1. Los trabajadores que desarrollan sus actividades en su domicilio en el sector de los servicios sociales, de salud y de la guarda de niños, deberían poder beneficiarse de los términos del Código Laboral y gozar de todos los derechos y protecciones correspondientes.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2333340423
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