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Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical

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Derecho de huelga10

Piquetes de huelga

  1. La mera posibilidad de intervención del Ministerio en huelgas que no sean en los servicios esenciales en el sentido estricto del término, lo cual está firmemente consagrado en la ley, junto con la práctica de intervenir en ámbitos que a primera vista no parecen indispensables para los intereses nacionales, y los muchos requisitos necesarios para que una huelga sea legal así como las graves sanciones que pueden imponerse en caso de que una huelga sea declarada ilegal, inevitablemente tienen repercusiones sobre el marco y clima en los que se llevan a cabo las negociaciones.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2488Filipinas3461330
  1. En un caso en que el gobierno había ordenado la realización de una consulta del personal de una empresa afectada por una huelga para decidir si la huelga debía continuar o cesar, habiéndose confiado la organización de la votación a un organismo de carácter permanente e independiente y habiendo gozado los trabajadores de la garantía del voto secreto, el Comité insistió sobre la conveniencia de consultar a las organizaciones representativas a fin de asegurar que el ejercicio del derecho de huelga no sea afectado en la práctica por influencia o presión de las autoridades.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006640
  1. La intervención del ejército en los conflictos laborales no favorece el clima exento de violencia, presiones y amenazas esencial para el ejercicio de la libertad sindical.
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Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006641
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