ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical

« Ir al índice

Protección contra los actos de injerencia14

Formas de injerencia

  1. En relación con alegatos según los cuales una empresa ha recurrido a prácticas antisindicales, tales como intentar sobornar a miembros del sindicato para que se retirasen del mismo o tratar de hacerles firmar declaraciones por las cuales renunciaban a su afiliación, así como a los pretendidos intentos de crear sindicatos «títeres», el Comité considera que tales actos son contrarios al artículo 2 del Convenio núm. 98 en el que se estipula que las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus agentes o miembros, en su constitución, funcionamiento o administración.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
1865República de Corea346788
2388Ucrania348163
2468Camboya344438
2735Indonesia358611
2775Hungría360731
2780Irlanda363809
2815Filipinas3651274
2829República de Corea365580
2850Malasia363874
Digest: 2006858
  1. La intervención de un empleador para favorecer la creación de un sindicato paralelo constituye un acto de injerencia en el funcionamiento de la asociación de trabajadores prohibido en virtud del artículo 2 del Convenio núm. 98.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2890Ucrania3641058
  1. El Comité desea recordar que ha tenido la oportunidad de examinar la cuestión de la libertad de expresión de los empleadores en un caso en el que, al observar que la protección ofrecida contra las prácticas laborales desleales de un país incluían la protección contra la libertad de expresión la cual podía entorpecer la constitución de cualquier organización sindical o la selección de un sindicato como representante a los efectos de la negociación colectiva, constató que no parecía que se hubiesen vulnerado los principios de la libertad sindical.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2654Canadá356381
  1. El Comité ha pedido a un gobierno que garantizase que los empleadores no expresasen opiniones que podrían intimidar a los trabajadores en el ejercicio de sus derechos sindicales, tales como afirmar que la constitución de una asociación es ilegal, o advertir que no es aconsejable afiliarse a un sindicato de grado superior, o incitar a los trabajadores a renunciar a su afiliación.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2301Malasia35680
2683Estados Unidos de América357585
  1. Toda coacción tendiente a obtener la renuncia a la afiliación sindical de trabajadores o dirigentes sindicales constituye una violación del principio de libre afiliación sindical contraria al Convenio núm. 87.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2985El Salvador370424
  1. La coacción a afiliados sindicales para que renuncien al sindicato constituye una grave violación de los Convenios núms.  87 y 98 que consagran el derecho de libre afiliación de los trabajadores y el principio de una protección adecuada de este derecho.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2341Guatemala350870
  1. La redacción por parte de la dirección de una carta de renuncia sindical constituyen una injerencia grave en el funcionamiento de las organizaciones de trabajadores.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2901Mauricio364722
  1. El Comité ha considerado que la distribución de formularios de desafiliación y la puesta a disposición de una línea telefónica gratuita con la posibilidad de solicitar la desafiliación del Sindicato, constituyen una injerencia en los asuntos internos del Sindicato. A este respecto, el Comité recuerda que en el artículo 2 del Convenio núm. 98 se estipula que las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia de unas respecto de las otras, ya se realice directamente o por medio de sus agentes o miembros, en su constitución, funcionamiento o administración, y pidió al Gobierno que establezca mecanismos que permitan corregir de manera rápida los efectos de este tipo de injerencia, incluida la imposición de sanciones suficientemente disuasivas en contra del empleador, y evitar este tipo de incidentes en el futuro.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2470Brasil344385
  1. La distribución de formularios de desafiliación a miembros de sindicatos y las entrevistas individuales para lograr que se desafilien del sindicato son actos de injerencia.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2602República de Corea350671
  1. Los dirigentes sindicales en régimen de dedicación plena remunerados deberían poder cumplir sus funciones sindicales con arreglo a las normas pertinentes de su organización sin necesidad de tener que rendir cuentas de cada actividad a la dirección de la empresa. Tales actividades deberían incluir aquéllas de carácter educativo, las llevadas a cabo bajo la égida de la correspondiente federación o confederación y aquéllas relacionadas con la planificación de medidas con motivo de un conflicto colectivo.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
1865República de Corea363110
  1. El hecho de cursar invitación para participar en las reuniones con la dirección de la empresa a una organización y no a la otra, podría ser una forma oficiosa de mostrar favoritismo hacia una organización, influyendo así en la afiliación sindical de los trabajadores.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2388Ucrania348164
  1. El cierre de locales sindicales a raíz de una huelga legítima vulnera los principios de la libertad sindical y constituye, cuando lo decide la dirección de la empresa, una injerencia del empleador en el funcionamiento de una organización de trabajadores, que prohíbe el artículo 2 del Convenio núm. 98.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006856
  1. La intervención de un empleador a efectos de fomentar la constitución de una junta directiva de un sindicato, y la interferencia en la correspondencia del mismo, constituyen actos que violan gravemente los principios de la libertad sindical.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006857
  1. El empleador que intenta persuadir a los trabajadores de que retiren la autorización dada a un sindicato para que negocie en su nombre podría dar lugar a injerencias indebidas en la decisión de los trabajadores y socavar la fuerza del sindicato, dificultándose así la negociación colectiva, contrariamente al principio con arreglo al cual ésta ha de promoverse.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2808Camerún362353
3171Myanmar378488
Digest: 2006863
  1. El presunto ofrecimiento de prestaciones por parte de la empresa, supeditado a la condición de que a ésta no se le exigiera entablar negociaciones colectivas con un sindicato, de ser cierto, sería equiparable a un acto de injerencia del empleador en el derecho de los trabajadores a constituir y a afiliarse a la organización que estimen conveniente para la representación de sus intereses profesionales.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2780Irlanda363809
  1. Las disposiciones legales que permiten que los empleadores debiliten las organizaciones de trabajadores a través de promociones artificiales de los trabajadores constituyen una violación de los principios de la libertad sindical.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006864
  1. Es posible que el mantenimiento de cámaras de vigilancia en las salas reservadas para las reuniones sindicales produzca un efecto intimidatorio en los órganos y miembros del sindicato, y podría dar lugar a una injerencia del empleador que sería contraria al principio de la libertad sindical en lo relativo a las reuniones sindicales.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2901Mauricio364725
  1. El hecho de que la dirección pida a sus empleados que declaren si están o no afiliados a un sindicato, incluso si ello no tuviera por objeto interferir en el ejercicio de los derechos sindicales, se puede considerar en toda lógica como una injerencia y una intimidación a los miembros del sindicato.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2901Mauricio364726
  1. Las circulares publicadas por una compañía invitando a los trabajadores a declarar a qué sindicato pertenecían, aun cuando no tuvieran por objeto interferir en el ejercicio de los derechos sindicales, pueden muy naturalmente considerarse como que implican tal injerencia.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006866
  1. El hecho de que uno de los miembros del gobierno sea al mismo tiempo dirigente de un sindicato que representa a categorías de trabajadores al servicio del Estado puede permitir actos de injerencia en violación del artículo 2 del Convenio núm. 98.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006867
  1. Teniendo en cuenta la importancia de la independencia de las partes en la negociación colectiva, las negociaciones no deberían llevarse a cabo en nombre de los trabajadores o de sus organizaciones por conducto de representantes designados o controlados por los empleadores o sus organizaciones.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2436Dinamarca343629
2512India348903
Digest: 2006868
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer