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Demande directe (CEACR) - adoptée 1992, publiée 79ème session CIT (1992)

Convention (n° 29) sur le travail forcé, 1930 - Venezuela (République bolivarienne du) (Ratification: 1944)

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Demande directe
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La Comisión toma nota de que no ha sido recibida la correspondiente memoria. La Comisión espera que una memoria será enviada para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contendrá informaciones acerca de la cuestión planteada en su solicitud directa anterior.

La Comisión había tomado nota de que según la ley orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales éstas tienen por objeto, entre otras funciones, participar en el desarrollo integral del país y el servicio militar (artículo 8, d), y e)). La Comisión había solicitado al Gobierno que comunicara informaciones detalladas sobre las tareas que realizan en la práctica los conscriptos.

La Comisión tomó nota de que el Gobierno no ha comunicado la información solicitada y espera que ésta será comunicada en la próxima memoria.

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