National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
Afficher en : Anglais - FrancaisTout voir
Artículo 4, párrafo 2, del Convenio. La Comisión ha venido solicitando al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar i) que las prestaciones en especie deberían ser apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y redundar en beneficios de los mismos, y ii) que el valor atribuido a estas prestaciones debería ser justo y razonable. Toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual se encuentra en el proceso de preparación de un código de trabajo consolidado. La Comisión puede solamente reiterar su esperanza de que se adopten pronto las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento del Convenio en este punto, sobre el que ha venido formulando comentarios durante algunos años.