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Demande directe (CEACR) - adoptée 1998, publiée 87ème session CIT (1999)

Convention (n° 26) sur les méthodes de fixation des salaires minima, 1928 - Argentine (Ratification: 1950)

Autre commentaire sur C026

Observation
  1. 2009
  2. 2007
  3. 1999
  4. 1998
Demande directe
  1. 2012
  2. 2011
  3. 2006
  4. 2003
  5. 1999
  6. 1998
  7. 1993
  8. 1989
Réponses reçues aux questions soulevées dans une demande directe qui ne donnent pas lieu à d’autres commentaires
  1. 2018

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La Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en respuesta a sus comentarios anteriores. Toma nota, en particular, de las informaciones y de los datos estadísticos suministrados relativos a los trabajadores a domicilio. La Comisión agradecerá igualmente que se continúe enviando información sobre el funcionamiento de las comisiones de salarios para los trabajadores a domicilio instituidas mediante la resolución ministerial núm. 320, en aplicación de la ley núm. 12713. Además, la Comisión solicita al Gobierno que continúe comunicando, de conformidad con el artículo 5 del Convenio, leído conjuntamente con el punto V del formulario de memoria, informaciones generales sobre la aplicación del Convenio en la práctica, por ejemplo: i) la evolución de las tasas de salarios mínimos vigentes; ii) los datos estadísticos disponibles sobre el número y las varias categorías de trabajadores sujetos a la reglamentación de las tasas de salarios mínimos, así como iii) los resultados de las inspecciones realizadas (por ejemplo, los casos de violaciones observados, las sanciones infligidas, etc.).

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