ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Page d'accueil > Profils par pays >  > Commentaires

Demande directe (CEACR) - adoptée 2003, publiée 92ème session CIT (2004)

Convention (n° 120) sur l'hygiène (commerce et bureaux), 1964 - Bolivie (Etat plurinational de) (Ratification: 1977)

Autre commentaire sur C120

Demande directe
  1. 2015
  2. 2010
  3. 2006
  4. 2003
  5. 1999
  6. 1997
  7. 1993
  8. 1990
Réponses reçues aux questions soulevées dans une demande directe qui ne donnent pas lieu à d’autres commentaires
  1. 2018

Afficher en : Anglais - FrancaisTout voir

La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria. En especial, toma nota de la información en respuesta a los anteriores comentarios de la Comisión. La Comisión toma nota de que la ley de higiene, seguridad ocupacional y bienestar no contiene disposiciones específicas que apliquen explícitamente las disposiciones del Convenio. Por lo tanto, la Comisión debe señalar nuevamente que el Gobierno debería adoptar normas específicas de conformidad con las disposiciones de este Convenio. A este respecto, la Comisión desea recordar en especial la necesidad de adoptar leyes y reglamentos administrativos para garantizar que se proporcionan asientos adecuados a los trabajadores, incluyendo la posibilidad de utilizarlos (artículo 14 del Convenio), y se proporcionan instalaciones adecuadas a los trabajadores para cambiarse la ropa en el establecimiento (artículo 15).

La Comisión espera que la próxima memoria del Gobierno contendrá información sobre la adopción de las leyes y reglamentos administrativos necesarios para dar efecto a las disposiciones del Convenio. Pide al Gobierno que indique todos los progresos logrados a este respecto.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer