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Observation (CEACR) - adoptée 2005, publiée 95ème session CIT (2006)

Convention (n° 88) sur le service de l'emploi, 1948 - Argentine (Ratification: 1956)

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1. Contribución del servicio del empleo a la promoción del empleo. En relación con la observación de 2004, el Gobierno informa que mediante la resolución ministerial núm. 176, de marzo de 2005, se ha creado la Unidad de Servicios de Empleo entre cuyos objetivos figura poner en marcha un sistema que permita la creación y fortalecimiento de instituciones prestadoras de servicios de empleo, asistir a las reparticiones provinciales involucradas en la gestión de la Red Federal de Servicios de Empleo y ayudar técnicamente a las oficinas de empleo locales pertenecientes a entidades gubernamentales o a organizaciones de la sociedad civil para diversificar y mejorar la calidad de los servicios prestados. La Comisión toma nota del incremento de 2,4 por ciento de la población ocupada que se produjo entre el primer trimestre de 2004 y el primer trimestre de 2005 (creación de 312.000 puestos de trabajo en el total urbano nacional); la tasa de desocupación pasó de un 14,4 por ciento a un 13 por ciento en el mismo período - datos que el Gobierno ha comunicado en su memoria sobre el Convenio sobre el desempleo, 1919 (núm. 2). La Comisión agradece al Gobierno que siga informando sobre los resultados alcanzados por la creación de la Unidad de Servicios de Empleo para lograr la mejor organización posible del mercado del empleo de manera de satisfacer las nuevas exigencias de la economía y de la población activa (artículos 1 y 3 del Convenio).

2. Cooperación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica que el Plan Integral para la Promoción del Empleo genera un espacio donde se integran las opiniones de empresarios, sindicatos, institutos de formación y desarrollo en relación con los problemas del trabajo, del empleo y de la producción. La Comisión toma nota con interés de los acuerdos sectoriales celebrados entre el Ministerio de Trabajo y los interlocutores sociales en determinados sectores productivos (textil, construcción, ceramistas, metalurgia y metalmecánica, etc.), tanto a nivel nacional, como provincial y local destinados a fomentar empleo. La Comisión se remite nuevamente a las disposiciones de los artículos 4 y 5 del Convenio y desearía que se incluyan informaciones en la próxima memoria sobre la manera en que eventualmente se han asociado a los representantes de los interlocutores sociales en la Red Federal de Servicios de Empleo. Desde hace muchos años, la Comisión señala que las disposiciones mencionadas del Convenio requieren crear comisiones consultivas de manera de asegurar la plena cooperación de los representantes de los empleadores y de los trabajadores en la organización y funcionamiento del servicio del empleo.

3. Fortalecimiento de los servicios de empleo mediante la cooperación técnica. La Comisión ha tomado nota con interés de las informaciones incluidas en la memoria del Gobierno sobre el proyecto AREA donde participa también la OIT y el Gobierno de Italia. El proyecto AREA, cuya duración se ha previsto de tres años (2004-2006) comprende siete regiones. La Comisión agradecería al Gobierno que en su próxima memoria incluya informaciones sobre la manera en que dicho programa ha contribuido al fortalecimiento del servicio público y gratuito de empleo. La Comisión espera que la próxima memoria del Gobierno también incluirá informaciones estadísticas sobre el número de oficinas públicas de empleo existentes, de solicitudes de empleo recibidas, de ofertas de empleo notificadas y de colocaciones efectuadas por las oficinas (parte IV del formulario de memoria).

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