ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Page d'accueil > Profils par pays >  > Commentaires

Demande directe (CEACR) - adoptée 2006, publiée 96ème session CIT (2007)

Convention (n° 159) sur la réadaptation professionnelle et l'emploi des personnes handicapées, 1983 - Paraguay (Ratification: 1991)

Autre commentaire sur C159

Demande directe
  1. 2015
  2. 2009
  3. 2006
  4. 2005
  5. 2004
  6. 2000
  7. 1996
  8. 1995

Afficher en : Anglais - FrancaisTout voir

La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en marzo de 2006 en la que se informa de la adopción de la ley núm. 2479 de 2004, mediante la cual se establece la obligatoriedad de la incorporación de personas con discapacidad en las instituciones públicas que cuenten con 50 o más funcionarios administrativos. Se solicita a dichas entidades que incorporen un 2 por ciento de personas con discapacidad entre sus funcionarios administrativos. Las personas beneficiarias son aquellas que presentan una discapacidad mínima del 40 por ciento, certificada por el Instituto Nacional de Protección a Personas Excepcionales (INPRO). El Gobierno indica nuevamente en su memoria que no cuenta con un plan nacional o política alguna de readaptación profesional para promover las oportunidades de empleo para las personas con discapacidad en el mercado regular del empleo. El INPRO emitió sólo 211 certificados de discapacidad, sin que se puedan examinar datos estadísticos confiables. En estas circunstancias, la Comisión alienta al Gobierno a que le otorgue prioridad a la adopción de todas las medidas necesarias para establecer un plan nacional de readaptación y empleo, que tenga plenamente en cuenta todas las disposiciones del Convenio. Recuerda asimismo que el artículo 5 del Convenio, requiere la consulta con las organizaciones representativas de empleadores, de trabajadores y de personas con discapacidad. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria, debida en 2009, informe en detalle sobre los esfuerzos realizados para aplicar la ley núm. 2479 y avanzar concretamente en la aplicación de este Convenio.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer