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Observation (CEACR) - adoptée 2006, publiée 96ème session CIT (2007)

Convention (n° 111) concernant la discrimination (emploi et profession), 1958 - Argentine (Ratification: 1968)

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1. La Comisión toma nota con interés que, mediante el decreto núm. 1086 de 7 de septiembre de 2005, publicado como suplemento a la edición núm. 30.747 de la primera sección del 27 de septiembre de 2005 del Boletín Oficial, se aprobó el documento titulado «Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación – La Discriminación en Argentina. Diagnóstico y Propuestas». Según el artículo 1 del decreto, dicho documento establece los lineamientos estratégicos del Plan Nacional contra la Discriminación. Toma nota asimismo que el artículo 2 encomienda al Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), la coordinación de la ejecución de las propuestas contenidas en el documento. La Comisión nota que dicho documento contiene un diagnóstico sobre la discriminación basada en los criterios del Convenio.

2. La Comisión solicita al Gobierno que, al elaborar la versión definitiva del Plan Nacional contra la Discriminación se sirva garantizar que se incorporen las políticas sobre igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y de ocupación, con el objeto de eliminar cualquier discriminación a este respecto. La Comisión agradecería asimismo al Gobierno que informara sobre la manera en que se ha llevado a cabo la cooperación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, y en particular a través de la Comisión tripartita de igualdad de trato y oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral (CTIO), cuya acta de integración se suscribió el 15 de marzo de 2005, en la elaboración e implementación de dichas políticas. La Comisión solicita al Gobierno que se sirva comunicar los progresos obtenidos en la adopción del Plan Nacional contra la Discriminación.

La Comisión envía al Gobierno una solicitud directa relativa a otros puntos.

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