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Observation (CEACR) - adoptée 2009, publiée 99ème session CIT (2010)

Convention (n° 62) concernant les prescriptions de sécurité (bâtiment), 1937 - Tunisie (Ratification: 1959)

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Artículo 6 del Convenio. Informaciones estadísticas sobre el número y la clasificación de los accidentes sufridos por personas ocupadas en trabajos cubiertos por el Convenio. La Comisión toma nota con interés de las detalladas informaciones estadísticas sobre la evolución de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en el sector de la construcción durante el período 1995-2008, incluyendo un análisis detallado sobre las principales causas de los mismos en 2008. La Comisión toma nota de una relativa tendencia a la disminución de la cantidad de accidentes registrados, pero nota que la tendencia sobre enfermedades profesionales es muy irregular. Toma nota asimismo de las detalladas informaciones sobre las medidas adoptadas por la Caja Nacional de Seguro de Enfermedad (CNAM) para hacer frente a estos problemas, incluyendo la realización, en 2007, de 1.234 misiones de asistencia técnica en empresas afiliadas, y de 1.307 misiones de este tipo en 2008. La Comisión toma nota con particular interés de que los accidentes del trabajo han disminuido en 10,8 por ciento en 2007 y en 19,3 por ciento en 2008, y que en 2009, la CNAM llevaría a cabo misiones de asistencia técnica similares en 1.397 empresas. La Comisión toma nota asimismo de que el Gobierno instituyó incentivos financieros, los que incluyen asistencia financiera para programas de prevención, cubriendo el 70 por ciento de los costos de la inversión; un sistema de premios y castigos sobre las cotizaciones, reduciendo las cotizaciones de las empresas que deseen invertir en estrategias de prevención y aumentando las cotizaciones de aquellas que se niegan a invertir en tales estrategias; utilización del aumento de las cotizaciones como sanción a la infracción por infracciones a las disposiciones de salud y seguridad; y la organización de 14 seminarios de información (incluyendo un seminario referido específicamente a la salud y seguridad en el sector de la construcción) con la participación de especialistas técnicos del CNAM. La Comisión nota igualmente que el Gobierno ha adoptado un programa nacional de gestión de riesgos profesionales para el período 2009-2011 conteniendo tres objetivos principales: la promoción de la salud en el trabajo, la promoción de la seguridad en el trabajo y la reducción de los accidentes del trabajo, en particular los accidentes mortales y graves. La Comisión toma nota con agrado de esta información e invita al Gobierno a seguir proporcionando informaciones sobre sus continuos esfuerzos para mejorar las condiciones de salud y seguridad en el trabajo y en particular en el sector de la construcción.

Revisión de este Convenio. La Comisión señala a la atención del Gobierno el Convenio sobre seguridad y salud en la construcción, 1988 (núm. 167), que revisa este Convenio, y que puede estar mejor adaptado a la situación actual de la industria de la construcción. La Comisión recuerda que el Consejo de Administración de la OIT había invitado a los Estados parte del Convenio a examinar la posibilidad de ratificar el Convenio sobre seguridad y salud en la construcción, 1988 (núm. 167), cuya ratificación implicará, ipso jure, la denuncia inmediata de este Convenio núm. 62 (documento GB.268/8/2). La Comisión solicita al Gobierno que proporcione informaciones sobre toda evolución a este respecto.

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