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Observation (CEACR) - adoptée 2010, publiée 100ème session CIT (2011)

Convention (n° 96) sur les bureaux de placement payants (révisée), 1949 - Sénégal (Ratification: 1962)

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Observation
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Revisión del Convenio núm. 96 y perspectivas de ratificación del Convenio núm. 181. En respuesta a la observación de 2009, el Gobierno confirma en la memoria que se recibió en marzo de 2010, que sigue en curso el procedimiento de adopción del decreto que define las obligaciones de las agencias de colocación y la protección de los trabajadores empleados por las agencias temporales de empleo. El Gobierno indica que el proyecto de decreto ha sido adoptado por el Consejo Consultivo Nacional del Trabajo y de la Seguridad Social. Además, el Gobierno confirma que la cuestión de la ratificación del Convenio sobre las agencias de empleo privadas, 1997 (núm. 181) está siendo objeto de estudios detallados. En el Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo, la Comisión tomó nota de una observación de la Unión Nacional de Sindicatos Autónomos de Senegal en la que indica que la autoridad competente no ejercía un control suficiente sobre las agencias de empleo privadas y que en consecuencia, se habían multiplicado las prácticas ilegales (párrafo 739 del Estudio General de 2010). La Comisión invita nuevamente al Gobierno a comunicar una copia del decreto adoptado en aplicación del artículo L226 del Código del Trabajo. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre las medidas adoptadas, en consulta con los interlocutores sociales, para ratificar el Convenio núm. 181.

[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2012.]

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