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Observation (CEACR) - adoptée 2011, publiée 101ème session CIT (2012)

Convention (n° 95) sur la protection du salaire, 1949 - Congo (Ratification: 1960)

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Artículo 12 del Convenio. Pago de los salarios a intervalos regulares. De conformidad con sus observaciones anteriores en relación con la acumulación de atrasos salariales, especialmente en el sector público, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica que se han pagado todos los salarios adeudados a los funcionarios públicos, que representaban una masa salarial de 22 meses. Más concretamente, el Gobierno señala que se han pagado atrasos salariales por un valor total de 240 billones de francos CFA (aproximadamente 28 millones de dólares de los Estados Unidos), incluyendo tanto los salarios impagados como las contribuciones a la seguridad social. En relación con el pago de las sumas debidas a los antiguos trabajadores de la empresa minera Ogooué (COMILOG), que la Comisión ha estado señalando a la atención del Gobierno durante varios años, el Gobierno indica que entre julio de 2008 y marzo de 2009 se pago a 319 de los 912 antiguos trabajadores de la empresa un monto total de 422 millones de francos CFA (aproximadamente 934.000 dólares de los Estados Unidos). La Comisión toma nota con interés de estos cambios positivos y confía en que el Gobierno continuará controlando detalladamente el proceso de liquidación de los pagos atrasados a los trabajadores interesados. La Comisión solicita al Gobierno que, junto con su próxima memoria, transmita información actualizada sobre la situación en materia de pago regular de los salarios, incluyendo información detallada sobre todas las dificultades persistentes tanto en el sector público como en el sector privado, y las medidas adoptadas en respuesta a dichas situaciones.
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