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Demande directe (CEACR) - adoptée 2011, publiée 101ème session CIT (2012)

Convention (n° 182) sur les pires formes de travail des enfants, 1999 - Venezuela (République bolivarienne du) (Ratification: 2005)

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Artículo 3 del Convenio. Peores formas de trabajo infantil. Apartado a). Reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la adopción de la nueva Ley de Conscripción y Alistamiento Militar de 2009, que sustituye y deroga la ley de 1979. Observa que en virtud de su artículo 4, el período durante el que los ciudadanos venezolanos están sometidos a obligaciones militares es de los 18 a los 60 años. Asimismo, toma nota de que el reclutamiento forzoso se prohíbe y sanciona (artículo 7). Además, la Comisión observa que, aunque los estudiantes que siguen una formación militar tengan la obligación de estar inscritos en el registro militar, esta obligación sólo concierne a las personas en edad militar, o sea de más de 18 años (artículo 59). La Comisión también toma nota de que el Gobierno indica que los estudiantes de los dos últimos años de enseñanza secundaria, que están obligados a realizar una instrucción militar en virtud del artículo 71 de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar de 2009, no participan ni se espera que participen en conflictos armados.
Artículo 5. Mecanismos de vigilancia. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno sobre el funcionamiento de los servicios de inspección del trabajo. La Comisión observa que el sistema de inspección del trabajo depende del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social y está dividido en tres grandes grupos de inspección. Entre otras cosas, los inspectores del trabajo se encargan de vigilar la aplicación de las leyes relativas al trabajo infantil. A este respecto, en la memoria del Gobierno se indica que esta vigilancia se realiza principalmente a través de visitas a los lugares de trabajo de los sectores rurales y urbanos. Además, la Comisión toma nota de que la División de investigaciones y protección en materia del niño, adolescente, mujer y familia del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia concentra sus investigaciones en la violencia contra las mujeres y la protección de niñas, niños y adolescentes. La Comisión toma nota de las estadísticas comunicadas en la memoria del Gobierno sobre el número de casos registrados entre 2007 y 2010 en materia de trata, prostitución y pornografía de niños y adolescentes. Sin embargo, observa que la memoria del Gobierno no contiene información sobre las actividades de la inspección del trabajo en el ámbito de la vigilancia de los trabajos peligrosos. Por consiguiente, la Comisión ruega al Gobierno que incluya en su próxima memoria información precisando la extensión y naturaleza de las violaciones detectadas por la inspección del trabajo que impliquen a niños y adolescentes que realizan trabajos peligrosos.
Artículo 6. Programas de acción. Misión niños y niñas del barrio. En sus comentarios anteriores, la Comisión había tomado nota de que el Ministerio de Participación y Protección Social, conjuntamente con el Instituto Autónomo — Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENA), había iniciado el programa Misión niños y niñas del barrio, que se dirigía a garantizar los derechos de niños y adolescentes, especialmente de aquellos que se encontraban en situación de extrema pobreza. Tomó nota de que, en el marco de las actividades previstas por esta misión, el Programa de dignificación de niños, niñas y adolescentes trabajadores (PRODINAT) se inició en 2008 con miras a garantizar los derechos laborales de los adolescentes trabajadores a efectos de ir eliminando progresivamente el trabajo infantil y proteger el trabajo de los adolescentes. En 2009, el PRODINAT se concretó en cinco proyectos llevados a cabo en cinco estados, que beneficiaron en total a 427 jóvenes trabajadores.
La Comisión toma debida nota de la información detallada comunicada en la memoria del Gobierno en relación con diversos proyectos y programas de acción implementados en el marco de la Misión niños y niñas del barrio. Toma nota, entre otras cosas, de que el Gobierno indica que entre 2009 y 2010 el IDENA ayudó a 42.446 niños y adolescentes. La Comisión ruega al Gobierno que continúe comunicando información sobre el impacto de las medidas adoptadas en el marco de la Misión niños y niñas del barrio para eliminar las peores formas de trabajo infantil.
Artículo 7, párrafo 2. Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado a). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Acceso a la educación básica gratuita. La Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno en su memoria presentada en virtud del Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138), en lo que respecta a las medidas adoptadas para garantizar el acceso a la educación de los niños de los pueblos indígenas y estimular la enseñanza plurilingüe. Toma nota de que, según el Informe Mundial de Seguimiento de la Educación para Todos en el Mundo de 2010 publicado por la UNESCO y titulado «Llegar a los marginados», durante los últimos años la República Bolivariana de Venezuela ha reducido considerablemente el porcentaje de niños que no asisten a la escuela y está cerca de lograr el objetivo de la educación para todos, especialmente gracias a la mejora de la tasa de niños que pasan de la enseñanza primaria a la secundaria. En efecto, según las estadísticas de la UNESCO de 2008, la tasa de niños que pasan de la enseñanza primaria a la secundaria ya alcanza el 97 por ciento. Además, las estadísticas de 2009 ponen de relieve que la tasa neta de escolarización en la secundaria ha progresado de forma importante desde 2002, llegando al 75 por ciento de las niñas y al 67 por ciento de los niños. La Comisión insta al Gobierno a continuar sus esfuerzos para mejorar el funcionamiento del sistema educativo, especialmente a nivel de secundaria, prestando una atención especial a las desigualdades de acceso a la educación vinculadas al género o al origen étnico y a las desigualdades regionales, y le ruega que continúe transmitiendo información sobre las medidas adoptadas a este respecto. Asimismo, le pide que comunique estadísticas recientes sobre las tasas de asistencia a la escuela y de abandono escolar.
Apartado d). Niños especialmente expuestos a riesgos. Niños de la calle. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de que según la información que contenía el segundo informe periódico del Gobierno al Comité de los Derechos del Niño, de diciembre de 2006 (documento CRC/C/VEN/2, párrafos 187, 255 y 256, y nota a pie de página 48), los niños de la calle constituían uno de los problemas más graves del país. Tomó nota de que en 2006 se creó la Misión Negra Hipólita destinada a responder a los problemas de las personas vulnerables, como los niños que viven en la calle. Uno de los objetivos de esta misión es sacar de su situación a los niños y adolescentes que son víctimas de las peores formas de trabajo infantil, y que, entre otros trabajos, realizan tareas de recuperación en los vertederos, y garantizar su rehabilitación e integración social. A este respecto, la Comisión ha observado que se llevan a cabo diversas actividades, especialmente una evaluación de la situación de los niños que trabajan en la recuperación en los vertederos. Asimismo, la Comisión toma nota de que en 2008 y 2009 se emprendieron diversas actividades en el marco de la Misión niños y niñas del barrio a fin de proporcionar una respuesta a la situación de los niños de la calle y hacerse cargo de estos niños a través de programas de protección y garantizar la reintegración en sus familias.
La Comisión observa que la memoria del Gobierno no transmite información sobre los resultados obtenidos en el marco de la Misión Negra Hipólita y de la Misión niños y niñas del barrio para responder a la situación de los niños de la calle. Al recordar que los niños de la calle están especialmente expuestos a las peores formas de trabajo infantil, la Comisión alienta firmemente al Gobierno a intensificar sus esfuerzos para proteger a estos niños de las peores formas de trabajo infantil y le ruega nuevamente que comunique información sobre el número de niños librados de las peores formas de trabajo, rehabilitados y reintegrados a la sociedad en el marco de la Misión Negra Hipólita y de la Misión niños y niñas del barrio.
Niños indígenas y afro-venezolanos. La Comisión tomó nota de que el Comité de los Derechos del Niño, en sus observaciones finales de octubre de 2007 (documento CRC/C/VEN/CO/2, párrafos 78-81), expresó su preocupación por el hecho de que, a pesar de los esfuerzos realizados por el Gobierno, la situación no había mejorado suficientemente en el terreno de la protección de los pueblos indígenas. Tomó nota de las medidas adoptadas por el Gobierno para abordar la situación de los pueblos indígenas, especialmente a través de la mejora de sus condiciones de vida y de la promoción de su desarrollo económico y social. Tomó nota de que estas medidas también incluían la asistencia médica y la educación. Además, tomó nota de la indicación del Gobierno, según la cual el programa de atención integral de niños (HOGAIN), a fin de atender las necesidades de los niños indígenas, había beneficiado a aproximadamente 24.340 niños de varios grupos étnicos. Por último, en julio de 2009, el IDENA había organizado el «Día para la protección integral de niños y adolescentes en las zonas fronterizas con Colombia en el estado de Apure, municipio de Rómulo Gallegos» con el fin de asistir a ocho comunidades indígenas de la zona y proceder a una evaluación de su situación. Gracias a esta iniciativa, se atendió a 950 personas pertenecientes a pueblos indígenas, incluidos 190 familias, 268 niños, 343 niñas y 87 adolescentes, a través de la asistencia médica y nutricional.
La Comisión observa que la memoria del Gobierno no contiene información nueva a este respecto. Al observar que los niños de los pueblos indígenas o descendientes de africanos a menudo son víctimas de explotación, que reviste formas muy diversas, y son una población expuesta al riesgo de ser víctima de las peores formas de trabajo infantil, la Comisión insta firmemente al Gobierno a intensificar sus esfuerzos para proteger a estos niños de las peores formas de trabajo. Le ruega que comunique información sobre los resultados obtenidos en el marco del programa HOGAIN y le pide de nuevo que transmita información sobre las medidas adoptadas para proteger a los niños de las comunidades afro venezolanas.
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