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Observation (CEACR) - adoptée 2012, publiée 102ème session CIT (2013)

Convention (n° 158) sur le licenciement, 1982 - Espagne (Ratification: 1985)

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En relación con la observación formulada en 2011, la Comisión toma nota de los comentarios presentados por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.) y la Unión General de Trabajadores (UGT) en agosto de 2012 sobre la aplicación del Convenio. La Comisión también toma nota de las respuestas de septiembre y noviembre de 2012 que el Gobierno transmite en relación con dichos comentarios. La Comisión observa que, en su 316.ª reunión (noviembre de 2012), el Consejo de Administración declaró admisible una reclamación alegando el incumplimiento por España del Convenio núm. 158 que las dos confederaciones presentaron en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT. Por consiguiente, la Comisión continuará su examen en virtud del artículo 22 de la Constitución de la OIT cuando se concluya con el procedimiento ante el Consejo de Administración.
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