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Observation (CEACR) - adoptée 2013, publiée 103ème session CIT (2014)

Convention (n° 130) concernant les soins médicaux et les indemnités de maladie, 1969 - Equateur (Ratification: 1978)

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Refiriéndose a su solicitud directa formulada en el marco de la aplicación del Convenio sobre las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes, 1967 (núm. 128), la Comisión toma nota de las informaciones proporcionadas por el Gobierno en relación con el ámbito de aplicación del Convenio (parte I – artículo 2, conjuntamente con los artículos 11, a), y 20, a), del Convenio), la cobertura de los pequeños agricultores y la cobertura de los trabajadores agrícolas (artículo 3).
Parte II (Atención médica). Artículos 11, a), y 12, conjuntamente con el artículo 14 (Cobertura de las cónyuges e hijos de las personas aseguradas). En seguimiento a su comentario anterior, la Comisión toma nota de la adopción de la resolución núm. C.D. 332 del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que integra el reglamento para la concesión de las prestaciones del seguro general de salud individual y familiar. La Comisión toma nota con satisfacción de la modificación de los artículos 102, 105 y 117 de la Ley de Seguridad Social que tiene como efecto extender el alcance de la protección social en materia de salud y enfermedad al cónyuge o conviviente con derecho y a los hijos hasta los 18 años de edad.
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