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Demande directe (CEACR) - adoptée 2017, publiée 107ème session CIT (2018)

Convention (n° 159) sur la réadaptation professionnelle et l'emploi des personnes handicapées, 1983 - Espagne (Ratification: 1990)

Autre commentaire sur C159

Observation
  1. 2015
  2. 2014
  3. 2004
Demande directe
  1. 2017
  2. 2000
  3. 1994

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La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) y de la Unión General de Trabajadores (UGT), recibidas el 11 de agosto y el 17 de agosto de 2017, respectivamente. Asimismo, la Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno a las observaciones anteriores incluidas en su memoria.
Artículos 2 y 7 del Convenio. Aplicación de una política nacional de readaptación y empleo para las personas con discapacidad. Consultas. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica en su memoria que continúan vigentes las medidas del sistema de integración laboral de las personas con discapacidad señaladas en su memoria anterior. En particular, el Gobierno se refiere a tres tipos de medidas: medidas de integración de las personas con discapacidad (tales como actividades de orientación y acompañamiento individualizado en el trabajo llevadas a cabo por preparadores laborales especializados); medidas de tránsito del empleo protegido al ordinario (contratos especiales denominados enclaves laborales); y medidas alternativas relativas al empleo de personas con discapacidad (centros especiales de empleo). La Comisión toma nota también de la información estadística actualizada proporcionada por el Gobierno sobre la contratación de personas con discapacidad. Por su parte, la UGT y la CCOO reiteran en sus observaciones que la participación de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo continúa siendo muy baja. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2015, el 66 por ciento de las personas con discapacidad estaban inactivas, la tasa de empleo de las personas con discapacidad era del 23,4 por ciento y la tasa de paro del 31 por ciento. La CCOO reitera que los resultados de las políticas públicas son insuficientes y que las empresas obligadas no cumplen con la tasa de cuota de reserva del 2 por ciento a favor de los trabajadores con discapacidad debido a la ausencia de medidas eficaces de control de su cumplimiento. Ante ello, la UGT y la CCOO proponen, entre otras iniciativas, la potenciación del papel de los servicios públicos de empleo así como la regulación y adopción de ajustes razonables que deben adoptar las empresas que contraten personas con discapacidad. Por otro lado, la UGT y la CCOO denuncian las dificultades existentes en la readaptación profesional y, fundamentalmente, la no permanencia en el empleo de los trabajadores con discapacidad sobrevenida. En relación con la participación de los interlocutores sociales en las políticas adoptadas con miras a promover el acceso al empleo de las personas con discapacidad, las organizaciones de trabajadores sostienen que no existe diálogo, participación y consulta con los interlocutores sociales respecto a tales políticas. La CCOO destaca además la ausencia de espacios estables de participación de los interlocutores sociales. En su respuesta, el Gobierno se refiere al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), el cual participa como representante de las personas con discapacidad ante las administraciones públicas respecto a las políticas públicas que puedan afectar a las mismas. Además, este Comité se reúne con diversos actores, entre los que se encuentran los interlocutores sociales. El Gobierno se refiere también al establecimiento para el período 2017-2020 de la Red de Inclusión Social (RIS), financiada y promovida por el Fondo Social Europeo (FSE), como un espacio de intercambio y diálogo social entre las administraciones públicas y los interlocutores sociales con el fin de mejorar las políticas de inclusión social de las personas con discapacidad, especialmente la inserción en el mercado laboral. La Comisión solicita al Gobierno que continúe tomando medidas para la aplicación efectiva de una política nacional de rehabilitación profesional y empleo para los trabajadores con discapacidad y que envíe información detallada, incluyendo estadísticas desglosadas por sexo y edad, sobre el impacto de tales medidas en el acceso al mercado de trabajo de las personas con discapacidad. Asimismo, la Comisión solicita una vez más al Gobierno que proporcione ejemplos concretos sobre la manera en que se ha consultado a las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, así como las organizaciones representativas constituidas por personas con discapacidad para diseñar, aplicar y revisar dicha política. La Comisión reitera también su solicitud al Gobierno de que envíe información detallada sobre los servicios de orientación y formación profesionales, colocación y empleo que se ofrecen a las personas con discapacidad para que puedan lograr, conservar y progresar en el mercado de trabajo.
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