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Cas individuel (CAS) - Discussion : 2018, Publication : 107ème session CIT (2018)

Convention (n° 144) sur les consultations tripartites relatives aux normes internationales du travail, 1976 - El Salvador (Ratification: 1995)

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 2018-SLV-C144-Es

Una representante gubernamental reconoció el profesionalismo y la objetividad con la que la Directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo presidió la misión de contactos directos llevada a cabo en julio de 2017. En su informe, la Comisión de Expertos reconoce como caso de progreso el caso de El Salvador sobre el cumplimiento del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) por las acciones que se han impulsado para activar el Consejo Superior del Trabajo (CST) y avanzar en el cumplimiento efectivo de dicho Convenio. Por esta razón, el Gobierno se sorprendió de verse incluido nuevamente en la lista corta de casos individuales de la Comisión de Aplicación de Normas, puesto que el Gobierno, no sólo ha expresado su compromiso para encontrar las soluciones para activar el CST y fomentar el diálogo, sino que además ha procedido a la ejecución de dichas acciones. Con esa misma determinación y en base a los principios, vocación democrática y transparencia que orientan la gestión del Gobierno, se aceptó la realización de la misión de contactos directos, la cual ha sido una oportunidad para observar «in situ» las acciones y compromisos de las instancias del Gobierno directamente relacionadas con el cumplimiento del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y el Convenio núm. 144. Respecto a la recomendación de la misión de contactos directos referida a la inactividad del CST, y retomando lo sugerido por la citada misión, en octubre de 2017 se solicitó la cooperación técnica de la OIT, la cual fue aceptada. En dicha solicitud se pidió el acompañamiento en tres procesos que se celebrarían con el sector laboral y con las gremiales empresariales en relación con: i) la reforma al reglamento del CST; ii) la formulación de propuestas de reformas legislativas para la ampliación del derecho de libertad sindical, y iii) la realización de acciones formativas y de fomento del diálogo social. Pese a los retrasos en la coordinación para iniciar dicha cooperación, ya se ha realizado una primera ronda de consultas con el sector laboral para iniciar une propuesta de reforma del Código del Trabajo. Es de lamentar que la representación de las federaciones querellantes del caso núm. 3054 ante el Comité de Libertad Sindical no asistieran a la primera reunión, aun cuando habían sido convocadas. Al respecto, y con la expectativa de realizar una efectiva coordinación con la cooperación técnica de la OIT, se continuarán las acciones llevadas a cabo en el marco del seguimiento a las conclusiones de la misión de contactos directos en los próximos meses.

En relación con las memorias que han de presentarse en virtud del artículo 22 de la Constitución de la OIT y las consultas sobre las mismas, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS), pese a que las memorias son remitidas anualmente a las organizaciones de empleadores y de trabajadores para su consulta, no se han recibido aportes o valoraciones sobre las mismas por parte de tales organizaciones. De igual manera, las señaladas memorias constituyen información de carácter público, de forma que están a disposición de quien las solicite por los canales correspondientes. Por otra parte, e independientemente de las constantes quejas de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y de las federaciones y confederaciones afines a la misma, el Gobierno, en coherencia con su compromiso con los trabajadores, está implementando medidas con miras a garantizar una vida digna y el acceso a un trabajo decente. En este sentido, se han logrado avances y se han tomados decisiones en espacios tripartitos que mantienen una agenda activa de trabajo y en los que participa la ANEP de forma permanente. Entre los señalados avances, se encuentra la aprobación del incremento del salario mínimo por el Consejo Nacional del Salario Mínimo (CNSM), gracias al cual más de 240 000 trabajadores han incrementado sus ingresos y mejorado la calidad de vida de su familia, de los cuales el 45 por ciento son mujeres. Además, el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) ha aprobado dos nuevos regímenes especiales de seguridad social para trabajadores de la economía informal y personas migrantes y sus familias. Por otro lado, gracias a las gestiones realizadas por el Gobierno y las condiciones generadas para la inversión productiva, los empleos aumentaron. En particular, entre 2009 y 2018 se crearon 138 293 empleos formales, el 79 por ciento en el sector privado. Según la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples (EHPM) 2017, la pobreza disminuyó en un 11 por ciento: del 40 por ciento de los hogares en 2008 al 29 por ciento en 2017. Desde el Fondo Social para la Vivienda (FSV) se están implementando medidas, tales como la apertura de líneas de crédito, para garantizar el derecho al acceso a una vivienda digna de los trabajadores y sus familias. Por otro lado, el Instituto Salvadoreño de Formación Profesional (INSAFORP) está innovando los procesos formativos para que de manera progresiva se adapte la mano de obra a las necesidades del mercado laboral. Por último, la representante gubernamental proporcionó información estadística destacando los avances alcanzados en materia laboral en los últimos cuatro años, tales como la colocación de 70 170 personas en puestos de trabajo, 33 369 de los cuales son mujeres y 36 801 hombres; la realización de 119 316 inspecciones y reinspecciones realizadas en 9 367 lugares de trabajo multados por incumplimientos y violación de la legislación laboral; y la cooperación con más de 20 000 empresas privadas para el fomento del empleo a través del Sistema Nacional de Empleo (SisNE). Todo ello, pone de manifiesto que el Gobierno no ha cesado de coordinar, dialogar e impulsar iniciativas conjuntas tanto con los trabajadores como con los empleadores y con todos aquellos sectores comprometidos con el desarrollo del país. No obstante, el diálogo social a través del CST, y en función de las competencias que éste tiene para el cumplimiento de las normas internacionales de trabajo, requiere de la voluntad política de la ANEP y sus gremiales, así como de las federaciones y confederaciones afines a ellos. El Salvador cuenta con la apertura, la convicción y la constatación histórica de que el diálogo social es el fundamento de la democracia y de la paz. Sin embargo, el tripartismo requiere de la participación de tres partes, y si una de las partes no tiene ni la voluntad política ni la vocación democrática para su aplicación, es imposible que se efectúe y se consolide. En consecuencia, la representante gubernamental hizo un llamamiento a las organizaciones de empleadores, para que se incorporaran al CST, tomando en cuenta que no deben ser electos, ya que el reglamento vigente les concede ese derecho. Su participación en el CST resulta crucial, considerando la voluntad y el deber que tienen como mandantes de la OIT, para asegurar que las normas internacionales del trabajo se apliquen en El Salvador. Agradeció nuevamente a la Oficina por el apoyo brindado con la finalidad de llevar a cabo cooperaciones técnicas en el marco del cumplimiento de los Convenios núms. 87 y 144, y de la promoción del Convenio sobre la protección de la maternidad, 2000 (núm. 183) y el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189). Finalmente, reiteró el compromiso del Gobierno con el diálogo social en pro del avance y desarrollo del país y de garantizar que los trabajadores y trabajadoras tengan acceso a una vida digna.

Los miembros trabajadores recordaron que la Comisión ha examinado el caso de El Salvador por cuarto año consecutivo. En 2017, la Comisión instó al Gobierno a que: i) reactivara sin demora el CST; ii) velara por que se realicen avances concretos en lo que respecta a la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para designar a sus representantes de conformidad con el Convenio, sin ser objeto de intimidación; iii) asegurara la protección adecuada de los locales de las organizaciones representativas de los empleadores y de los trabajadores contra actos de violencia y de destrucción, y iv) informara con detalle sobre la aplicación del Convenio, tanto en la legislación como en la práctica, a la siguiente reunión de la Comisión de Expertos. Es de celebrar que, desde entonces, el Gobierno haya aceptado una misión de contactos directos, que se llevó a cabo en julio de 2017. La misión sugirió al Gobierno que recurriera a la asistencia técnica de la OIT para aplicar las recomendaciones de la Comisión. Cabe saludar también que el Gobierno haya solicitado asistencia técnica y esté colaborando con la OIT para dar pleno efecto al Convenio. Los últimos comentarios de la Comisión de Expertos se centran en dos elementos: la celebración efectiva de consultas tripartitas y el establecimiento de procedimientos adecuados para la elección de los representantes de los interlocutores sociales en el CST. Lamentablemente, a pesar de las reiteradas sesiones de la Comisión, el Gobierno no ha celebrado consultas tripartitas sobre las cuestiones relativas a las actividades de la OIT. La ratificación de los Convenios de la OIT no justifica la ausencia de las consultas, que deben comenzar sin más demora. A diferencia de otros órganos tripartitos, como el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, el Fondo Social de la Vivienda y el Consejo Nacional del Salario Mínimo, que funcionan plena y efectivamente, el CST presenta retos que aún no se han resuelto del todo.

Los principales obstáculos para el funcionamiento del CST obedecen a deficiencias de los procedimientos relativos a la elección de los representantes de los interlocutores sociales. A diferencia de la elección de los representantes patronales, que no ha sido objeto de quejas, la elección de los representantes de los trabajadores sigue suscitando interrogantes. De la presentación del Gobierno ante la Comisión se desprende que este pidió a los sindicatos que presentasen las candidaturas de quienes se postularían para representar a los trabajadores en el CST, que en mayo de 2017 recibió tres candidaturas pertinentes y que designó a los miembros del CST basándose en criterios como la afiliación y el número de convenios colectivos. Posteriormente, atendiendo a los criterios de representación, se asignó la primera lista con cinco representantes titulares, la segunda con dos representantes titulares y la tercera con un miembro titular. Los miembros trabajadores asumieron los cargos. Los representantes de los empleadores resolvieron no asistir a la primera reunión del CST porque les preocupaba la falta de conformidad del mecanismo de representación de los trabajadores. Si bien la preocupación de los empleadores es comprensible, son los sindicatos quienes deben decidir estas cuestiones. Los intentos del Gobierno por poner fin al bloqueo son valiosos y es importante que los criterios de representatividad sean transparentes y objetivos. El procedimiento y los criterios elegidos deben partir del consenso de los trabajadores y gozar de su confianza. El Gobierno tiene que facilitar activamente la búsqueda del consenso, en lugar de imponer, de manera unilateral, criterios que no parecían especialmente cuestionables tal y como fueron presentados. Por último, las medidas adoptadas hasta la fecha por el Gobierno han llegado tarde y carecen de la transparencia necesaria para fomentar la confianza por parte de los interlocutores sociales. La aplicación de las recomendaciones formuladas por la misión de contactos directos de 2017 ha sido decisiva para lograr progresos reales. Entre otras cosas, la misión recomendó que se establezca un grupo de trabajo con todas las federaciones y confederaciones interesadas, incluidas las que no estaban representadas por los miembros que asumieron sus cargos recientemente, para determinar los procedimientos y criterios de representatividad. Como ha sucedido con las otras estructuras tripartitas que funcionan en El Salvador, los miembros trabajadores siguen convencidos de que la mejora del diálogo social facilitará muchas controversias en el país.

Los miembros empleadores indicaron que la Comisión conoce por segundo año consecutivo la aplicación del Convenio; antes, se examinó bajo el Convenio núm. 87 en 2015 y 2016. En la anterior Conferencia el Gobierno dio explicaciones sobre el cumplimiento del Convenio; se hicieron varias recomendaciones y se decidió el envío de una misión de contactos directos. Corresponde ahora analizar el cumplimiento de las recomendaciones de esta Comisión del año pasado, así como las de la misión de contactos directos. Como punto de partida se urgió al Gobierno reactivar sin demora el CST, recomendación sobre la cual la misión de contactos directos insistió, con la indicación de que se hiciera mediante el diálogo social a fin de asegurar su pleno funcionamiento. A la fecha el CST no está operando. No obstante, el Gobierno da cuenta que ha hecho la designación de sus miembros. Es importante destacar que el Convenio que se examina es sobre diálogo social, lo cual está en la naturaleza misma de la Organización. La sola pertenencia a la OIT es ya un principio de compromiso de los Estados para efectuar consultas a los actores sociales en las materias de su interés. Éstas deben hacerse a los legítimos representantes de los trabajadores y empleadores; ésta es una obligación de los Estados y un derecho de los actores sociales. En el presente caso, el Gobierno hizo la designación de los trabajadores sin que se conozcan los criterios de representatividad que utilizó, si es que se basó en algún criterio. Tanto así que los tres grupos mayoritarios de trabajadores manifestaron a la misión de contactos directos que desconocen los criterios utilizados por el Gobierno y uno de ellos disputa la designación. Los trabajadores habían señalado al Gobierno como el responsable de la paralización del CST. Esas dudas han sido señaladas por los empleadores a quienes les supone un problema la interlocución en tales condiciones. En la raíz del problema está que no han sido explicados los criterios para la designación, si es que existen. El establecimiento de reglas claras, estables y conforme a derecho, para la reactivación y pleno funcionamiento del CST fue requerido por la misión de contactos directos hace varios meses. Se informó que la revisión estaría por iniciar y ello a instancias de la Oficina de la OIT de San José. Lo anterior genera dudas justificadas sobre la voluntad del Gobierno para obrar en consecuencia de las recomendaciones de los órganos de control. Sobre el mismo tema, el Gobierno dice que, además del CST, existen cinco entes tripartitos y 17 instituciones autónomas tripartitas, las cuales se encuentran en pleno funcionamiento. La información que tienen los empleadores parece contradecir esa afirmación del Gobierno. En marzo de este año la ANEP y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) presentaron al Director General de la OIT una solicitud de intervención urgente, precisamente, por interferencia gubernamental en las elecciones de representantes en el CNSM, en el Instituto de Acceso a la Información Pública, en la Junta Directiva de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma y en la Junta de Directores de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET). Sobre el particular hay que recordar las conclusiones del año pasado y las observaciones de la misión de contactos directos, en el sentido de que el Gobierno debe garantizar la libertad y autonomía de la elección de los representantes de trabajadores y de empleadores. En todas esas instituciones los delegados del sector empleador no fueron designados por la organización más representativa, la ANEP, sino por el Presidente de la República con base en sendos decretos legislativos hechos a la medida para cada una de tales instituciones, a fin de permitir la designación presidencial inconsulta. Todos los decretos tenían vicios de constitucionalidad, lo cual fue declarado por la Sala de lo Constitucional. Lamentablemente, según el fallo de ese alto tribunal, debe ser hasta el vencimiento del plazo del mandato de los actuales directores — y no representantes de los empleadores — que se puede hacer la designación de los legítimos representantes conforme la legislación original. Esto tampoco ha sucedido, pues una vez vencido el plazo en cinco de las organizaciones antes referidas, el Gobierno ha realizado diferentes actos de clara injerencia, en violación abierta a la recomendación de la misión de contactos directos y al fallo judicial referido, con el fin de evitar la participación del sector empleador. En algunos casos simplemente no efectúan las designaciones y en otros, llega a extremos que deben ser puestos en conocimiento de la Comisión, para que no quede lugar a duda de la falta de voluntad gubernamental para cumplir con sus obligaciones derivadas de la membresía de OIT y de la ratificación de sus convenios. En relación con el caso de la SIGET la ley establece que en la junta directiva deben participar un director propietario y un suplente electos por las asociaciones gremiales del sector privado legalmente establecidas en el país. El Gobierno, sabiendo que la organización más representativa de empleadores es la ANEP, hecho reconocido sin discusión por todos los gobiernos anteriores y sin disputa alguna por otra organización de empleadores de aquel país, facilitó la rápida e irregular creación de una serie de supuestas asociaciones que se presentaran a la elección de los representantes empleadores, asegurándose una mayoría a fin de imponer delegados afines al Gobierno. Esto fue puesto en conocimiento de la Fiscalía con la finalidad de que se castigue a los responsables de los delitos cometidos en la simulación de actos y falsificación de documentos necesarios para la creación de las supuestas organizaciones de empleadores. Por otro lado, se obstaculizó a las asociaciones que forman parte de la ANEP la emisión de credenciales, con lo cual se les impidió la participación en la votación. Esto último es contrario a lo requerido por la misión de contactos directos. Los hechos presentados dan cuenta de un claro desprecio por el diálogo social y por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Gobierno al ratificar el Convenio que promueve la consulta tripartita, pilar fundamental de la misma y por el que se pretende fomentar la gobernabilidad y la buena marcha de las relaciones laborales de los países. Una actuación sesgada como es el presente caso, mina la confianza entre los actores sociales y el Gobierno, y promueve la gestión autocrática de éste. La OIT no puede ser indiferente ante una realidad como la que se muestra, en claro detrimento del diálogo social y del legítimo derecho de la organización de empleadores del país. Podría tratarse de cualquier organización profesional, sean de empleadores o de trabajadores y con el mismo rigor debe actuar esta casa; el riesgo de no hacerlo es la pérdida de credibilidad en el sistema. Finalmente los miembros empleadores urgieron al Gobierno para que sin demora ponga en práctica las recomendaciones de la misión de contactos directos, particularmente la reactivación del CST, así como garantizar la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la designación de los foros de diálogo social, absteniéndose de cualquier clase de injerencia.

Un miembro trabajador de El Salvador recordó que el país había padecido una guerra civil producto de las condiciones de marginación, extrema pobreza y explotación que sufrían la mayoría de la población y del cierre total de los mecanismos democráticos y de expresión social. El costo de los acuerdos de paz fue de más de 80 000 muertos, además de desapariciones y ejecuciones sumarias. Durante las décadas de los años ochenta y noventa, siguiendo las recomendaciones de instituciones financieras, se implementó una reestructuración económica consistente en la aprobación e implementación de políticas neoliberales. A través de dichas políticas se privatizaron, entre otros sectores, el sector financiero, el sector de las telecomunicaciones, el sector energético y el sistema de pensiones. Asimismo, se impuso el dólar como moneda oficial y se adoptaron tratados de libre comercio. Como consecuencia, se produjo el despido masivo de trabajadores y trabajadoras, se deterioraron sus condiciones de vida, se incrementaron las migraciones y se ocasionó una pérdida de los derechos de seguridad social adquiridos gracias a la acción de los sindicatos. En este contexto, las instancias tripartitas fueron empleadas por el Gobierno y las organizaciones de empleadores para servir a sus propios intereses, ya que únicamente participaban en dichas instancias por parte del sector trabajador, aquellas organizaciones de trabajadores afines a los mismos, sin dejar espacio a las organizaciones más representativas de trabajadores. No obstante, desde 2009, las organizaciones más representativas de trabajadores del sector público han logrado participar en la adopción de políticas que contribuyen a la mejora de la calidad de vida de los trabajadores. Un ejemplo de ello, es la aprobación del acceso a la Seguridad Social de los trabajadores de la economía informal y de las personas migrantes bajo regímenes especiales y la adopción en 2017 del incremento del salario mínimo, del que se beneficiaron más de 250 000 trabajadores. Dicho incremento salarial, alcanzado gracias a la participación de los sindicatos y su compromiso con la justicia social, responde de manera coherente y justa a las exigencias de la Constitución y de la realidad económica del país. Debido a tales avances, la ANEP se opone a que las instancias tripartitas funcionen con la participación activa y plural de sindicatos y sectores que no les son afines. Además, se han eliminado las prácticas discrecionales de elección de representantes de las organizaciones de trabajadores en las instancias tripartitas y se ha iniciado un proceso efectivo de participación plural con las diferentes corrientes sindicales. Sin embargo, el sector empleador pretende apartar a las organizaciones de trabajadores más representativas de la toma de decisiones en las instancias tripartitas. Por ello, las organizaciones de empleadores se niegan a incorporarse al CST y al CNSM, incumpliendo lo dispuesto en el Convenio. En relación con los sindicatos del sector privado, el orador destacó el reducido número de los mismos y se refirió a diversos casos en los que las organizaciones de empleadores habían acosado, despedido e interpuesto demandas de prisión contra dirigentes sindicales. En uno de los señalados casos, la empresa se había negado a reintegrar en sus puestos de trabajo a toda la junta directiva sindical de la empresa, que había sido despedida, pese a mediar una orden de la Corte Suprema de Justicia. En cuanto al funcionamiento de las instancias tripartitas de El Salvador, tales como el ISSS, todas ellas funcionan correctamente a excepción del CST debido a la negativa de las organizaciones de empleadores a participar en el mismo. Las organizaciones de empleadores, y en particular la ANEP, no deben tener ninguna injerencia en las decisiones de los trabajadores sobre la elección de sus representantes. Contrariamente a los anteriores mecanismos de elección de representantes en las instancias tripartitas, el procedimiento actual es participativo y democrático y emplea criterios universales de representatividad. Por otro lado, con miras a garantizar que el país siga en la ruta de la gobernabilidad y el desarrollo sostenible, es necesario el fortalecimiento del diálogo social, de la negociación y del consenso, así como el respeto de la legislación salvadoreña y de los instrumentos que emanan de la OIT. En ese sentido, el orador hizo una llamada al Gobierno para que continuara cumpliendo con las solicitudes de la Comisión de Expertos en relación con: i) el fomento de la participación de los sectores empleador y trabajador en la toma de decisiones, y ii) la activación de los procedimiento de interacción de las instancias tripartitas en la mayor brevedad, a pesar de la negativa de la empresa privada de participar en dichas instancias. Solicitó también al Gobierno que a través del MTPS, ente al que se le debía de otorgar un mayor presupuesto, pusiera un mayor énfasis en el efectivo cumplimiento de la legislación laboral en el sector público y privado, y garantizase un mayor número de inspecciones en las empresas. Por último, la empresa privada, como pilar importante de la economía, debe realizar esfuerzos para alcanzar consensos en las instancias tripartitas, respetando la independencia de las organizaciones de trabajadores, la pluralidad, la democracia y la diversidad de opiniones. Los valores elementales de humanismo, solidaridad y respeto mutuo obligan a los trabajadores, empleadores y gobiernos a actuar de conformidad con la Constitución que establece que el trabajo no es una mercancía, así como a luchar contra el trabajo precario, el deterioro del medio ambiente y la explotación infantil.

El miembro empleador de El Salvador recordó que la Comisión venía examinando durante cuatro años consecutivos las reiteradas violaciones por parte del Gobierno a diversos convenios. El año anterior, el Gobierno fue examinado bajo la clasificación de «doble pie de página», y la Comisión urgió para que se llevara a cabo la misión de contactos directos, lo que denota la gravedad de las reiteradas violaciones al Convenio por parte del Gobierno. Este Convenio, relativo al diálogo social y la consulta tripartita, se materializa en El Salvador en una entidad tripartita denominada CST. Desde 2013, esta entidad tripartita no funciona como consecuencia de una decisión unilateral del Gobierno de exigir unanimidad a los sindicatos de trabajadores en la elección y nombramiento de sus representantes. Sin embargo, la verdadera razón es que el Gobierno no quiere diálogo social ni consulta tripartita. El año pasado, después de constatar la inexistencia de consultas efectivas con organizaciones de trabajadores y de empleadores representativas e independientes, la Comisión instó al Gobierno a que: i) reactivase sin demora el CST, y ii) velase por que se realizaran avances concretos en lo que respecta a la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para designar a sus representantes, sin ser objeto de intimidación. Además, la Comisión solicitó una vez más al Gobierno que aceptase el envío de una misión de contactos directos a El Salvador. En julio de 2017, se llevó a cabo la misión de contactos directos, en la que se celebraron algunas reuniones tripartitas. En una de las reuniones, los representantes de los trabajadores nombrados por el Gobierno como integrantes del CST, reconocieron que desconocían los criterios que había usado el Gobierno para su designación. Esta injerencia por parte del Gobierno, quedó recogida en el informe final de la misión. Asimismo, en su informe final, dicha misión recomendó al Gobierno: i) reactivar el CST, y ii) garantizar, tanto en la legislación como en la práctica, la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la elección de sus representantes. Un año después de la adopción de las conclusiones por la Comisión, el Gobierno no sólo no ha implementado ninguna de las recomendaciones, a excepción de la celebración de la misión de contactos directos, sino que ha actuado de forma contraria a las mismas. Por ejemplo, el Gobierno elaboró una Política de empleo decente, que fue lanzada públicamente en septiembre de 2017, sin que los interlocutores sociales hubieran sido consultados previamente. Una semana antes del lanzamiento de la citada política de empleo, sin haber tenido la oportunidad de participar en la formulación de la misma y desconociendo su contenido, la ANEP recibió una nota del Gobierno solicitando que realizara observaciones al documento con miras a contar con su apoyo en el lanzamiento público de la política de empleo. En este sentido, el miembro empleador destacó que no es posible que un Gobierno elabore una política de empleo sin consultar a las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución. Otro ejemplo, en mayo de 2018, la ANEP fue invitada, con menos de dos horas hábiles de anticipación, a participar en la revisión de un documento denominado Pacto nacional de empleo, que sería presentado públicamente al día siguiente de la revisión. La falta de anticipación de la convocatoria es una muestra clara, no sólo de la falta de respeto por los interlocutores sociales, sino también por el diálogo social, las consultas tripartitas y las obligaciones contraídas por el Gobierno como Miembro de la OIT. Asimismo, al tiempo que tenía lugar la celebración de la misión de contactos directos, el Gobierno adoptó una serie de medidas con la finalidad de evitar que los empleadores, siguiendo lo dispuesto en la legislación, nombraran un director propietario y un director suplente en la SIGET, que constituye el ente regulador de electricidad y telecomunicaciones en El Salvador. En un breve espacio de tiempo, se crearon 60 asociaciones, conformadas por jóvenes de 18 a 20 años, con domicilio en 17 municipios del país caracterizados por los escasos recursos y el alto índice de informalidad. Las asociaciones fueron creadas con base a modelos de documentos preparados por protocolos de abogados que eran empleados públicos de empresas estatales reguladas por la SIGET. Las 60 asociaciones participaron en la elección y ganaron. Por consiguiente, el Gobierno no sólo se niega a dialogar con los legítimos representantes de los empleadores, sino que además crea falsas asociaciones para suplantar a los interlocutores legítimos. Frente a tales hechos, las organizaciones de empleadores recurrieron a la Sala Constitucional de la Corte Suprema, quien dictó medidas cautelares, y a la Fiscalía General para que realizase las investigaciones penales correspondientes. En enero de 2018, siguiendo lo establecido en la legislación, la ANEP nombró un director en el Fondo de Conservación Vial (FOVIAL), y propuso ternas en la Corporación Salvadoreña de Turismo (CORSATUR). Cinco meses después, el Gobierno no ha juramentado tales puestos ni convoca sesiones. En cuanto a la elección de representantes en el seno del Instituto de Acceso a la Información Pública y del CNSM, las organizaciones de empleadores continúan tramitando recursos constitucionales al respecto. En lo que se refiere a la Comisión ejecutiva portuaria autónoma la situación es más complicada. En definitiva, el Gobierno se niega a cumplir el fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema por el que se declaró la inconstitucional de los decretos de 2012, y por el que se devolvió la facultad a las organizaciones de empleadores de proponer y nombrar de manera libre y autónoma a los directores en las entidades públicas autónomas. En resumen, la lista de violaciones a los convenios por parte del Gobierno es larga, por ejemplo, la ANEP ha estado un año sin recibir credenciales.

La miembro gubernamental de Bulgaria, hablando en nombre de la Unión Europea (UE) y sus Estados miembros, así como de Albania, Bosnia y Herzegovina, Montenegro, Noruega, Serbia y ex República Yugoslava de Macedonia, recordó el compromiso contraído por el Gobierno en virtud del pilar comercial del Acuerdo de Asociación UE-América Central de aplicar de manera efectiva los convenios fundamentales de la OIT. Es lamentable que ya se discutiera el caso en la Comisión en 2017, cuando la Comisión instó al Gobierno a reactivar el CST y garantizar que se realizaran avances concretos en relación con el derecho de los interlocutores sociales a designar a sus representantes. Sin embargo, hay que saludar que se haya llevado a cabo una misión de contactos directos en julio de 2017 y que el Gobierno intentara reactivar el CST en una reunión inaugural en junio de 2017, en la que sin embargo los empleadores no participaron alegando inconformidad respecto al mecanismo de representación del sector trabajador. Los interlocutores sociales tienen derecho a designar libremente a los representantes de su elección en los órganos paritarios y tripartitos sin que el Gobierno interfiera. Como medida esencial para generar confianza entre las diferentes partes interesadas, urgió al Gobierno a tomar medidas para incluir a todos los interlocutores sociales en las consultas relativas a las políticas de empleo y trabajo, de manera transparente y antes de tomar una decisión. El Gobierno debería reactivar el CST con carácter de urgencia. Para ello, debería establecer pronto, en consulta con los interlocutores sociales, unas normas claras y transparentes sobre la designación de los representantes en el CST, basándose en criterios de representatividad de las organizaciones y de conformidad con el Convenio. Además, el Gobierno debería estudiar todas las posibles maneras de promocionar el diálogo social, y todos los interlocutores sociales deberían entablar un diálogo tripartito de forma constructiva. Alentó encarecidamente al Gobierno a seguir recurriendo a la asistencia técnica de la OIT, y puso de relieve el compromiso constructivo existente con el país, entre otras cosas mediante proyectos de cooperación de la UE y sus Estados miembros, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad del Gobierno de abordar todas las cuestiones planteadas en la observación de la Comisión de Expertos.

La miembro gubernamental del Paraguay, hablando en nombre del Grupo de los Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC), agradeció las informaciones brindadas por el Gobierno relativas al cumplimiento del Convenio. Asimismo, se remitió al informe de la Comisión de Expertos en relación con: i) la inclusión de El Salvador entre los casos de progreso en los que la Comisión de Expertos expresó su satisfacción respecto a algunas de las medidas positivas adoptadas por el Gobierno en respuesta a sus comentarios; ii) la celebración, en respuesta a las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas del año pasado, de una misión de contactos directos realizada en julio de 2017; iii) la expresión por parte del Gobierno durante la misión de contactos directos de su voluntad de realizar las gestiones indicadas y acordadas en el marco de dicha misión a fin de continuar fomentando el diálogo social y los acuerdos entre los sectores, contribuyendo de esta manera a la activación del CST; iv) la solicitud de asistencia técnica por parte del Gobierno en octubre de 2017, la cual ya está siendo proporcionada por medio de la Oficina de San José. Por último, la oradora expresó su confianza en que el Gobierno continuaría cumpliendo con el Convenio.

El miembro gubernamental de Panamá se adhirió a la declaración del GRULAC, y manifestó haber escuchado con atención las informaciones brindadas por el Gobierno y los planteamientos realizados por los miembros empleadores y trabajadores en los que puede observarse una diversidad de opiniones. En las condiciones actuales la instauración del diálogo resulta compleja. Sin embargo, el Gobierno se ha esforzado por reactivar el CST, el cual es el mecanismo establecido para llevar el tripartismo a la práctica. Se espera que dicho mecanismo pueda funcionar respetándose la voluntad de los salvadoreños, y sin injerencia de partes ajenas. Asimismo, felicitó a la OIT por el acompañamiento realizado en el terreno y reiteró su apoyo al Gobierno en sus esfuerzos de crear justicia social y de cumplir con lo establecido en el Convenio.

El miembro trabajador de Guatemala manifestó su preocupación en relación con la evolución de las relaciones de trabajo en El Salvador, en particular cuando los interlocutores sociales cuestionan la representatividad de los demás. En dicho país, como en Guatemala, se han tenido demasiados años de guerra, muertos y víctimas, por lo que se valora altamente la paz y la necesidad de transformar la forma de relacionarse dentro de un marco democrático y de respeto. Para poder hablar de libertad sindical y representatividad de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, primero se debería consolidar un marco jurídico y social que permita que las organizaciones existan, se desarrollen, realicen sus actividades y no sean perseguidas ni ellas ni sus afiliados. Organizar un sindicato de trabajadores, sobre todo en el sector privado, todavía implica un alto riesgo, puesto que probablemente la reacción de la empresa sería el despido o la aplicación de represalias que han sido comunicadas una y otra vez a las autoridades nacionales y a la OIT. En algunos casos, la actividad sindical implica riesgos de vida, como lo ha demostrado el asesinato de sindicalistas salvadoreños y guatemaltecos, cuyos casos ven pasar los años sin que las autoridades diluciden responsabilidades materiales e intelectuales sobre sus muertes. Por otro lado, el orador expresó que compartía las recomendaciones realizadas por la misión de contactos directos en 2017, donde se alienta a las autoridades competentes a que, en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores concernidas, se tomen las medidas necesarias para asegurar el pleno respeto de la autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la designación de sus representantes. Asimismo, el diálogo social es muy importante como para verse paralizado por aspectos procedimentales. Si alguno o algunos de los sectores que participan o son invitados a los espacios de concertación tienen dificultades internas para ser considerados representativos, ello debe ser superado entre las mismas organizaciones del sector, en la forma y en los tiempos que se consideren adecuados. Finalmente, hizo un llamamiento a todas las partes a superar las dificultades y retomar los procesos de diálogo que se han promovido, porque es la única vía posible y concreta para atender la tarea fundamental de mejorar las condiciones de vida y de trabajo de millones de salvadoreños y salvadoreñas que actualmente padecen una situación personal difícil y, muy alejada del trabajo decente que recomienda la OIT.

El miembro gubernamental de Honduras reiteró su apoyo al Gobierno manifestado en la declaración del GRULAC, respecto al cumplimiento del Convenio. El Gobierno en base a lo solicitado por la Comisión el año pasado y a las recomendaciones de la misión de contactos directos llevada a cabo en julio de 2017 ha realizado acciones dentro de las cuales se mencionan consultas institucionales y validaciones de procedimientos en materia laboral, así como la convocatoria efectuada por el Gobierno a los representantes de los tres sectores para la celebración de la primera sesión de instalación del CST. Al respecto, lamentó la no realización de dicha sesión y exhortó al Gobierno a mantener sus iniciativas de llamar al diálogo tripartito para alcanzar la pronta reactivación y el pleno funcionamiento del CST, y a permitir la implementación de buenas prácticas de consultas con los interlocutores sociales, asegurando así una plena participación tripartita. En un espíritu constructivo, la obligatoriedad de la consulta tripartita persigue alcanzar procedimientos efectivos en la promoción de la aplicación de las normas internacionales del trabajo. Es por ello que la toma de decisiones para el debido cumplimiento de convenios fundamentales, de gobernanza y técnicos, no sólo requiere de la voluntad manifiesta de los gobiernos a realizar las gestiones indicadas y acordadas, sino también necesita del compromiso de los mandantes tripartitos y de la asistencia técnica de la OIT. Finalmente, el Gobierno debe continuar sus esfuerzos en la implementación de medidas necesarias y el establecimiento de mecanismos de diálogo que contribuyan a una concertación social de soluciones tripartitas.

Una observadora, en representación de la Organización Mundial de Trabajadores (WOW), y hablando en nombre de la Unión Nacional de Trabajadores de Venezuela (UNETE), la Central regional de la Alternativa Democrática de las Américas (ADS) y algunos sindicatos de El Salvador, declaró que, en El Salvador, los últimos nueve años han significado un franco retroceso en materia de tripartismo, diálogo social, libertad sindical y firma de convenciones colectivas. En julio de 2017, la misión de contactos directos formuló una serie de recomendaciones, las cuales no han sido acatadas por el Gobierno, ya que el CST luego de un año de su juramentación no se ha reunido. No se había realizado ninguna consulta con las federaciones y confederaciones sindicales para la determinación de los procedimientos de elección de los representantes en el CST, sino hasta el 17 de mayo de 2018, fecha en la que el MTPS convocó a los representantes sindicales a una reunión con una consultora para abordar la reforma del reglamento, pretendiendo aparentar que están acatando las recomendaciones de la misión de contactos directos, lo cual demuestra que únicamente se pretende engañar a la Comisión, puesto que desde la última Conferencia no se había realizado ninguna acción en este sentido. La situación en el país ha empeorado. Por ejemplo, se ha obstaculizado el proceso de inscripción legal a diferentes organizaciones, imponiendo requisitos que no están establecidos en la legislación; se han realizados observaciones diversas a las actas de asambleas sindicales de aquellos sindicatos que los funcionarios consideran malos sindicatos; se han tomado hasta sesenta o noventa días sin que se entreguen las respectivas credenciales, obstaculizando con ello la representación sindical al dejar a las organizaciones sin las credenciales necesarias; se ha dado un trato discriminatorio al exigir requisitos extras sólo a los sindicatos identificados como no afines; no se cumple con los contratos del sector público, se realizan maniobras para no negociar colectivamente, como en los casos del Fundo Solidario para la Salud (FOSALUD); se ejerce constante intromisión en la autonomía sindical que condiciona la independencia y el ejercicio libre del derecho de sindicación por parte del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial y del MTPS. El Gobierno no ha tomado ninguna medida para asegurar la plena aplicación de los convenios en la legislación y en la práctica, no ha realizado el proceso de sumisión de los convenios para su eventual ratificación por las instancias correspondientes. El diálogo social es el gran ausente, como pone de manifiesto el hecho de que se ha aprobado una política y un pacto nacional de empleo, sin consultar con todas las organizaciones de trabajadores. Además, se pretende aprobar una ley de servicio público, que en su esencia destruye a las organizaciones sindicales, se les niega el derecho a negociar colectivamente, se elimina la estabilidad laboral de los servidores públicos y se viola flagrantemente los convenios de la OIT. El Gobierno debe realizar reformas a la legislación nacional encaminadas a eliminar los obstáculos a la libertad sindical. Por ejemplo, debe generar acciones tendientes a que se disminuya el número de miembros para constituir un sindicato, lo que está dejando sin poder ejercer su derecho de sindicación a empleados municipales y del Gobierno central cuyas instituciones cuentan con un número menor de 35 trabajadores los cuales tampoco pueden conformar sindicatos de empresas. De igual manera, se debería eliminar la exigencia de que para poder ser directivo sindical se debe ser salvadoreño por nacimiento, puesto que no permite que los trabajadores migrantes de otros países que laboran en la industria de la construcción y en labores agropecuarias puedan ser directivos sindicales; o la posibilidad de sólo afiliarse a un sindicato, aunque laboren los trabajadores en dos sectores diferentes de la economía, así como la obligatoriedad de elegir anualmente a las juntas directivas sindicales, federales y confederales.

La miembro gubernamental de la República Dominicana se adhirió a la declaración del GRULAC, y manifestó su apoyo a las informaciones brindadas por el Gobierno con respecto a la aplicación del Convenio. Reconoció las medidas positivas adoptadas por el Gobierno, que evidencian de manera expresa la voluntad del mismo de fomentar y fortalecer el diálogo social y el acuerdo entre los sectores, favoreciendo además la activación del CST. Asimismo, agradeció a la OIT por su contribución en el fortalecimiento de la capacidad de los gobiernos a través de la cooperación técnica y que actualmente está siendo proporcionada al Gobierno.

El miembro trabajador de la República Bolivariana de Venezuela indicó que se observa la voluntad del Gobierno y de los trabajadores de promover el diálogo social a través del CST. El diálogo debe ser honesto, sincero y responsable pero está siendo utilizado como una herramienta para menoscabar los derechos alcanzados en la lucha de los trabajadores. En este caso y otros, se observa la posición de los empleadores de romper el diálogo social cuando, por fin, algunos gobiernos lo practican y cumplen con los convenios de la OIT. Cuando se logra superarlos, los empleadores niegan que hayan sido consultados y evitan el diálogo acusando a estos gobiernos de injerencistas. En los casos de asesinatos de sindicalistas, estudiantes, maestros, ecologistas y periodistas, no se observa la misma contundencia. La protección de los sindicalistas, luchadores sociales y ecologistas es necesaria, como lo es igualmente imponer sanciones severas a quienes violen, por ejemplo, el derecho humano al trabajo decente, el derecho a la vida, a la educación, a la salud y a la vivienda. También, es necesario reconocer a los gobiernos, que junto con sus trabajadores y empleadores honestos, superan y mejoran los convenios de la OIT.

La miembro gubernamental de Cuba se adhirió a la declaración del GRULAC y agradeció las informaciones suministradas por el Gobierno. Lo consignado en el informe de la Comisión de Expertos, que examina la implementación por El Salvador de las conclusiones de 2017 de la Comisión de la Conferencia debe tomarse en consideración. En dicho informe se incluye al país en la lista de casos en los que la Comisión de Expertos ha manifestado su satisfacción por las medidas adoptadas y los procesos implementados por el Gobierno en respeto del tripartismo y del diálogo social. El Gobierno ha manifestado con ello su buena voluntad en cuanto al cumplimiento del Convenio. La asistencia técnica y la cooperación de la OIT pueden contribuir en dicho proceso.

El miembro trabajador del Paraguay, hablando en nombre de la Confederación Nacional de Trabajadores (CNT) y la ADS, expresó su preocupación acerca de la ausencia de voluntad del Gobierno para adoptar las medidas necesarias para fomentar y garantizar las consultas efectivas y el diálogo social con las organizaciones de trabajadores y de empleadores, además de no seguir las reglas que servirían como base para el desarrollo de un diálogo maduro, violentando así a la libertad sindical. La situación en el país es alarmante, ya que el Gobierno no cumple con el Convenio y transgrede y vulnera el espíritu y los principios de diálogo social y consulta efectiva, que son pilares de la OIT y del trabajo de esta Comisión. El Gobierno no sustentó los procesos de concertación social y participación tripartita llevados a cabo, perjudicando a las organizaciones de trabajadores y de empleadores, así como a la comunidad internacional. Son importantes los organismos nacionales e internacionales en las que los gobiernos pueden garantizar la existencia de consultas y colaboraciones inclusivas y efectivas para el correcto desarrollo del interés común, sin que se adolezca de prácticas discriminatorias, respetando la libertad sindical y el tripartismo para lograr mejoras a nivel nacional que transformen de manera positiva y exitosa las relaciones de trabajo. El diálogo social desempeña un papel crucial para promover el trabajo digno y decente, en condiciones de garantía, libertad, seguridad y dignidad. El Gobierno debe convertir su voluntad en la fuerza motriz más poderosa.

El miembro empleador de Honduras recordó que el año pasado el caso fue examinado bajo la clasificación de doble nota a pie de página y la Comisión urgió al Gobierno nuevamente para que se llevara a cabo la misión de contactos directos antes de finales de 2017. Esto denota la gravedad de las reiteradas violaciones por parte del Gobierno al Convenio y a los principios de la OIT. Asimismo, la Comisión, después de constatar la inexistencia de verdaderas consultas con organizaciones de trabajadores y de empleadores representativos e independientes, instó al Gobierno a: i) reactivar sin demora el CST, y ii) velar por que se realicen avances concretos en lo que respecta a la libertad y autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para designar a sus representantes, sin ser objeto de intimidación. La misión de contactos directos en su informe final recomienda: reactivar el CST, garantizar la libertad y autonomía de la elección de los representantes de trabajadores y de empleadores, y hace un llamado al Gobierno para, que tanto en las leyes como en la práctica, se garantice el pleno respeto de la autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la designación de sus representantes. Es preocupante que el Gobierno no haya adoptado ninguna recomendación de la Comisión y de la misión de contactos directos, e incluso desconoce los fallos de sus propios entes de control constitucional, violentando con ello el cumplimiento de las normas de trabajo y destruyendo la confianza que debe imperar en el diálogo social. La Comisión tiene el deber de promover el cumplimiento de las normas internacionales del trabajo, a través de mecanismos que se consideren apropiados. Ante estas acciones reincidentes del Gobierno, el orador pidió: i) que de forma enérgica se exija el cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de la Conferencia y de las de la misión de contactos directos; ii) que el Gobierno convoque a los legítimos actores sociales representativos, y iii) que en un plazo no mayor de dos meses presente los informes que correspondan al cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de Expertos.

El miembro trabajador del Brasil expresó su solidaridad con los trabajadores de El Salvador, esperando que el Gobierno asegure la aplicación del Convenio. Asimismo, el Gobierno debe establecer y garantizar todas las condiciones para que esto se efectúe de manera plural, transparente y democrática. La participación de los sindicatos ha sido fundamental en el país para el mejoramiento de los salarios mínimos, y el acceso a la seguridad social para trabajadores informales y migrantes, por lo que es necesario fortalecer la presencia sindical en el sector privado. Los empleadores no deben defender el tripartismo solamente cuando les propicie beneficios y para permitir que las organizaciones más representativas de trabajadores se incorporen a todas las instancias tripartitas. Es necesario que dichas instancias actúen con la participación activa y plural de sindicatos, gobiernos y empleadores en busca del diálogo social y el espíritu del tripartismo para lograr la gobernabilidad, la justicia social, el desarrollo sostenible y la continuación de los avances concretados.

La representante gubernamental declaró haber escuchado con atención las intervenciones relativas al caso y resaltó que diversas iniciativas habían sido realizadas y que continuarían impulsándolas hasta lograr una solución para la activación del CST. El Gobierno seguiría solicitando la cooperación técnica y la mediación de la OIT, sobre todo, porque las gremiales empresariales atienden convocatorias para abordar las temáticas discutidas, solamente, cuando la OIT les convoca a conversar con el MTPS. Las argumentaciones expresadas respecto a un procedimiento de elección en la queja presentada por la ANEP y en la declaración del miembro empleador relativas a la SIGET, carecen de fundamento y constituyen un desacuerdo por interés sectorial. En El Salvador, la formación de organizaciones y de gremiales no constituye un delito, como lo fue durante la década de los gobiernos militares resultando en un conflicto armado. El Gobierno es un garante de la libertad de asociación, de la libre expresión y de los derechos civiles y políticos, los cuales son derechos constitucionales porque fueron parte de los resultados del diálogo y la negociación consagrados en los Acuerdos de Paz. Incluso, la Corte Suprema de Justicia emitió una medida cautelar para que la elección se suspendiera, no por las organizaciones creadas, sino por existir un conflicto de interés entre una de las personas electas y las funciones de la SIGET. El mismo órgano mandató a la Asamblea Legislativa que emitiera una disposición transitoria a la ley de creación de la SIGET para que habilitara a los directores que concluyeron su período en diciembre de 2017. Dichas medidas están siendo cumplidas por la SIGET y han sido tomadas mientras se resuelve el proceso de amparo presentado ante la Corte Suprema de Justicia. Por lo anterior, es necesario que todas las instancias respeten el debido proceso y que la inconformidad por la participación de organizaciones no afines al sector empleador, no significa que éstas, necesariamente, sean ilegales o que transgredan lo establecido por el Convenio. Asimismo, la electricidad y las telecomunicaciones, no son de interés exclusivo del sector empresarial, sino también de interés nacional, puesto que no son solamente un recurso económico, sino que constituyen un recurso para el desarrollo y el bienestar de la población. Por lo tanto, diversos sectores tienen el legítimo derecho de participar, de expresar sus criterios y que estos se consideren en la toma de decisiones. En cuanto a lo referido por los miembros empleadores en relación con la injerencia del Gobierno en los procesos de elección, es importante mencionar que los criterios considerados para la designación de los representantes del sector trabajador han sido retomados de la costumbre internacional y con el fin de dar objetividad al mandato emitido por las conclusiones de la OIT, referidas a: i) instalar sin demora el CST, y ii) la resolución de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que indica que el MTPS tiene la obligación de implementar y sustentar los procesos de concertación social y participación tripartita, frente a situaciones que obstaculizan el funcionamiento del CST. En la misma resolución se indica que se deben propiciar los espacios de diálogo entre las organizaciones sindicales involucradas y facilitarles los medios necesarios para que puedan acordar y aplicar procedimientos claros y permanentes de elección de sus representantes, a fin de garantizar la designación y participación del sector trabajador en el aludido órgano consultivo. En ese sentido, los criterios como el número de afiliación sindical, número de sindicatos federados y número de contratos colectivos que representaba cada una de las ternas presentadas, fueron los que orientaron dicha designación. Dichos criterios fueron tomados de los datos registrados en el MTPS y de la información emitida por las organizaciones sindicales que estaban inscritas. El Gobierno debe garantizar los procesos que son mandatados por la Asamblea Legislativa a través de la legislación y de la Corte Suprema de Justicia. Por ello, no se ha trastocado lo que establece el reglamento del CST, cuyos vacíos de procedimiento para la delegación del sector laboral se habían mantenido desde 1994, y que habían dado lugar a la inactividad de dicha instancia. Por otra parte, el Gobierno ha brindado la garantía absoluta a los empleadores para su participación. El Gobierno ha respetado la legislación y no ha adoptado procedimiento de elección alguno que sirva a intereses específicos.

Los miembros empleadores celebraron nuevamente el acuerdo en esta Comisión sobre la importancia del diálogo social y el respeto a la independencia de las organizaciones de trabajadores y de empleadores. Es preocupante, por otro lado, escuchar voces de trabajadores independientes que afirman sufrir actos de discriminación como los que han señalado los empleadores, lo cual nos da cuenta de la gravedad del presente caso. Esta Comisión se ha pronunciado sobre la importancia del diálogo social, base fundamental de esta Organización. Para que el mismo sea fructífero debe contar con la participación de buena fe de los legítimos representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores independientes, pero sobre todo con la convicción del Gobierno sobre la necesidad de facilitarlo y de intentar llegar a consensos. En definitiva, en mucho depende de la verdadera vocación democrática del Gobierno, con miras a cumplir de buena fe con sus obligaciones derivadas de sus compromisos internacionales, pero más importante, con el afán de enriquecer la visión sobre los temas de interés nacional y lograr gobernabilidad. No se trata de cumplir con un aspecto meramente formal y, menos aún, de pretender hacerlo mediante la convocatoria de entidades sin representatividad alguna, o peor, constituidas arbitrariamente para el efecto, mostrando una vocación de diálogo que no se tiene. Preocupan las declaraciones del Gobierno de hace unos minutos, en donde claramente las están validando como organizaciones representativas de empleadores. Los miembros empleadores reiteraron que el Gobierno no puede sustraerse del cumplimiento de sus obligaciones por el solo hecho que uno o ambos actores sociales pudiera resultar un interlocutor incómodo, por intentar defender sus legítimos intereses. Esta Comisión no puede dejar inadvertida una situación como la referida en este caso en los términos más severos; esto contribuiría a la destrucción del diálogo social y a la pérdida de confianza en los mecanismos de control. En esta ocasión se discrimina a los empleadores de El Salvador, luego podrían ser los trabajadores o los empleadores de cualquier parte del mundo. Desde el año pasado que discutimos este caso y desde que la misión de contactos directos emitió sus recomendaciones, no se aprecia en el Gobierno la voluntad de cumplir a cabalidad y de buena fe con sus obligaciones derivadas del Convenio. Es deber de la Comisión recordarle en términos muy claros, la necesidad de que modifique su actitud y que la adecue a derecho. Por lo anterior, los miembros empleadores pidieron que: i) en las conclusiones de este caso se destaque la gravedad de la situación del diálogo social en el país; ii) que se urja nuevamente al Gobierno para que reactive sin demora el CST, a través de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y mediante el diálogo social, a fin de asegurar su pleno funcionamiento; igualmente, iii) que sin demora alguna desarrolle, en consulta con los actores sociales, reglas claras, estables y conforme a derecho para la reactivación y pleno funcionamiento del CST. Además se le debe urgir al Gobierno: i) que se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones de empleadores y que facilite, de conformidad con la ley, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales correspondientes; ii) que nombre sin demora a los representantes de las organizaciones legítimas de los empleadores en los foros de diálogo social en donde tales designaciones están pendientes de realizarse, y iii) que haga un llamado para que acepte la cooperación técnica de la Oficina. Finalmente, por la gravedad del caso, los miembros empleadores pidieron que las presentes conclusiones figuren en un párrafo especial del informe de la Comisión.

Los miembros trabajadores reconocieron los esfuerzos realizados por el Gobierno para cumplir con el Convenio. En años anteriores, la asistencia técnica brindada por la OIT y una misión de contactos directos contribuyeron realmente a infundir confianza y reforzar el diálogo social tripartito en El Salvador. Sin embargo, aún quedan deficiencias significativas que es preciso subsanar sin demora. Por desgracia, los interlocutores sociales se han visto privados durante demasiado tiempo de la oportunidad de dar su opinión acerca de los instrumentos adoptados por la OIT. Por lo tanto, los miembros trabajadores instaron al Gobierno a que cree inmediatamente las condiciones propicias para que las consultas pertinentes tengan lugar. A pesar de cierto compromiso por parte del Gobierno, siguen cuestionándose los criterios y procedimientos que se aplican para elegir a los representantes de los trabajadores en el CST. La misión de contactos directos que visitó el país en julio de 2017 formuló recomendaciones al Gobierno, que el Grupo de los Trabajadores apoya plenamente. La misión señaló la necesidad de realizar consultas adecuadas con las confederaciones y federaciones interesadas para determinar unos procedimientos de elección de carácter estable en función de criterios de representatividad precisos, objetivos y preestablecidos. Además, la misión recomendó la creación de un grupo de trabajo abierto a todas las confederaciones y las federaciones registradas, para definir de forma conjunta criterios y procedimientos claros y duraderos para la designación de sus representantes. La OIT está brindando asistencia técnica en la actualidad con vistas a entablar consultas con los interlocutores sociales para reformar los reglamentos del CST de cara a aplicar esas recomendaciones. Tanto los empleadores como las autoridades gubernamentales deben respetar ese proceso y las decisiones tomadas por los trabajadores para permitir que el CST empiece a funcionar por fin. A este respecto, deben tomarse todas las medidas necesarias, como recomienda la Comisión de Expertos, con miras a investigar y resolver todas las acusaciones de injerencia en el CST. El Grupo de los Empleadores destacó los problemas a los que se enfrentaba con respecto a diversos órganos a escala nacional y las acusaciones de injerencia del Gobierno. Expresó la esperanza de que el Gobierno colabore con los empleadores lo antes posible para encontrar una solución satisfactoria. Sin embargo, cabe indicar que estos órganos no se ocupan de las cuestiones enumeradas en el artículo 5 del Convenio y, por lo tanto, éstos no deben distraer la atención de las demás cuestiones examinadas, que revisten una gran importancia. Una vez más, instaron al Gobierno a que colabore con la OIT mediante la asistencia técnica para que, después de mucho tiempo de espera, se consiga al fin avanzar en este asunto.

Conclusiones

La Comisión tomó nota de las declaraciones orales formuladas por la representante gubernamental y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión observó con preocupación que el diálogo social funciona de forma deficiente y se incumplen las disposiciones del Convenio.

Teniendo en cuenta la información presentada por el Gobierno y la discusión, la Comisión instó al Gobierno a que:

  • - se abstenga de interferir en la constitución de las organizaciones de empleadores y facilite, de conformidad con la Ley, la debida representación de las organizaciones legítimas de empleadores, emitiendo las credenciales correspondientes;
  • - elabore normas claras, objetivas, previsibles y jurídicamente vinculantes en consulta con los interlocutores sociales para asegurar la reactivación y el pleno funcionamiento del Consejo Superior del Trabajo;
  • - reactive nuevamente y sin demora el Consejo Superior del Trabajo por medio de las organizaciones más representativas de trabajadores y de empleadores y a través del diálogo social, y garantice el pleno funcionamiento de dicho órgano;
  • - designe sin dilación a representantes de las organizaciones patronales más representativas en el Consejo Superior del Trabajo en los casos en que dichos nombramientos no se hayan realizado, y
  • - recurra a la asistencia técnica de la OIT.

La Comisión recomienda al Gobierno que presente una memoria detallada a la Comisión de Expertos antes de su próxima reunión, que se celebrará en noviembre de 2018.

Una representante gubernamental tomó nota de las conclusiones y reiteró que el Gobierno está firmemente comprometido con el fiel cumplimiento del Convenio. El Gobierno ha impulsado el diálogo social tripartito en la agenda nacional para el logro de la justicia social y laboral y seguirá realizando las gestiones de cooperación técnica para que los interlocutores sociales tengan las herramientas técnicas para su ejercicio. En El Salvador, existe la libertad de organización; no se niega a nadie ese derecho, y las gremiales que representan el sector empresarial tienen participación activa y garantizada en todos los espacios tripartitos y en casi todos los espacios paritarios. En el caso del Consejo Superior del Trabajo, el reglamente establece la participación de las gremiales de la ANEP (CASALCO, CAMAGRO, Cámara de Comercio y ASI) — y de la misma ANEP — las cuales, a pesar de no haber asistido a la sesión de instalación, ya han enviado sus representantes para participar en dicha instancia. A diferencia del sector laboral, que no cuenta con un procedimiento de elección, no existe ningún impedimento para la delegación del sector empresarial. La oradora celebró la existencia de los órganos de control que acompañan a los países en el cumplimiento de los Convenios. Asimismo, éstos no deberían utilizarse como espacios para abordar desacuerdos que se pueden resolver, precisamente, a través de la participación activa y efectiva en las instancias que ya están estructuradas para ello. Agradeció a los oradores que reconocieron las gestiones realizadas por el Gobierno para avanzar en el cumplimiento del Convenio así como la cooperación técnica recibida de la Oficina.

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