ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Page d'accueil > Profils par pays >  > Commentaires

Demande directe (CEACR) - adoptée 2018, publiée 108ème session CIT (2019)

Convention (n° 182) sur les pires formes de travail des enfants, 1999 - Equateur (Ratification: 2000)

Autre commentaire sur C182

Demande directe
  1. 2021
  2. 2018
  3. 2014
  4. 2010
  5. 2008
  6. 2006
  7. 2004
  8. 2003

Afficher en : Anglais - FrancaisTout voir

Artículo 4, 3). Revisión de la lista de tipos de trabajos peligrosos. La Comisión toma nota con interés de que en 2015 el Ministerio del Trabajo revisó la lista de trabajos peligrosos prohibidos a los adolescentes de entre 15 y 18 años a través del acuerdo ministerial núm. MDT-2015-0131.
Artículo 6 del Convenio. Programas de acción. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de las medidas adoptadas por el Gobierno para eliminar el trabajo infantil en vertederos públicos, el cultivo de flores y los mataderos municipales, así como de la adopción de un manual para la prevención y erradicación del trabajo infantil en los municipios y del inicio de la campaña «Da dignidad, por un Ecuador sin mendicidad y sin trabajo infantil» y del programa de 2013 para la «Erradicación progresiva de la mendicidad en el Ecuador». Recordando la vulnerabilidad de los niños de la calle, pidió al Gobierno que transmitiera información sobre los programas establecidos a fin de reforzar la protección de estos niños, incluso con la colaboración de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD).
La Comisión toma nota del informe del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), adjunto a la memoria del Gobierno, sobre el logro de los objetivos 2.6 y 9.3, del Plan nacional de desarrollo 2013-2017 «Buen vivir» que tiene por objetivo «desarrollar y fortalecer los programas de protección especial desconcentrados y descentralizados». Estos programas establecen, por una parte, la asistencia y la protección de las personas abandonadas, especialmente los niños, en particular eliminando la mendicidad y el trabajo infantil y, por otra parte, tienen por objetivo promover las políticas de erradicación de todos los tipos de explotación a través del trabajo, en particular el trabajo infantil, el trabajo doméstico y los cuidados de base y profundizar en estas políticas. Toma nota de que, entre las diversas medidas adoptadas por el Gobierno para lograr estos objetivos, en 2017 se firmaron 71 acuerdos entre los GAD y organizaciones de la sociedad civil y organizaciones religiosas a través de las direcciones de distrito descentralizadas, con miras de hacerse cargo de 7 892 niños y adolescentes ocupados en trabajo infantil. De éstos, 21 acuerdos corresponden a la zona 3 del país, que concentra un porcentaje elevado de la población autóctona, y permiten llegar a 1 880 niños, niñas y adolescentes. En el cantón de Manta, 81 adolescentes obtuvieron una autorización de trabajo por cuenta propia de los GAD, en el marco de las actividades autorizadas por la ley, así como ayuda para sus familias.
Tomando nota de que la memoria del Gobierno no contiene información sobre la eliminación del trabajo infantil en las calles, la Comisión lo alienta a redoblar sus esfuerzos con miras a la adopción de programas que tengan por objetivo la eliminación del trabajo infantil en las calles, incluida la mendicidad. Pide al Gobierno que en su próxima memoria transmita información detallada sobre los resultados obtenidos en el marco del Plan nacional de desarrollo 2013 2017.
Artículo 7, 2). Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado a). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. La Comisión toma buena nota de que entre 2015 y 2016 aumentó un 1,4 por ciento la tasa neta de escolarización en la educación secundaria. Asimismo, toma nota de la estrategia del Gobierno para prevenir y eliminar el trabajo infantil, condicionando los bonos de desarrollo humano (BDH) a la educación de los niños. Según la memoria del Gobierno, las familias que reciben BDH tienen la responsabilidad compartida en lo que respecta a la educación de las niñas, los niños y los adolescentes de su medio familiar y estos últimos deben estar inscritos obligatoriamente en la escuela y asistir regularmente a las clases del nivel primario y secundario. Los BDH también garantizan el acceso a servicios básicos como los servicios sanitarios y educativos a fin de permitir que las familias que los reciben puedan evitar la pobreza estructural. La Comisión toma nota de que según las encuestas realizadas por el Gobierno en 2016, 543 047 niños y niñas pertenecientes a los 355 936 núcleos familiares que recibían BDH estaban inscritos en el sistema educativo nacional, mientras que 279 329 niños y niñas en edad escolar no estaban inscritos. Asimismo, toma nota de las medidas adoptadas por el Gobierno para retirar los BDH a las familias (un total de 12 834 núcleos familiares) que no han demostrado la presencia de sus niños en la escuela. Toma nota de que según el Gobierno la medida de suspensión ha tenido un efecto positivo sobre el regreso al sistema educativo de niños de entre 15 y 17 años de la región Costa.
Tomando nota de los esfuerzos realizados por el Gobierno, la Comisión lo insta a continuar trabajando a fin de mejorar el impacto del sistema educativo aumentando la tasa de asistencia a la escuela y disminuyendo la tasa de abandono escolar de los niños, en particular en la enseñanza secundaria, a fin de impedir que sean víctimas de las peores formas de trabajo infantil.
Apartado d). Identificar a los niños especialmente expuestos a riesgos y entrar en contacto directo con ellos. 1. Niños de los pueblos indígenas. En sus comentarios anteriores, la Comisión pidió al Gobierno que transmitiera información sobre las medidas en un plazo determinado adoptadas para que los niños de los pueblos indígenas puedan acceder más fácilmente al sistema educativo bilingüe a fin de impedir que sean víctimas de las peores formas de trabajo infantil. La Comisión toma buena nota de las medidas adoptadas por el MIES y en concreto de que 21 de los 71 convenios firmados entre las direcciones descentralizadas de distrito y las organizaciones de la sociedad civil, los GAD y las organizaciones religiosas en 2017 corresponden a una zona geográfica con alta tasa de concentración de pueblos indígenas. Gracias a la firma de esos convenios se ha podido llegar a 1 880 niñas, niños y adolescentes de esa zona. La Comisión toma nota del proyecto de reforzamiento del sistema de educación intercultural bilingüe del MIES titulado «SEIB», adjunto a la memoria del Gobierno, que tiene por objetivo mejorar las condiciones educativas en las zonas de difícil acceso proporcionando material y equipos que correspondan a cada realidad educativa de las diferentes zonas del país. Del SEIB se benefician un total de 183 022 estudiantes, de los cuales 15 525 son estudiantes de educación de la primera infancia, familiar y comunitaria, 119 424 niñas y niños siguen la educación elemental, 18 910 jóvenes cursan el segundo ciclo de los estudios secundarios y 29 163 jóvenes y adultos siguen cursos de alfabetización. La Comisión toma nota con interés de que el Parlamento Popular Indígena ha participado en el proceso de elaboración de políticas públicas destinadas a las personas y grupos considerados prioritarios y ha promulgado una ordenanza intercultural de prevención y lucha contra el trabajo infantil en el cantón de Guamote, con el apoyo del Proyecto de lucha contra el trabajo infantil y la OIT.
Sin embargo, la Comisión toma nota de que según el informe del programa conjunto «Entendiendo el trabajo infantil» de 2017, que se basa en las estadísticas de la Encuesta nacional de empleo, desempleo y subempleo (ENEMDU) realizada en 2016, los adolescentes indígenas de entre 15 y 17 años ocupaban el 41,6 por ciento de los empleos peligrosos frente al 8,7 por ciento de los adolescentes no indígenas.
La Comisión alienta al Gobierno a que, habida cuenta de que según las estadísticas los niños pertenecientes a pueblos indígenas siguen siendo los más vulnerables, mantenga su compromiso a favor de estos niños y continúe facilitando su acceso al SEIB a fin de impedir que sean víctimas de las peores formas de trabajo infantil.
2. Niños que trabajan en el servicio doméstico. En sus comentarios anteriores, la Comisión pidió al Gobierno que continuara indicando las medidas efectivas y en un plazo determinado adoptadas para proteger a los niños que realizan tareas domésticas de las peores formas de trabajo infantil.
La Comisión toma buena nota de que actualmente el trabajo doméstico remunerado figura en la lista de trabajos peligrosos adoptada en el marco del acuerdo ministerial núm. MDT-2015-0131. Sin embargo, observa que en la memoria del Gobierno no se proporciona información alguna sobre las medidas adoptadas para luchar contra el trabajo infantil realizado en el marco del trabajo doméstico clandestino.
Por consiguiente, la Comisión pide de nuevo al Gobierno que adopte medidas efectivas y en un plazo determinado para proteger a los niños que realizan trabajo doméstico clandestino y que le proporcione información a este respecto en su próxima memoria.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer