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Observation (CEACR) - adoptée 2023, publiée 112ème session CIT (2024)

Convention (n° 117) sur la politique sociale (objectifs et normes de base), 1962 - République de Moldova (Ratification: 1996)

Autre commentaire sur C117

Observation
  1. 2023

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La Comisión lamenta tomar nota de que una vez más la memoria del Gobierno no contiene una respuesta a los comentarios anteriores de la Comisión, formulados inicialmente en 2014. La Comisión confía en que la próxima memoria contenga información completa sobre cada uno de los puntos siguientes:
Partes I y II del Convenio. Mejoramiento del nivel de vida. La Comisión invita una vez más al Gobierno a que presente la información que le permita apreciar de qué manera el «mejoramiento del nivel de vida» se trata como «el objetivo principal de los planes de desarrollo económico», como exige el artículo 2 del Convenio. Además, la Comisión invita nuevamente al Gobierno a que comunique información sobre la manera en que se han tenido en cuenta las necesidades familiares de los trabajadores, en el marco de una política social aplicada de conformidad con los artículos 5 y 6 del Convenio.
Artículo 8, 3). Transferencia de parte de los salarios y ahorros al extranjero. La Comisión reitera su solicitud de que el Gobierno comunique información sobre cualquier acuerdo que regule las cuestiones relacionadas con la aplicación del Convenio, incluido todo acuerdo que contenga disposiciones que permitan a los trabajadores remitir sus salarios y ahorros.
Parte IV. Remuneración. La Comisión reitera su petición al Gobierno de que comunique información sobre las medidas adoptadas o previstas para dar efecto a las cuestiones de principio a que se refieren el artículo 10, 3) y 4) y el artículo 11, 1) y 7).
Anticipos sobre la remuneración de los trabajadores. La Comisión pide una vez más al Gobierno que proporcione información sobre las medidas previstas o adoptadas para determinar la cuantía máxima y la forma de reembolso de los anticipos de salario, de conformidad con el artículo 12.
Formas de ahorro voluntario. La Comisión reitera su solicitud de que el Gobierno facilite información sobre las medidas adoptadas o previstas para fomentar las formas de ahorro voluntario entre los asalariados y los productores independientes y para proteger a los asalariados y a los productores independientes contra la usura.
[Se solicita al Gobierno que responda de forma complete a los presentes comentarios en 2024].
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