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Rapport intérimaire - Rapport No. 64, 1962

Cas no 283 (Cuba) - Date de la plainte: 09-FÉVR.-62 - Clos

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  1. 12. La C.I.S.C envió al Director General, el 9 de febrero de 1962, un telegrama por el que solicitaba la intervención urgente de la O.I.T, basándose en que el dirigente sindical cubano Sr. Reynol González se encontraba en peligro inminente de ser ejecutado. El Director General puso el contenido de este telegrama en conocimiento del Primer Ministro y del Ministro de Relaciones Exteriores de Cuba por medio de dos telegramas de fecha 9 de febrero de 1962.
  2. 13. Por carta de 22 de febrero de 1962, el Director General transmitió la queja al Gobierno de Cuba, de conformidad con el procedimiento normal para el examen de quejas por violación de derechos sindicales. En su carta, el Director General explicó al Gobierno que, como quiera que la queja planteaba cuestiones relativas a la vida humana, el caso correspondía a la categoría de los que el Consejo de Administración considera como urgentes, en virtud de la decisión adoptada por el Consejo de Administración en su 140.a reunión (noviembre de 1958), y que por esta razón solicitaba del Gobierno enviara una respuesta tan rápidamente como fuera posible.

A. A. Alegatos de los querellantes

A. A. Alegatos de los querellantes
  1. 14. El caso fué examinado por el Comité en su 30.a reunión (febrero de 1962), ocasión en que el Comité sometió al Consejo de Administración las conclusiones que figuran en los párrafos 12 a 15 de su 60.° informe, aprobado por el Consejo de Administración en su 151.a reunión (marzo de 1962).
  2. 15. Como quiera que no se había recibido ninguna comunicación del Gobierno, el Consejo de Administración, a propuesta del Comité, decidió solicitar del Gobierno de Cuba el envío, con carácter urgente, de sus observaciones sobre la queja.
  3. 16. El Gobierno de Cuba fué informado de esta decisión por carta de fecha 15 de marzo de 1962. El mismo día, la Oficina recibió una carta del Gobierno, de fecha 9 de marzo de 1962, en la que se declara que la carta del Director General de 22 de febrero de 1962, mencionada en el párrafo 13 antes citado, había sido transmitida al organismo competente del Gobierno Revolucionario. En una nueva carta de fecha 4 de abril de 1962, el Gobierno repite la declaración según la cual el problema había sido transmitido al organismo competente en cuestión y añade que ello se había hecho para permitir que este último estudiase la cuestión y preparase sus observaciones. No se ha recibido del Gobierno ninguna nueva comunicación.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 17. En virtud de todo lo que antecede, el Comité recomienda al Consejo de Administración que solicite del Gobierno de Cuba una vez más el envío, con carácter urgente, de sus observaciones sobre la queja.
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