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Rapport intérimaire - Rapport No. 82, 1965

Cas no 381 (Honduras) - Date de la plainte: 18-MARS -64 - Clos

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  1. 76. La queja de la Confederación Latinoamericana de Sindicalistas Cristianos está contenida en una comunicación de fecha 18 de marzo de 1964. Habiendo sido transmitida al Gobierno, éste envió sus observaciones con fecha 20 de mayo de ese mismo año.
  2. 77. Honduras ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).

A. A. Alegatos de los querellantes

A. A. Alegatos de los querellantes
  1. 78. En su queja los querellantes solicitan la intervención de la O.I.T a fin de llevar al Gobierno a esclarecer el asesinato del líder sindical cristiano Humberto Portillo.
  2. 79. En su respuesta de 20 de mayo de 1964, el Gobierno señala que existe en el país una organización de jóvenes comunistas cuya misión es ejecutar actos de terrorismo y de sabotaje. Dicha organización, que responde al nombre de Movimientos Integrados de Liberación (M.I.L.), se dedicó a la propaganda mediante la distribución de volantes y luego a la realización de hechos violentos como la detonación de bombas y asaltos a mano armada. Con el fin de herir la sensibilidad de los sindicatos y de los trabajadores, se pasó a los atentados personales. Esta última etapa de violencia culminó con tres víctimas: dos dirigentes asesinados en los campos bananeros de la costa norte y un líder sindical, el Sr. Humberto Portillo, muerto a tiros en las calles de Tegucigalpa. En este último caso, el hecho sucedió a principios de diciembre de 1963, cuando el Sr. Portillo transitaba en una de las calles de la ciudad, disparándosele desde un automóvil que desapareció de inmediato, sin que hasta ahora se hubiera podido identificar a sus ocupantes. El Cuerpo de Investigación Nacional continúa interesado en aclarar este crimen, habiéndose encontrado ya algunas pistas que se espera llevarán al esclarecimiento total del mismo.

B. B. Conclusiones del Comité

B. B. Conclusiones del Comité
  1. 80. El Comité había tomado conocimiento de este caso en su reunión de noviembre de 1964, en la que decidió aplazarlo hasta su próxima reunión por estar esperando nuevas observaciones por parte del Gobierno con respecto al resultado de las investigaciones que estaba realizando. Hasta el presente estas observaciones no fueron recibidas, a pesar de que el hecho mismo ocurriera en diciembre de 1963 y que el Gobierno comunicara que se habían encontrado algunas pistas que podrían llevar al esclarecimiento del caso.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 81. En estas condiciones, el Comité recomienda al Consejo de Administración que decida solicitar del Gobierno el envío de toda información que pueda dar sobre el resultado de las investigaciones relativas al alegado asesinato del Sr. Humberto Portillo y que lo mantenga al corriente sobre las novedades que se produzcan en este caso.
    • Ginebra, 23 de febrero de 1965. (Firmado) Roberto AGO, Presidente.
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