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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 330, Mars 2003

Cas no 1965 (Panama) - Date de la plainte: 19-MAI -98 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 135. En su reunión de junio de 2002, el Comité formuló las siguientes recomendaciones sobre las cuestiones que quedaron pendientes [véase 328.º informe, párrafo 61]:
    • El Comité recuerda que el Gobierno había pedido al Procurador General de la Nación que efectúe investigaciones sobre los alegatos relativos al allanamiento de la sede del SUNTRACS y los malos tratos a varios trabajadores de la empresa Aribesa durante el período en que estuvieron detenidos y pide al Gobierno que se asegure que esta investigación se realice rápidamente, así como que le mantenga informado del resultado de la misma. El Comité pide también al Gobierno que le informe sobre los procedimientos judiciales relativos al despido de cinco trabajadores Sres. Porfirio Beitia, Francisco López, Eugenio Rivas, Julio Trejos y Darío Ulate y sobre el fondo destinado a compensar a los trabajadores de Aribesa cuyo reintegro resulta imposible.
  2. 136. En su comunicación de 28 de noviembre de 2002, el Gobierno reitera que en cuanto al allanamiento de la sede de SUNTRACS y a los supuestos malos tratos, las investigaciones del Ministerio de Trabajo no han encontrado documentación ni evidencia de la ejecución de estos hechos alegados. El Gobierno añade asimismo que el Ministerio Público declaró que los esfuerzos y gestiones para hacer comparecer a los que se consideran afectados por los hechos denunciados han resultado infructuosos y casi imposibles y por ende no se han logrado recabar sus testimonios. En cuanto a los despidos, el Gobierno declara que los trabajadores Porfirio Beitia, Francisco López, Eugenio Rivas, Darío Ulate y Julio Trejos presentaron demanda por despido injustificado; el Sr. Francisco López logró un fallo condenatorio de la empresa; se absolvió judicialmente a la empresa en el caso del Sr. Eugenio Rivas por prescripción; y los procedimientos relativos a los Sres. Darío Ulate, Porfirio Beitia y Julio Trejos no han concluido.
  3. 137. El Comité toma nota de estas informaciones. El Comité lamenta que las investigaciones sobre el alegado allanamiento de la sede de SUNTRACS y los alegados malos tratos no hayan dado resultados por la falta de cooperación de los supuestos afectados. Por otra parte, el Comité pide al Gobierno que comunique la decisión judicial definitiva sobre el despido de los Sres. Darío Ulate, Porfirio Beitia y Julio Trejos.
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