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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 327, Mars 2002

Cas no 2106 (Maurice) - Date de la plainte: 23-OCT. -00 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 84. El Comité examinó este caso en su reunión de junio de 2001 y en esa ocasión formuló las recomendaciones siguientes [véase 325.º informe, párrafo 488]. Al tiempo que tomó nota de que se llevaban a cabo discusiones tripartitas en lo que respecta al aumento de las remuneraciones de los funcionarios públicos, el Comité confió en que se celebrarían negociaciones constructivas, en las cuales el agente negociador dispondría de informaciones completas y en las que se tendría plenamente en cuenta el aumento salarial decidido por el gobierno anterior; el Comité también invitó al Gobierno a que le mantuviese informado del resultado de dichas discusiones, y pidió que se le mantuviera informado sobre el resultado de la acción judicial entablada en lo que respecta a la anulación del aumento; en cuanto a la situación en la Rose Belle Sugar Estate, el Comité recomendó que se reanudaran las negociaciones de buena fe sobre las cuestiones pendientes, negociaciones estas en las que un agente negociador debería poder tener acceso a todas las informaciones financieras y de otra índole que le permitieran valorar la situación con pleno conocimiento de causa, y pidió al Gobierno que le mantuviera informado de la evolución a este respecto.
  2. 85. En su comunicación de 24 de agosto de 2001, el Gobierno facilitó la siguiente información:
    • — a principios de mayo de 2001 se celebró una reunión tripartita nacional, presidida por el Viceprimer Ministro y el Ministro de Finanzas y en la que participaron diversas federaciones y confederaciones, incluidas las organizaciones querellantes. Se informó detalladamente a los sindicatos sobre la situación económica del país y, a pesar de encontrarse éste en una situación presupuestaria difícil, hubo negociaciones constructivas que desembocaron en la concesión de un aumento salarial del 5 por ciento (superior a la tasa de inflación actual, que asciende a un 4,4 por ciento) a los funcionarios públicos incluidos en el tramo de ingresos más bajo. El Gobierno adjunta la escala de los aumentos salariales concedidos, que oscilan entre el 2,62 por ciento y el 5 por ciento;
    • — se ha avisado por escrito al Congreso del Trabajo de Mauricio de que si desea seguir reclamando un aumento salarial de 300 rupias para todos los funcionarios públicos, la Oficina de Investigación de los Salarios (OIS) deberá hacerse cargo de esta cuestión en el marco del actual examen de las escalas salariales y de clasificación de puestos en el sector público. El Gobierno señala que las 300 rupias reclamadas no representan una indemnización por la pérdida de poder adquisitivo, sino una medida provisional a la espera del informe de la Comisión Heerlalall, constituido solamente para examinar las anomalías que pudieran destacarse en el informe de la OIS de 1998. Dicho informe se ha publicado y todas sus recomendaciones se han aplicado enteramente;
    • — el Gobierno también aceptó pagar una prima de final de año equivalente a un mes de salario a los trabajadores del sector público y del sector privado. Esta prima ha adquirido carácter permanente en virtud de la ley de gratificación de final de año, aprobada por la Asamblea Nacional. Ello representa una mejora importante en las condiciones de empleo tanto en el sector público como en el sector privado, ya que a partir de ahora este pago será automático, a diferencia de la situación anterior en la que anualmente se decidía si pagaría o no dicha prima;
    • — el Gobierno también señala su intención de organizar cada mes reuniones tripartitas nacionales con los interlocutores sociales para debatir acerca del empleo y de la situación socioeconómica del país;
    • — en cuanto al procedimiento judicial citado en la queja, el Gobierno indica que el 4 de octubre de 2000 la Federación de Sindicatos de la Administración Pública (FCSU) le instó a que concediera un aumento de 300 rupias a todos los funcionarios, pero que no se ha incoado acción judicial alguna a estos efectos;
    • — la situación financiera de Rose Belle Sugar Estate sigue igual de precaria. Se están celebrando reuniones con las fábricas de azúcar vecinas con miras a su cierre. En virtud del artículo 24 de la ley sobre el Consejo de Arbitraje y Control de las plantaciones de caña de azúcar, la solicitud de cierre deberá dirigirse al Ministro de Agricultura a más tardar el 15 de octubre del año siguiente a la cosecha precedente. Por tanto, el Gobierno no considera apropiado entablar negociaciones de momento. En cuanto se aclare la situación, lo cual no debería llevar demasiado tiempo, dados los plazos legales señalados, se mantendrán las negociaciones a la luz de las conclusiones y recomendaciones del Comité.
  3. 86. Por comunicación de 12 de octubre de 2001, la FCSU declara que no se ha registrado progreso alguno en lo referente al aumento provisional de 300 rupias, y que el Gobierno se ha negado a entablar la menor negociación sobre el particular. Además, añade que:
    • — el 25 de junio de 2001, la FCSU pidió reunirse con el Viceprimer Ministro y con el Ministro de Finanzas, el cual respondió, el 2 de julio, que en mayo del mismo año ya se había celebrado una reunión tripartita en la que se habían examinado todas las cuestiones pendientes, y que holgaba celebrar otra reunión. El 18 de julio, la FCSU respondió al Ministro que nunca se había mencionado la cuestión de las 300 rupias en dicha reunión de mayo, cuyo orden del día constaba de un solo punto, relativo a la compensación salarial por aumento del IPC (para el año 2000-2001);
    • — la FCSU añade que los representantes de los trabajadores pueden formular observaciones tan sólo ante la OIS, en la cual nunca son enterados de las intenciones y propuestas del Gobierno en su calidad de empleador. Dados su mandato y su modo de funcionamiento actuales, la OIS no es una plataforma de negociación apropiada;
    • — además, la comisión tripartita nacional se ocupa del sector privado y nunca de las negociaciones salariales del sector público;
    • — la FCSU concluye que el Gobierno no cumple un convenio colectivo, persiste en su negativa de conceder un aumento salarial de 300 rupias y de celebrar negociaciones, y ello pese a las recomendaciones del Comité y en violación de los principios de la libertad sindical.
  4. 87. Por comunicación de 16 de noviembre de 2001, el Gobierno reitera ciertas informaciones que facilitó en su comunicación de 21 de agosto de 2001, subraya que siguió las recomendaciones del Comité al examinar los puntos litigiosos en la comisión tripartita nacional, y formula las aclaraciones siguientes:
    • — en mayo de 2001 se mantuvieron dos reuniones en que los sindicatos recibieron informaciones completas sobre la situación económica prevaleciente, y otra reunión, el 19 de agosto de 2001, celebrada bajo la presidencia del Viceprimer Ministro y del Ministro de Finanzas, en que se invitó a todas las federaciones sindicales a examinar la aplicación del presupuesto. En aquella ocasión tuvieron toda la libertad de expresar su opinión, pero el presidente de la FCSU no acudió a la reunión;
    • — la OIS, constituida en 1978 con el objetivo específico de fijar los salarios y las condiciones de empleo en la función pública, cumple precisamente este mandato desde su creación. No formula recomendaciones mientras no ha consultado a las partes interesadas, principalmente a los sindicatos. La OIS realiza cada cinco años un estudio sobre los salarios y, por cierto, ya ha emprendido el próximo, que deberá presentar para 2003. El Ministro de Finanzas informó al Congreso del Trabajo de Mauricio de que podrá plantear la cuestión de las 300 rupias ante la OIS en el marco de este ejercicio;
    • — el Gobierno está preocupado por los efectos nocivos de los atentados del 11 de septiembre en la economía nacional y debe mostrarse más cauto en la gestión de las finanzas. Ha decidido constituir un consejo nacional económico y social, en el que los sindicatos y demás interlocutores sociales podrán debatir acerca de las políticas y proyectos económicos y sociales. El proyecto de ley por el que se ha de constituir el consejo ha sido estudiado con todos los interlocutores interesados.
  5. 88. El Comité toma nota de que, sea cual fuere la percepción de las partes sobre la índole y el alcance de las negociaciones celebradas, se mantuvo de hecho una reunión tripartita de ámbito nacional que desembocó en la concesión de un aumento salarial para los funcionarios públicos, con arreglo a una escala móvil. Las categorías del personal con menor remuneración se beneficiaron así de un aumento más fuerte. El Comité también toma nota de que desde ahora tanto los trabajadores del sector público como los del sector privado obtendrán en virtud de la ley una prima anual que vendrá a completar su sueldo. Habida cuenta de que actualmente no se ha incoado acción judicial alguna para solicitar el aumento de 300 rupias, y de que esta cuestión podría someterse al examen de la OIS, el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado de los resultados de las deliberaciones que, en su caso, se celebren en este marco. Tomando nota de que el Gobierno piensa tomar en consideración las conclusiones y recomendaciones que se adopten respecto a la situación de Rose Belle Sugar Estate, el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado de la evolución de la situación a este respecto.
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