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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 332, Novembre 2003

Cas no 2237 (Colombie) - Date de la plainte: 20-NOV. -02 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 39. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de junio de 2003 (véase 331.er informe, párrafos 308 a 321). En dicha ocasión el Comité pidió al Gobierno que a) garantizara que los trabajadores de la empresa Fábrica de Hilazas Vanylon S.A. no fueran discriminados en sus salarios como consecuencia de su afiliación sindical y que investigara si un grupo de afiliados a SINTRATEXTIL había renunciado a su afiliación como consecuencia de dicha discriminación salarial; b) que tomara medidas para realizar una investigación en cuanto al desmejoramiento de la situación de trabajo de la dirigente sindical Sra. Lucila Mercado Ladeuth y que si se constataba la discriminación se remediara la situación inmediatamente; y c) en cuanto a la sanción impuesta a la empresa y no cobrada, por no permitir la entrada de la inspección de trabajo se aplicaran las disposiciones legales y que la sanción fuera ejecutada sin demora.
  2. 40. Por comunicación de fecha 7 de septiembre de 2003, el Gobierno informa que, con respecto al desmejoramiento de la Sra. Lucila Mercado Ladeuth, la misma llegó a un acuerdo conciliatorio con la empresa y en consecuencia desistió de las acciones legales iniciadas ante la Dirección Territorial del Atlántico. En cuanto a la sanción impuesta a la empresa Fábrica de Hilazas Vanylon S.A. por no permitir la entrada de la Inspección del Trabajo, el Gobierno señala que la misma ya fue ejecutada.
  3. 41. El Comité toma nota de estas informaciones. No obstante, lamenta constatar que el Gobierno no informa si ha iniciado investigaciones destinadas a determinar si un grupo de afiliados a SINTRATEXTIL había renunciado a su afiliación como consecuencia de la discriminación salarial como consecuencia de la afiliación sindical llevada a cabo por la empresa. El Comité pide al Gobierno que tome medidas para que dicha investigación se lleve a cabo sin demora y que lo mantenga informado al respecto.
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