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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 342, Juin 2006

Cas no 2302 (Argentine) - Date de la plainte: 29-SEPT.-03 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 15. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2005 [véase 338.º informe, párrafos 346 a 358] y en esa ocasión formuló las siguientes recomendaciones:
    • a) el Comité pide al Gobierno que le mantenga informado sobre toda negociación o diálogo efectivo que se lleve a cabo entre el SIJUPU y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de San Luís (STJSL), y
    • b) en cuanto a la solicitud de la personería gremial por parte del SIJUPU, el Comité lamenta el largo plazo transcurrido para adoptar una decisión sobre esta cuestión y expresa la esperanza de que las autoridades se pronunciarán próximamente. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado al respecto.
  2. 16. Por comunicación de 17 de febrero de 2006, el Gobierno informa que el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, en su nueva integración, ha tomado atenta nota del requerimiento efectuado por el Comité y que en ese sentido señala que a partir de la gestión emprendida en el mes de julio de 2005 y reconociendo la situación jurídica del Sindicato Judiciales Puntano (SIJUPU), ha iniciado un fecundo diálogo que ha permitido la solución en conjunto de los problemas planteados. Asimismo, el Gobierno también informa que el tribunal mencionado se ha comprometido a ahondar en el diálogo abierto con la entidad sindical.
  3. 17. El Comité toma nota de estas informaciones. Por otra parte, al tiempo que lamenta que el Gobierno no haya informado sobre el estado del trámite de solicitud de la personería gremial solicitada por el SIJUPU, el Comité pide al Gobierno que le informe sobre el resultado final de dicho procedimiento.
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