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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 381, Mars 2017

Cas no 2547 (Etats-Unis d'Amérique) - Date de la plainte: 26-FÉVR.-07 - Clos

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Effect given to the recommendations of the Committee and the Governing Body

Effect given to the recommendations of the Committee and the Governing Body
  1. 33. El Comité examinó por última vez este caso, relativo a una decisión de la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo (NLRB) en la que se niega a los estudiantes de postgrado que ejercen como asistentes de docencia e investigación de las universidades privadas, el derecho de sindicación y negociación colectiva consagrado en la Ley Nacional de Relaciones del Trabajo (NLRA), en su reunión de octubre de 2014 [véase 373.er informe, párrafos 17 a 20]. En dicha ocasión, el Comité tomó nota con interés de los significativos avances realizados con respecto a este asunto ante la NLRB (en concreto, de la posible aplicación de la NLRA a los atletas estudiantiles y la reconsideración de la decisión relativa a la Universidad Brown), así como en lo que se refiere al acuerdo por el que el Comité Sindical de Universitarios Diplomados/Unión de Trabajadores del Automóvil, la Industria Aeroespacial y las Herramientas Agrícolas de los Estados Unidos, Sindicato Internacional (GSOC/UAW) y la Universidad de Nueva York (NYU) se comprometieron a negociar de buena fe y a la consiguiente determinación del sindicato representativo a través de la elección de representantes. El Comité pidió al Gobierno que siguiera manteniéndolo informado de la evolución del caso, en particular, respecto de la reconsideración por la NLRB de la decisión relativa a la Universidad Brown y de los progresos realizados en el marco del acuerdo alcanzado por el GSOC/UAW y la NYU.
  2. 34. En su comunicación de fecha 17 de enero de 2017, el Gobierno indica que, el 23 de agosto de 2016, la NLRB emitió una decisión relativa a la Universidad de Columbia (véase el caso núm. 02-RC-143012) en la que sostenía que los estudiantes que trabajaban como asistentes en universidades y escuelas de estudios superiores privadas eran empleados estatutarios en virtud de la NLRA (la definición del término «empleado» compete principalmente a la NLRB, a reserva de lo dispuesto en la NLRA). Este caso versó sobre una petición presentada en diciembre de 2014 por el sindicato Trabajadores Diplomados de Columbia (GWC) y la UAW, por la que se solicitaba la elección de representantes de los estudiantes de grado y postgrado que ejercían de asistentes de docencia, de los estudiantes de postgrado que trabajaban como asistentes de investigación y de todos los asistentes de investigación a nivel departamental. Habida cuenta de que la NLRA no excluye explícitamente de su ámbito de aplicación a los estudiantes que ejercen de asistentes, la mayoría de los miembros de la NLRB convino en que no existía ninguna razón de peso para negarles las protecciones que garantizaba dicha ley. Por consiguiente, la NLRB revocó la decisión relativa a la Universidad Brown, alegando que privaba a toda una categoría de trabajadores de las protecciones legislativas que les correspondían sin una justificación convincente.
  3. 35. El Comité toma nota con satisfacción de la decisión relativa a la Universidad de Columbia, en virtud de la cual la NLRB revocó la decisión atinente a la Universidad Brown y determinó que los estudiantes que trabajaban como asistentes en universidades y escuelas de estudios superiores privadas eran empleados estatutarios conforme a la definición prevista en la sección 2, párrafo 3, de la NLRA, lo que les permite obtener representación sindical y participar en la negociación colectiva. Por consiguiente, el Comité no proseguirá con el examen del caso.
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