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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 392, Octobre 2020

Cas no 3159 (Philippines) - Date de la plainte: 25-AOÛT -15 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 154. El Comité examinó por última vez este caso, presentado en agosto de 2015, en su reunión de junio de 2017 [véase 382.º informe, párrafos 519-543]. En la queja se alega que una compañía farmacéutica ejerció prácticas antisindicales contra la asociación de empleados de la compañía (BTCEA-FFW), entre ellas el registro de una nueva empresa para deshacerse del sindicato y eludir las obligaciones contraídas en virtud del convenio colectivo vigente. En el último examen del caso, el Comité tomó nota con interés del laudo dictado en febrero de 2016 por la Comisión Nacional de Relaciones Laborales, en el que declaraba a la compañía y a la nueva empresa culpables de prácticas laborales desleales y ordenaba el pago de daños y perjuicios, así como el mantenimiento del reconocimiento del sindicato y la validez del convenio colectivo en el marco de la nueva empresa. El Comité urgió al Gobierno a que asegurara que el estatus del sindicato y del convenio colectivo se mantuvieran en vigor hasta que se resolviera el recurso, y le pidió que le proporcionara una copia del laudo arbitral.
  2. 155. El Gobierno presentó sus observaciones en una comunicación de fecha 1.º de octubre de 2019, en la que, en particular, indicaba que la sala cuarta de la Comisión Nacional de Relaciones Laborales había confirmado el laudo arbitral de febrero de 2016.
  3. 156. El Comité toma nota con interés de la información anterior y entiende que se ha reconocido la legitimidad del sindicato BTCEA-FFW para negociar colectivamente en el marco de la nueva empresa. En estas circunstancias, el Comité considera que el caso queda cerrado y no proseguirá con su examen.
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