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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 401, Mars 2023

Cas no 3253 (Costa Rica) - Date de la plainte: 01-DÉC. -16 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 24. El Comité examinó por última vez este caso, referido a alegados despidos antisindicales en su reunión de junio de 2021 [véase 395.º informe, párrafos 30 a 33]. En esa ocasión, el Comité pidió una vez más al Gobierno que proporcionara información sobre la evolución de los procesos judiciales relativos al despido de dirigentes sindicales que se encontraban todavía pendientes y expresó la esperanza firme de que dichos casos se resolvieran a la brevedad.
  2. 25. Mediante comunicaciones de 29 de septiembre de 2021, 14 de octubre y 29 de noviembre de 2022, el Gobierno transmitió la información proporcionada por la Corte Suprema de Justicia en relación con los seis casos de despido de dirigentes sindicales que se encontraban pendientes, en la que se indica lo siguiente:
    • En relación con los casos de los Sres. Rigoberto Cruz Vásquez, José Andrés Chevez Luna y Wagner Cubillo Palacios, la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, confirmó la sentencia de primera instancia a favor de dichas personas el 9 de enero de 2019 y el 29 de julio de 2022 ordenó el archivo definitivo del proceso puesto que no constaban asuntos pendientes de atender ni sumas por liquidar.
    • En lo que respecta al caso relativo al Sr. Vladimir Torres Montiel, los procedimientos han sido archivados puesto que las partes llegaron a acuerdos conciliatorios. El caso del Sr. Carlos José Padilla ha sido archivado a solicitud de las partes habiéndose realizado los pagos correspondientes a dicha persona. Finalmente, en cuanto a la Sra. Graciela Reyes Umaña, en un procedimiento la demandante se desistió de la demanda (resolución de 15 de marzo de 2014). El Gobierno informa que un procedimiento aún se encuentra pendiente y que está a la espera de mayores detalles por parte de la Corte Suprema de Justicia.
  3. 26. El Comité observa que cinco de los seis procedimientos judiciales pendientes han sido resueltos, con tres sentencias favorables a los dirigentes sindicales y dos casos respecto de los cuales se ha llegado a acuerdos conciliatorios entre las partes y se han efectuado los pagos correspondientes. En cuanto al caso de la Sra. Graciela Reyes Umaña, el Comité toma nota, por una parte, del desistimiento de la demanda en uno de los procedimientos judiciales de 2014 y, por otra, de la indicación del Gobierno de que aún se encuentra a la espera de informaciones por parte de la Corte Suprema de Justicia respecto de otro procedimiento judicial pendiente. El Comité observa, asimismo, que las organizaciones querellantes no han enviado informaciones adicionales en cuanto a este caso particular desde que la queja fue presentada ante el Comité en diciembre de 2016. Tomando en consideración que cinco de los seis casos pendientes han sido resueltos en el sentido antes descrito, el Comité confía que el caso de la Sra. Reyes Umaña será resuelto a la brevedad y tomando en cuenta las consideraciones que el Comité ha expresado en sus anteriores conclusiones y recomendaciones al respecto. Habida cuenta de lo que antecede, el Comité considera que el caso queda cerrado y no proseguirá con su examen.
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