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Observation (CEACR) - adopted 2013, published 103rd ILC session (2014)

Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Portugal (Ratification: 1981)

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Medidas para mitigar el impacto de la crisis. La Comisión toma nota de la memoria comunicada por el Gobierno para el período que finaliza en mayo de 2012, incluyendo observaciones de la Unión General de Trabajadores (UGT) y de la Confederación General de Trabajadores Portugueses – Intersindical Nacional (CGTP-IN). En respuesta a sus comentarios anteriores, el Gobierno indica que las cuatro organizaciones de empleadores más representativas y una de las confederaciones sindicales más representativas aceptaron las modificaciones al Código del Trabajo. Los acuerdos celebrados entre el Gobierno y los interlocutores sociales incluyen el Acuerdo tripartito para la competitividad y el empleo (2011) y el Compromiso para el crecimiento, la competitividad y el empleo (2012). En su observación anterior, la Comisión invitó al Gobierno a que comunicara información que permitiera evaluar la manera en que la reducción de los costos laborales ha propiciado la creación de empleos productivos y de calidad. El Gobierno indica que la reducción de algunos costos laborales debido a las modificaciones introducidas por la revisión del Código del Trabajo, y especialmente como consecuencia de la revisión de 2012, son el resultado de la legislación posterior al período sobre el que se informa y que, por ese motivo, sólo ulteriormente se podrán evaluar sus efectos respectivos. El Gobierno indica que, en el período que abarca la memoria, el componente principal del marco de las políticas gubernamentales es el Programa de ajuste económico, consecuencia de un acuerdo con la Comisión Europea (CE), el Banco Central Europeo (BCE) y el Fondo Monetario Internacional (FMI). La Comisión toma nota de que una misión conjunta de la CE, el BCE y el FMI se reunió con el Gobierno en el primer semestre de 2013 para evaluar el cumplimiento de las cláusulas y condiciones establecidas en el Memorándum de Entendimiento. La misión concluyó que de manera general y en un contexto de condiciones económicas difíciles, la ejecución del programa sigue su trayectoria prevista. Según datos proporcionados por el Instituto del Empleo y de la Formación (IEFP), el número de personas desempleadas registradas en los centros de empleos a finales del primer trimestre de 2012 ascendió a alrededor 661 400 personas (51,2 por ciento de éstas eran mujeres). Esta cifra refleja un incremento de 9,3 por ciento, en comparación con el cuarto trimestre de 2011 y del 19,8 por ciento en relación con el primer trimestre de 2011. Por lo que respecta a las medidas activas del empleo (empleo, formación profesional, readaptación profesional), el Gobierno informa que 466 172 personas se beneficiaron de las medidas ejecutadas por el IEFP en 2010, 455 119 en 2011, y 146 561 de enero a marzo de 2012. La mayoría de las personas cubiertas por las medidas activas del empleo ejecutadas por el IEFP durante el período sobre el que se informa eran mujeres (aproximadamente el 60 por ciento), y el porcentaje mayor de personas cubiertas por esas medidas tenían entre 25 y 34 años de edad (más del 25 por ciento de todas las personas cubiertas), seguido por personas de entre 35 y 44 años (aproximadamente el 23 por ciento) y personas hasta los 24 años de edad (también cerca del 23 por ciento). La Comisión toma nota de que la tasa de desempleo empeoró considerablemente, y del 12,4 por ciento en el primer trimestre de 2011 subió al 15,2 por ciento en el primer trimestre de 2012. La Comisión observa que la tasa de desempleo siguió aumentando tras el período cubierto por la memoria. En junio de 2013, el desempleo fue superior al 17 por ciento. La UGT señala que es importante que las políticas del empleo tengan como objetivo la creación de puestos de trabajo de calidad, establecer nuevas condiciones de trabajo y mejorar las existentes. En este contexto, la UGT indica que ha propiciado que el Gobierno y los interlocutores sociales presten mayor atención a las políticas activas del empleo y las reorienten para que se puedan solucionar de manera más eficaz y eficiente los problemas y deficiencias que se observan. La Comisión también toma nota de las observaciones de la CGTP-IN, según las cuales el Gobierno no aplica las medidas necesarias para alcanzar los objetivos de la política del empleo a las que el Convenio hace referencia, en particular, respecto del pleno empleo, libremente elegido. La CGTP-IN sostiene que la reforma del Código del Trabajo sola no resolverá el problema del empleo. Por el contrario, la situación habrá de empeorar debido a que incluye medidas que, además de reducir los salarios y disminuir las horas de trabajo, pueden provocar un aumento del desempleo. La CGTP-IN indica también que las ofertas de empleos disponibles son cada vez más inciertas, aun las referidas a puestos de trabajo permanente y escasamente remunerados, incluso para personas altamente calificadas; además, el servicio público del empleo no analiza la calidad del empleo. En un contexto de políticas de austeridad, caracterizadas por un aumento del desempleo y una diminución de la protección social, los trabajadores se ven obligados cada vez más a aceptar empleos poco dignos, precarios y con bajas remuneraciones que no son acordes a sus calificaciones. La Comisión considera que el resultado de la Novena Reunión Regional Europea (Oslo, 8-11 de abril de 2013) es importante para la aplicación del Convenio en Portugal. La Comisión observa que la Declaración de Oslo «Restablecer la confianza en el empleo y el crecimiento» manifestó que la consolidación fiscal, la reforma estructural y la competitividad, por una parte, y los paquetes de medidas de estímulo, la inversión en la economía real, los puestos de trabajo de calidad y mayores créditos para las empresas, por otra parte, no deberían ser paradigmas en conflicto. La Comisión expresa su preocupación por el deterioro de la situación del empleo registrada desde la observación formulada en 2011. La Comisión invita por consiguiente al Gobierno a que indique en su próxima memoria las medidas tomadas para revisar, con la participación de los interlocutores sociales, el impacto de las medidas adoptadas para superar la crisis de puestos de trabajo (artículos 2 y 3 del Convenio). La Comisión pide al Gobierno que preste atención a la posibilidad de que la Oficina contribuya, mediante asistencia técnica, a atender la situación del mercado del empleo en el contexto del Convenio núm. 122.
Medidas para promover el empleo de las categorías vulnerables de trabajadores. La Comisión toma nota de las altas cifras del desempleo de los jóvenes. El Gobierno informa que la tasa promedio anual de desempleo de los jóvenes en 2011 fue del 30,1 por ciento (28,7 por ciento de mujeres y 31,7 por ciento de hombres). En el primer trimestre de 2012, la tasa se elevó a un 36,2 por ciento (36,6 por ciento de mujeres y 35,8 por ciento de hombres). El Gobierno indica que las medidas destinadas a los trabajadores más vulnerables cubrieron a 156 911 personas de enero de 2010 hasta abril de 2012. La Comisión pide al Gobierno que incluya en su próxima memoria indicaciones que permitan examinar la calidad del empleo proporcionado a los jóvenes y las medidas tomadas para reducir el desempleo juvenil. Sírvase también incluir información actualizada sobre el impacto de las medidas tomadas para facilitar el regreso al mercado de trabajo de las categorías de trabajadores más afectadas por la crisis.
Creación de empleos en pequeñas y medianas empresas (PYME). El Gobierno informa que el Programa de apoyo al emprendedurismo y la creación de empleo por cuenta propia (PAECPE) incluye medidas destinadas a prestar asistencia a la creación de empresas. La ayuda para la creación de empleo por cuenta propia a los beneficiarios de las prestaciones de desempleo, que supone el pago de antemano de las prestaciones de desempleo con la finalidad de crear empleos por cuenta propia, alcanzó a 2 588 personas en 2010 y 2 819 en 2011. La Comisión invita al Gobierno a que siga suministrando información sobre el impacto de las medidas adoptadas para mejorar el entorno empresarial con objeto de promover la creación de PYME y crear oportunidades de empleo para los desempleados.
Políticas de educación y formación. El Gobierno indica que ha adoptado varias medidas para vincular a los Nuevos Centros de Oportunidades, una red administrada por la Agencia Nacional para las Calificaciones y la Formación Profesional (ANQEP) con el Instituto del Empleo y de la Formación (IEFP). Además, se establecieron mecanismos para garantizar la coordinación de las políticas de formación con las políticas de empleo: i) aplicar mecanismos para vincular adecuadamente centros de formación profesional, centros de empleo, empresas y asociaciones empresariales, así como otros agentes de desarrollo a efectos de ajustar mejor la oferta de formación profesional con los requerimientos presentes y futuros del mercado de trabajo; y ii) introducir indicadores en los requerimientos del mercado de trabajo y la empleabilidad de los pasantes utilizando criterios de ponderación para el financiamiento de los centros de gestión que participan en los programas. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria proporcione información actualizada sobre las medidas adoptadas para mejorar las normas relativas a las calificaciones y coordinar las políticas educativas y de formación con las oportunidades de empleo potenciales. La Comisión espera que la información enviada por el Gobierno le permitirá examinar la manera en que se han intensificado los esfuerzos, con la cooperación de los interlocutores sociales, para asegurarse de que los sistemas de orientación y de formación profesional atienden las necesidades de aprendizaje y formación profesional de los grupos más vulnerables del país.
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