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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 412, November 2025

Case No 3386 (Kyrgyzstan) - Complaint date: 29-JUN-20 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 36. El Comité examinó por última vez este caso en el que las organizaciones querellantes, el Sindicato de Trabajadores de Minería y Metalurgia de Kirguistán (GMPK), IndustriALL Global Union, la Federación de Sindicatos de Kirguistán (FPK) y el Sindicato de Trabajadores del Sector de Alimento y del Procesamiento Transformación de la República Kirguisa, alegaban que, de aprobarse, el proyecto de ley sobre sindicatos violaría la libertad de asociación y los derechos de negociación colectiva, además de constituir actos de injerencia y presión sobre la FPK y sus dirigentes, en su reunión de octubre de 2021 [véase el 396.º informe, párrafos 453 a 485]. En esa ocasión, el Comité formuló las siguientes recomendaciones:
    • a) el Comité lamenta que el Gobierno no haya respondido a los alegatos del presente caso, pese a que en reiteradas ocasiones se lo instó a ello, incluso mediante un llamamiento urgente, y le solicita que responda a la mayor brevedad;
    • b) el Comité pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias a fin de garantizar que todo proyecto de ley de sindicatos que se esté examinado sea sometido a consultas plenas y significativas con los interlocutores sociales y que tenga en cuenta las conclusiones anteriores. El Comité recuerda al Gobierno que puede recurrir a la asistencia técnica de la Oficina a este respecto, si así lo desea;
    • c) el Comité insta al Gobierno a que concluya toda investigación pendiente sobre la Federación de Sindicatos de Kirguistán (FPK) y sus afiliados sin más demora, que devuelva toda la documentación relacionada con su administración interna y que asegure de que la FPK pueda utilizar sus cuentas bancarias para llevar a cabo sus actividades sindicales legítimas. El Comité insta al Gobierno a que le mantenga informado sobre toda evolución de la situación;
    • d) el Comité solicita al Gobierno que le proporcione sin demora sus observaciones sobre el supuesto pedido de la comisión parlamentaria ad hoc (encargada de examinar la aplicación de la ley de sindicatos) de suspender la elección al cargo de presidente de la FPK y a los puestos directivos de sus afiliados hasta que hayan concluido todas las investigaciones, y
    • e) el Comité señala a la atención de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) los aspectos legislativos del presente caso.
  2. 37. El GMPK, IndustriALL Global Union y la FPK enviaron información adicional en comunicaciones de fechas 28 y 30 de agosto, 16 de octubre de 2023 y 5 de febrero de 2024.
  3. 38. Las organizaciones querellantes informan desde el principio que el 6 de abril de 2022, el Congreso de la FPK eligió una nueva dirección, resolviendo así la disputa interna de la FPK.
  4. 39. Sin embargo, las organizaciones querellantes alegan que, en 2023, las autoridades aumentaron la presión ejercida sobre los sindicatos. A este respecto, IndustriALL se refiere, en particular, a la Decisión núm. 1293-VII del Jogorku Kenesh (Parlamento), adoptada el 21 de junio de 2023, que dio instrucciones al Consejo de Ministros y a la FPK sobre cuestiones tales como la determinación de la estructura y las áreas de actividad de los sindicatos de la FPK, su funcionamiento, la modificación de sus estatutos, etc. Según las organizaciones querellantes, estas medidas interfieren en las actividades internas de los sindicatos, restringiendo su derecho a elaborar sus estatutos y reglamentos, a organizar libremente sus estructuras internas y sus actividades, y a formular sus programas de acción.
  5. 40. Las organizaciones querellantes alegan además que, en el verano de 2023, por iniciativa del alcalde de Bishkek, los trabajadores presupuestarios comenzaron a sufrir presiones para que abandonaran sus sindicatos y se afiliaran a un nuevo sindicato municipal creado bajo su control. Se distribuyeron cartas confidenciales con la indicación «para uso oficial» por todos los ministerios, departamentos e instituciones, en las que se pedía la reelección de los representantes sindicales a todos los niveles. Además, el 26 de septiembre de 2023, la Cámara de Auditores ordenó una inspección completa de las actividades financieras y económicas de los sindicatos asociados a la FPK, exigiéndoles que presentaran todos los documentos legales, contables, administrativos y de otro tipo correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2022. La FPK afirma además que se asignaron auditores a los sindicatos para investigar no solo cuestiones relacionadas con la propiedad, sino también cuestiones financieras y económicas, incluida la asignación de los recursos del Fondo de Recreación de los Trabajadores para la compra de viajes y la gestión de las cuotas de los miembros del sindicato. En octubre de 2023, se suspendió el acceso de la FPK al Fondo de Recreación de los Trabajadores, lo que impidió al sindicato adquirir viajes. Como resultado, muchos trabajadores no pudieron hacer uso de las instalaciones de descanso y recreo, y los trabajadores de los sanatorios afiliados a los sindicatos corrieron el riesgo de no cobrar sus salarios.
  6. 41. Las organizaciones querellantes alegan además que, el 28 de noviembre y el 6 de diciembre de 2023, el Comité Estatal de Seguridad Nacional detuvo a varios dirigentes sindicales, acusándolos de diversos delitos, entre ellos «corrupción», «crear amenazas para los intereses de la sociedad y el Estado» y «causar daños graves». A finales de diciembre de 2023, los dirigentes de los sindicatos afiliados a la FPK dimitieron simultáneamente. Bajo la presión de las autoridades estatales, todos los sindicatos afiliados, incluidos el GMPK, el Sindicato de Trabajadores de la Industria, los Servicios Públicos y el Emprendimiento de la República Kirguisa y el Sindicato de los Sectores Textil, Papelero y Afines de la Economía, la Industria y los Servicios de la República Kirguisa, tuvieron que convocar plenos extraordinarios para elegir nuevos presidentes. El 29 de diciembre de 2023, una reunión del consejo de la FPK votó, supuestamente bajo la presión del Estado, transferir temporalmente los centros de salud propiedad de la FPK a la Administración Presidencial, de conformidad con un decreto presidencial de 22 de noviembre de 2023. El consejo también decidió celebrar un congreso extraordinario de la FPK el 15 de febrero de 2024. Dada la enorme presión que sufren los sindicatos en el país, IndustriALL duda de la capacidad del congreso extraordinario de la FPK para llevar a cabo unas elecciones democráticas y justas de la dirección sindical sin la interferencia directa del Estado.
  7. 42. La FPK considera que los actos descritos anteriormente, junto con la campaña de información antisindical en los medios de comunicación, constituyen un ataque a los sindicatos que, de continuar, excluiría efectivamente a los sindicatos del sistema de relaciones laborales y del diálogo social a todos los niveles. Según IndustriALL, la influencia de las autoridades estatales ha provocado una situación de parálisis que impide el funcionamiento eficaz de estos sindicatos.
  8. 43. El Gobierno envió sus observaciones en comunicaciones de fecha 28 de enero y 27 de junio de 2022, 10 de octubre de 2023, y 19 de abril y 3 de diciembre de 2024. El Gobierno informa, en particular, que el proyecto de ley de sindicatos fue vetado por el Presidente en tres ocasiones y, por lo tanto, ya no se está examinando y, en consecuencia, la Ley de Sindicatos de 1998 sigue en vigor.
  9. 44. El Gobierno indica además que, en febrero de 2024, la FPK celebró su XXVI congreso extraordinario, al que asistieron más de 100 delegados en representación de todas las asociaciones sindicales sectoriales nacionales, y eligió a nuevos dirigentes. También se crearon los órganos de trabajo de la FPK: el consejo y la comisión de auditoría. Según el Gobierno, la FPK sigue participando en el diálogo social dentro del marco existente de colaboración tripartita.
  10. 45. El Gobierno explica que la supuesta injerencia en los asuntos internos de la FPK fue el resultado de un conflicto interno dentro del sindicato, en el que una de las partes recurrió a representantes de las fuerzas del orden. Subraya que, de conformidad con el artículo 4 de la Ley de Sindicatos, los sindicatos serán independientes en sus actividades y estarán sujetos únicamente a las leyes de la República Kirguisa. No estarán sujetos a la supervisión y el control de las autoridades estatales, los empleadores, los partidos políticos y otras asociaciones públicas. Se prohibirá cualquier injerencia que pueda restringir los derechos de los sindicatos u obstaculizar el desarrollo de sus actividades estatutarias, salvo que la ley disponga lo contrario.
  11. 46. En cuanto a la detención de los dirigentes sindicales, el Gobierno indica que estaba relacionada exclusivamente con la investigación de las actividades económicas de la FPK. La investigación se llevó a cabo en el menor tiempo posible y los dirigentes fueron puestos en libertad en febrero de 2024. Según el Gobierno, muchos antiguos dirigentes sindicales participan actualmente de forma activa en la labor de la FPK.
  12. 47. El Gobierno indica además que los bienes de la FPK se han conservado como propiedad sindical y que las autoridades policiales y judiciales nacionales están prestando asistencia de diversas maneras para devolver los locales vendidos anteriormente. Con el fin de establecer un mecanismo eficaz para la gestión y mejora de las infraestructuras, y como consecuencia de las dificultades financieras de la FPK, se transfirieron varios sanatorios, centros e instalaciones turísticos, por un periodo de cinco años, a la Administración Presidencial con el fin de llevar a cabo una reconstrucción a gran escala y reparaciones importantes.
  13. 48. El Comité toma debida nota de la información facilitada por las organizaciones querellantes y el Gobierno. El Comité observa que el proyecto de ley de sindicatos fue vetado por el Presidente en tres ocasiones y que, en consecuencia, la Ley de Sindicatos de 1998 sigue en vigor, y recuerda a este respecto que había señalado los aspectos legislativos de este caso a la atención de la CEACR, que examinó esta cuestión.
  14. 49. El Comité toma nota de la indicación del Gobierno de que la injerencia en los asuntos internos de la FPK fue el resultado de un conflicto dentro del movimiento sindical, durante el cual una de las facciones recurrió a las fuerzas del orden. Si bien el Comité observa que, según las organizaciones querellantes, el cambio en la dirección de la FPK en abril de 2022 resolvió la disputa interna, toma nota de las nuevas denuncias de injerencia y presión del Estado sobre la FPK y sus dirigentes, descritas anteriormente como un ataque a los sindicatos. A este respecto, el Comité toma nota de que las organizaciones querellantes se refieren, en particular, a la decisión del Jogorku Kenesh (núm. 1293-VII) y al Decreto Presidencial núm. 319 de 22 de noviembre de 2023, a los que siguió la investigación de las actividades y la gestión del FPK, que dio lugar a la detención de algunos de los dirigentes del FPK y al traslado temporal de las instalaciones del sanatorio-balneario propiedad del FPK a la Administración Presidencial.
  15. 50. El Comité toma nota de que la decisión de junio de 2023 del Jogorku Kenesh instruye a la Fiscalía General, al Ministerio del Interior y al Comité Estatal de Seguridad Nacional de la República Kirguisa a: adoptar medidas para exigir responsabilidades penales a los presidentes de los sindicatos que, desde 1992 hasta la actualidad, han vendido ilegalmente los bienes de la FPK; adoptar medidas para devolver al Estado los bienes vendidos ilegalmente; considerar la posibilidad de exigir responsabilidades penales a determinados empleados de la Fiscalía, las fuerzas del orden y los órganos judiciales, la institución estatal «Catastro», los funcionarios de los órganos de autogobierno local y las administraciones estatales locales que, de diversas maneras, facilitaron la venta ilegal de los bienes de la FPK; e informar de los resultados de la labor realizada al Jogorku Kenesh antes del 1 de octubre de 2023. Además, instruye a los miembros del Jogorku Kenesh para que preparen, en septiembre de 2023, propuestas de enmiendas a la Ley de Sindicatos. Una vez modificada la Ley de Sindicatos, el Consejo de Ministros deberá: ejercer una supervisión constante del funcionamiento pleno y eficaz de las instalaciones propiedad de la FPK de acuerdo con los fines previstos, a través de los organismos estatales pertinentes; garantizar la transparencia, llevar a cabo medidas de digitalización y reformas significativas de personal en todas las estructuras de los sindicatos de la FPK; garantizará la creación de una nueva estructura sindical eficaz que cumpla principalmente con sus funciones de protección de los derechos e intereses de los trabajadores, sin participar en ninguna actividad política, mediante la reducción del número y la consolidación de los comités y consejos sindicales. Por último, la decisión también instruye a la FPK a preparar propuestas para las modificaciones necesarias de los estatutos de sus comités republicanos, sectoriales y consejos regionales, y a realizar un inventario de los contratos de arrendamiento de los bienes sindicales con vistas a la posible cesión de dichos bienes a organismos de autogobierno local, otras personas jurídicas y particulares en condiciones favorables.
  16. 51. El Comité observa además que el objetivo declarado del Decreto Presidencial núm. 319, de 22 de noviembre de 2023, sobre la adopción de medidas para la gestión eficaz de las actividades destinadas a mejorar la salud de los trabajadores, es mejorar la organización del tratamiento en centros de salud para los trabajadores y sus familiares a cargo, y crear un mecanismo eficaz para gestionar la financiación de las actividades de mejora de la salud de los trabajadores. El Decreto introduce una moratoria en la emisión de vales a las instituciones de balnearios a cargo del Fondo de Mejora de la Salud de los Trabajadores de la FPK (el Fondo) hasta el 31 de diciembre de 2027 e instruye que los recursos recibidos por el Fondo se destinen a la construcción y reparación de instalaciones de balnearios, así como a la mejora de su base material y técnica. Además, recomienda al FPK que, antes del 31 de diciembre de 2023, transfiera todas las instalaciones de balnearios de su propiedad a la Administración Presidencial para su uso temporal y gratuito. A su vez, la Administración Presidencial, junto con el FPK, determinará la lista de instalaciones de balnearios que se transferirán para su uso temporal y, antes del 31 de diciembre de 2023, aceptará oficialmente estas instalaciones para su uso temporal y llevará a cabo actividades para adaptar los balnearios y las instalaciones turísticas existentes a los estándares modernos. El Consejo de Ministros designará un órgano ejecutivo autorizado para gestionar la distribución de los recursos del Fondo a partir del 1 de enero de 2028; elaborará propuestas específicas para la distribución eficaz y equitativa de los vales financiados por el Fondo; en un plazo de tres meses, redactará la legislación pertinente y otros actos jurídicos reglamentarios para mejorar los mecanismos de mejora de la salud de los trabajadores y sus familiares a cargo, incluida la mejora de las infraestructuras de las instalaciones de los balnearios.
  17. 52. El Comité observa que la Decisión y el Decreto, y las investigaciones iniciadas por las autoridades en relación con los sanatorios, complejos e infraestructuras turísticos propiedad de la FPK, así como los que supuestamente se vendieron ilegalmente entre 1992 y 2023. El Comité toma nota de la indicación del Gobierno de que, si bien dichas propiedades, que siguen siendo propiedad de la FPK, fueron transferidas a la Administración Presidencial debido a las dificultades financieras del sindicato y a las necesidades de modernización de la infraestructura, siguen clasificadas como propiedad sindical, y que las autoridades están colaborando activamente en la devolución de las instalaciones vendidas anteriormente. También toma nota de que, según el Gobierno, los dirigentes sindicales detenidos en noviembre y diciembre de 2023 en relación con la investigación de las actividades económicas de la FPK fueron puestos en libertad en febrero de 2024. El Comité toma nota además de la indicación del Gobierno de que, de conformidad con el artículo 4 de la Ley de Sindicatos, los sindicatos serán independientes en sus actividades y estarán sujetos únicamente a la legislación nacional; que no estarán sujetos a la supervisión y control de las autoridades estatales, los empleadores, los partidos políticos y otras asociaciones públicas; y que se prohíbe cualquier injerencia que pueda restringir los derechos de los sindicatos u obstaculizar el desarrollo de sus actividades estatutarias, salvo que la ley disponga lo contrario. Por último, según el Gobierno, la FPK sigue participando en el diálogo social dentro del marco existente de colaboración tripartita.
  18. 53. En vista de lo anterior y teniendo en cuenta, por una parte, que la CEACR seguirá examinando los aspectos legislativos de este caso y, por otra, que las organizaciones querellantes no han aportado nueva información desde febrero de 2024, el Comité considera que este caso queda cerrado y no requiere un examen más detenido.
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