National Legislation on Labour and Social Rights
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Employment protection legislation database
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Un representante gubernamental recordó que su Gobierno aceptó desde el primer momento la misión de contactos directos recomendada en la reunión de 2003 de la Comisión de la Conferencia y mantuvo repetidas conversaciones con la Oficina para determinar la fecha en que la misma se llevaría a cabo, con el objeto de que tuviera lugar antes de la reunión de junio de 2004 del Consejo de Administración. Dicha misión debería enmarcarse en un esfuerzo de cooperación técnica destinado a facilitar el cumplimiento y la promoción del Convenio teniendo en cuenta la realidad venezolana con la debida objetividad, imparcialidad y transparencia. En lo que respecta a los supuestos hechos de violencia denunciados por la CTV y FEDECAMARAS que se refieren a la formación de grupos paramilitares y presuntas amenazas de muerte en contra del Comité Ejecutivo de la CTV, lamentó el carácter general de tales afirmaciones y recordó que todos los años los dirigentes supuestamente amenazados asisten libremente a reuniones nacionales e internacionales lo que demuestra la falta de fundamento de dichas denuncias. Además, las denuncias no fueron planteadas ante los órganos competentes del Estado lo que impide cualquier investigación sobre las mismas. En lo que se refiere específicamente a los grupos paramilitares, informó que se iniciaron investigaciones que resultaron en la detención de grupos paramilitares o mercenarios de origen extranjero en las cercanías de Caracas. Dichos grupos tienen su origen en la extrema derecha y son financiados desde el exterior por un sector de la oposición involucrada en el golpe de Estado de 2002. En cuanto al asesinato de un afiliado sindical el año anterior, el orador señaló que el responsable fue detenido y juzgado con celeridad. Se refirió también a la consulta con los principales interlocutores sociales y destacó el éxito de las mesas de diálogo sectoriales impulsadas por el Gobierno después del golpe de Estado de 2002, que cuentan con la participación de organizaciones sindicales de trabajadores y de empleadores, para elevar la productividad, proteger el empleo y ampliar los puestos de trabajo. Dichas mesas de diálogo son un factor fundamental en la rápida recuperación económica al contar con la presencia de los principales interlocutores sociales del país. Subrayó la importancia en este aspecto del acuerdo celebrado con la facilitación de la Organización de Estados Americanos (OEA), del Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y del Centro Carter entre el Gobierno y la oposición política, incluidos los representantes de la CTV y FEDECAMARAS. Estos últimos ejercieron su derecho constitucional para activar el mecanismo de referendo revocatorio del Presidente de la República. El referendo tendrá lugar en los próximos meses y es una prueba de participación popular singular prevista en la Constitución venezolana de 1998. La reforma de la ley orgánica del trabajo es objeto actualmente de intensas consultas entre los interlocutores sociales.
En lo que respecta a la existencia de ciertas disposiciones legislativas contrarias al Convenio subrayó que todas las observaciones formuladas por la Comisión de Expertos fueron incorporadas en el proyecto de reforma de la ley orgánica del trabajo. El Gobierno considera que las reformas potenciarán la organización de los trabajadores y empleadores y facilitarán el acceso de los trabajadores al ejercicio de la negociación colectiva voluntaria. La reforma se articula además con el propósito de fortalecer la administración del trabajo en lo que se refiere a la protección de los derechos laborales, los servicios de inspección y en general, para obligar al respeto de la legislación. Expresó su desconcierto ante la observación de la Comisión de Expertos según la cual "algunas disposiciones van en el sentido de los comentarios formulados por la Comisión" y solicitó a la Comisión de Expertos que indicara cuáles de sus comentarios no fueron tenidos en cuenta por el proyecto de reforma. Solicitó también que se aclarara la frase "la gravedad de los problemas pendientes" ya que no queda claro a cuáles problemas se hace referencia. Lamentó en este sentido que no se valoraran los esfuerzos realizados por el presente Gobierno ya que las observaciones de la Comisión de Expertos sobre las disposiciones legislativas criticadas datan desde 1991 y sólo el actual Gobierno, desde 2002, inició el proceso de reforma de las disposiciones contrarias al Convenio. En cuanto a la reforma laboral, señaló que el proyecto de ley fue aprobado en primera discusión en junio de 2003, se celebraron 18 reuniones de trabajo en las que participaron activamente los interlocutores sociales y asesores de CODESA, CGT, CUTV, CTV, UNT y FEDECAMARAS, así como organizaciones no confederadas. La discusión definitiva tendrá lugar en el segundo semestre de 2004 precedida de una amplia consulta de acuerdo con las exigencias de la Constitución. La consulta estará abierta a las bases y a la mayoría de la sociedad. El proceso de reforma conducirá a fijar una posición sobre otras cuestiones tales como el régimen de indemnización por despido, incentivos a la cogestión de trabajadores, reducción de la jornada de trabajo, regulación detallada de los despidos masivos sobre los cuales se ha solicitado formalmente la asistencia técnica a la OIT.
En cuanto al artículo 95 de la Constitución que se refiere a la alternabilidad de los cargos sindicales, el Gobierno señaló que la Constitución no consagra ni prohíbe la reelección de los dirigentes sindicales, sino que tal principio debe interpretarse como una garantía de los derechos humanos y de la libertad sindical de los trabajadores y trabajadoras que integran las organizaciones sindicales, especialmente en lo que se refiere al derecho de elegir libremente a sus representantes. Según el representante gubernamental, este principio implica única y exclusivamente la obligación que tienen las organizaciones sindicales de realizar elecciones periódicamente de conformidad con lo previsto en sus estatutos. Lo anterior no implica que exista un impedimento para la reelección de representantes de organizaciones sindicales para ejercer el mismo cargo que vienen desempeñando o para cualquier otro cargo de representación sindical. Esta posición se ha hecho conocer en el sitio de Internet del Ministerio de Trabajo y también es bien sabido que la ley orgánica del trabajo obliga a la realización de elecciones sindicales cada dos o tres años conforme a los estatutos de las organizaciones. Se desprende de lo anterior que el proyecto de reforma recoge los comentarios de la Comisión de Expertos sobre el punto. En lo que respecta al artículo 293 de la Constitución que establece la competencia del Consejo Nacional Electoral en la organización de las elecciones, el representante gubernamental señaló que ya se había informado en 2003 que la reglamentación de estas cuestiones se encuentra también prevista en el proyecto de reforma de la ley orgánica del trabajo previéndose que la participación del Consejo Nacional Electoral en los procesos eleccionarios internos depende de la voluntad de las propias organizaciones sindicales siempre que esté previsto en sus estatutos. Por consiguiente, las elecciones que se realicen sin la participación del Consejo Nacional Electoral (CNE) con apego a sus estatutos surtirán plenos efectos jurídicos y serán de exclusiva competencia de los órganos electorales de los sindicatos. La Constitución remite en forma expresa a la legislación y ésta subordina cualquier participación del Consejo Nacional Electoral al respeto de los convenios internacionales del trabajo, por lo que sería imposible la invasión de la esfera interna de las organizaciones sindicales. Señaló que, en todo caso, subsistirán los procesos electorales iniciados desde el año 2001 y regulados por un estatuto electoral especial que perdió vigencia a partir de noviembre de 2002. Dicha posición del Gobierno también se ha hecho conocer en el sitio Internet del Ministerio de Trabajo desde mayo de 2003.
Señaló que tal como la Comisión de Expertos había tomado buena nota de la entrada en vigencia de una nueva resolución de la Contraloría General de la República sobre la declaración jurada de patrimonio de los dirigentes sindicales, si libre y voluntariamente lo desean, del mismo modo debería haber tomado buena nota de la entrada en vigor de la ley orgánica del poder electoral que dispone que la organización de elecciones sindicales por parte del Consejo Nacional Electoral sólo se efectuará si libre y voluntariamente tales organizaciones así lo solicitan y, se realizan en conformidad con sus estatutos. En lo que se refiere a la eliminación del proyecto sobre garantías sindicales, y el retiro del anteproyecto sobre derechos democráticos de los trabajadores en sus sindicatos, federaciones y confederaciones informó que dicho Proyecto fue retirado de la agenda legislativa hace varios años. Se refirió también a la negativa de reconocimiento por parte de las autoridades del Comité Ejecutivo de la CTV expresando que siempre se reconoció a dicho Comité Ejecutivo. Después de las elecciones de octubre de 2001, dicho reconocimiento se produjo de hecho al acreditar a los representantes de la CTV ante las diferentes conferencias internacionales. Además, la CTV participó en el proceso de la Mesa de Negociación y en el Acuerdo facilitado por la OEA, el PNUD y el Centro Carter. Sin embargo, el Gobierno no puede interferir en un problema intersindical ya que tres de las seis corrientes sindicales impugnaron las elecciones que tuvieron lugar en la CTV en 2001. El Gobierno es responsable de un registro público de las organizaciones sindicales y en dicho registro no consta inscripta el acto electoral de octubre de 2001, lo que implica que la CTV no comunicó oficialmente al Ministerio de Trabajo dichas elecciones. El representante manifestó que no existe ningún obstáculo para que se reconozca oficialmente al Comité Ejecutivo de la CTV siempre y cuando las informaciones necesarias sean remitidas por el órgano competente de la organización sindical y se indique la composición del Comité Ejecutivo. El representante gubernamental finalizó señalando que sólo quedarían pendientes de decisión los procesos en curso ante el Tribunal Electoral y ante el Tribunal Supremo de Justicia compartiendo con ello el criterio del Comité de Libertad Sindical. En consecuencia, la solución depende exclusivamente de la voluntad de la CTV, ya que el Gobierno no puede intervenir en los asuntos sindicales ni violar el ordenamiento jurídico. Recordó la importancia de la cooperación técnica de la Oficina y expresó su agradecimiento por las visitas recientes de la Oficina Regional de Lima para brindar asistencia técnica a los servicios de la Administración del Trabajo y fortalecer a dichos servicios.
Los miembros empleadores señalaron que éste es un caso permanente y que en 2000, 2001 y 2003 la Comisión de la Conferencia había incluido sus conclusiones en un párrafo especial, al comprobar la continua incapacidad del Gobierno para respetar la libertad sindical. Recordaron además, que la posición del Gobierno en relación con la aceptación de una misión de contactos directos permanece incierta. Manifestaron igualmente que la situación de la libertad sindical en el país no es satisfactoria y que se ha producido un incremento de las agresiones contra los representantes de los interlocutores sociales, que el Gobierno rechaza todos los comentarios formulados por la Comisión de Expertos, incluyendo la existencia de grupos paramilitares tales como los Círculos Bolivarianos, los cuales el Gobierno pretende que son simples organizaciones de caridad y que el Gobierno sostuvo que las organizaciones de trabajadores y empleadores habían participado en la conspiración que concluyó con el golpe de Estado en 2002. Está claro para los miembros empleadores que la estrategia del Gobierno consiste simplemente en negaciones y ataques. En relación con el acuerdo concluido en mayo de 2003 entre el Gobierno y los grupos políticos y sociales que lo apoyan, los miembros empleadores señalaron que el Gobierno prácticamente concluyó un acuerdo consigo mismo, lo cual es una prueba de que no existe una auténtica tentativa de entablar un diálogo con los opositores del Gobierno.
Los miembros empleadores también declararon que la legislación en vigor continuaba violando los principios fundamentales de la libertad sindical. El representante gubernamental declaró que un proyecto de ley de reforma de la Ley orgánica del trabajo corregirá los puntos señalados por la Comisión de Expertos, incluyendo el número excesivamente alto de miembros requerido para establecer una organización de empleadores o trabajadores y la exigencia de una residencia excesivamente larga para que los trabajadores extranjeros puedan ser miembros de los cuerpos ejecutivos de los sindicatos. Recordaron, sin embargo, que estos cambios han sido planeados durante años. Incluso si este proyecto entra vigor, las disposiciones de la Constitución deben ser modificadas con el fin de restringir los poderes del Consejo Nacional Electoral, responsable de la organización de las elecciones sindicales. Asimismo, manifestaron que el Gobierno hacía siempre promesas y anuncios de modificaciones en la legislación que no se cumplían. Por lo que respecta a la reciente aceptación por parte del Gobierno de una misión de contactos directos, los miembros empleadores solicitaron al representante gubernamental que aclarara si el Gobierno había aceptado recibir esta misión en las condiciones habituales que rigen las misiones de contactos directos, especialmente en relación con la duración y la extensión de esta misión. Al tomar nota de la mención de los representantes gubernamentales sobre una misión de cooperación técnica, los miembros empleadores se preguntaron si el Gobierno había mezclado intencionadamente estos términos para obstaculizar más los progresos.
Los miembros trabajadores señalaron que la Comisión de Expertos había hecho referencia a las conclusiones relativas a Venezuela contenidas en el informe de esta Comisión del año pasado y habían esperado que el Gobierno habría respetado sus compromisos en esta ocasión. El Gobierno había expresado su voluntad de aceptar la misión de contactos directos; era preciso que esta misión tuviese lugar antes de la reunión de la Comisión de Expertos. En cuanto a la observación de la Comisión de Expertos, era lamentable que el Gobierno no hubiese facilitado informaciones sobre la investigación relativa a los actos de violencia antisindical alegados por la CTV y FEDECAMARAS. Las organizaciones de trabajadores y de empleadores sólo pueden ejercer sus derechos en un clima en el que la violencia y las amenazas estén excluidas. Por otra parte, cabe esperar que el Acuerdo firmado el 28 de mayo de 2003 permita fomentar un diálogo activo entre todos los interlocutores sociales. Los miembros trabajadores tomaron nota de las informaciones del Gobierno sobre la adopción de un proyecto de reforma de la legislación que trataría las numerosas cuestiones señaladas anteriormente por la Comisión de Expertos acerca de las restricciones aportadas a la formación y el funcionamiento de las organizaciones de trabajadores y de empleadores. En lo relativo a algunas disposiciones constitucionales que tienen un efecto sobre la aplicación del Convenio, el Gobierno, tal como solicitó la Comisión de Expertos, debe poner fin a la posibilidad de que el Consejo Nacional Electoral intervenga en los asuntos internos de los sindicatos y permitir la libre organización de elecciones en el seno de los mismos. Asimismo, es necesario indicar que el Gobierno derogó la resolución que obligaba a los dirigentes sindicales a presentar una declaración jurada de bienes y anunció el retiro del anteproyecto de ley sobre las libertades sindicales que era objeto de críticas. Además, pidieron al Gobierno que encontrase una solución adecuada con miras al reconocimiento efectivo del comité ejecutivo de la CTV. Como conclusión y dado que el Gobierno había realizado esfuerzos para responder a las observaciones de la Comisión de Expertos, señalaron que en su próxima memoria el Gobierno debería informar sobre la aplicación efectiva de las medidas prometidas y la realización de la misión de contactos directos. Dicha misión tendrá por objeto comprobar en qué medida se han adoptado los proyectos legislativos y permitir a las organizaciones de trabajadores y de empleadores expresarse libremente acerca de sus relaciones con el Gobierno.
La miembro gubernamental de Cuba se refirió a las medidas que la propia Comisión de Expertos había puesto de relieve, por ejemplo, el proyecto de ley orgánica del trabajo que recoge las observaciones formuladas por esa Comisión y los resultados de la misión de contactos directos realizada en 2002, que incorpora medidas de protección de los trabajadores contra actos de discriminación antisindical y de otros derechos laborales. En torno a tal proyecto, se habían celebrado numerosas consultas con los actores sociales, habiéndose remitido a la Comisión de Expertos en 2002. Otra medida destacada es la nueva ley orgánica del poder electoral, que condiciona la participación del Consejo Nacional Electoral en los procesos relativos a las elecciones internas de las organizaciones sindicales a la manifestación de voluntad de sus miembros de requerirlos, siempre que los incluyan en sus estatutos. Se ha contado con informaciones de casos en los que varios dirigentes sindicales habían sido reelegidos para sus cargos en procesos electorales en los que no había participado el Consejo Nacional Electoral. Tras aludir al clima de violencia ajeno a la voluntad del Gobierno que algunos grupos de extrema derecha habían generado en el país, la oradora subrayó que la intransigencia y la exclusión que se practica incluso en el seno de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, son representativas de una complicidad con ese clima de violencia, como por ejemplo, el intento de golpe de Estado en el año 2002 y más recientemente la introducción de grupos paramilitares extranjeros financiados desde el exterior con la misión de crear situaciones de violencia que desacrediten el proceso de transformación democrática participativa en función de satisfacer los reclamos y exigencias del pueblo, excluido durante mucho tiempo. Es por ello que en este caso es necesario concretar la misión de contactos directos, aceptada por el Gobierno, con el fin de impulsar la adopción de la nueva ley orgánica del trabajo, y la Comisión de Expertos habrá de tomar nota y pronunciarse sobre las modificaciones propuestas en dicha ley, que responden con precisión a las observaciones formuladas.
Un miembro trabajador de Venezuela manifestó la importancia que reviste el hecho de que el Gobierno de Venezuela reconozca de derecho a la Organización Sindical CTV. Se trata de un paso importante hacia el proceso de paz y conciliación tan anhelado. Es de esperar que se lleve a la práctica. Es asimismo importante la misión de contactos directos, para evaluar la situación in situ, con todos los interlocutores sociales, con el fin de asegurar la plena aplicación del Convenio. Las organizaciones sindicales de Venezuela solicitan que esa misión implique a todos los sectores. El orador hizo propicia la ocasión para expresar su rechazo a cualquier intento de violentar el derecho de libertad sindical y de libre sindicación, ya sea por parte del Gobierno, ya sea por parte de los empresarios, puesto que impedir el libre ejercicio sindical es cerrar el paso al desarrollo social del país y violentar normas establecidas en la legislación laboral y en la Constitución. Tratándose de una organización sindical autónoma, ésta actúa como guardián de este inquebrantable derecho. No puede haber justicia social sin libertad de asociación. Subrayó el alto índice de desempleo que se registra en Venezuela, producto de despidos en los sectores público y privado, no obstante estar vigente una ley de estabilidad laboral y un decreto de inamovilidad que no han impedido tales despidos. Prueba de ello es el colapso que se viene produciendo en las inspectorías del trabajo, en relación con los trabajadores despedidos. Estos, se ven obligados a retirar sus aportaciones sociales, pasando a formar parte del sector no estructurado de la economía, es decir, de la economía informal. Concluyó solicitando que se indique la fecha en que tendrá lugar la misión de contactos directos para, así, facilitarle su trabajo.
El miembro trabajador de los Estados Unidos, al tomar nota de los recientes acontecimientos ocurridos en Venezuela, declaró que el Consejo Nacional Electoral había decidido que no había bastantes firmas válidas para apoyar la revocación del referéndum, y que parecía que el Presidente de Venezuela había aceptado la decisión del Consejo. Esta decisión también respetaba los términos del punto 12 del acuerdo firmado en Caracas en mayo del año pasado entre el Gobierno y la Coordinadora Democrática. Tanto la Ministra de Trabajo, como el Secretario General de la CTV, habían negociado y firmado este documento. Recordó que, en 2002, la AFL-CIO había condenado el golpe de Estado contra el Presidente de la República y elogió al Gobierno venezolano por sus críticas sobre la no inclusión de disposiciones sobre los derechos laborales y sociales en los acuerdos comerciales. El problema de su delegación con el Gobierno estaba relacionado con las violaciones de los Convenios núms. 87 y 98, incluido el plebiscito de diciembre de 2000 que permitía a todos los votantes, incluidos los empleadores y los militares, determinar el futuro de la dirección de los sindicatos; la requisa de los activos de la Federación de Trabajadores Agrícolas de la CTV; la declaración del Presidente en 1999, en el sentido de que "demoliría" a la CTV; el despido de cientos de empleados de PDVSA que no era seguro que hubiesen participado en el hundimiento de la empresa en 2002; y la suspensión de las negociaciones colectivas en el sector petrolero y otros sectores. Señaló que la Comisión de Expertos había comentado las violaciones que se estaban produciendo del Convenio, basadas en el artículo 293 de la Constitución, y el hecho de que el Gobierno no quisiera reconocer el liderazgo nacional de la CTV, a pesar de que no existía ninguna decisión judicial que invalidase las elecciones de la Confederación. El Gobierno argumentó que los líderes de la CTV habían participado en el golpe de Estado de 2002 y en el sabotaje de la industria petrolera, pero ningún tribunal venezolano había declarado culpable a ningún líder de la CTV de tales actos criminales. Al tomar nota de la observación de la Comisión de Expertos respecto de que el Gobierno no había mantenido consultas con los principales interlocutores sociales, recordó que en 2003 un miembro de la ejecutiva de la CTV había instado públicamente a la CTV y a otras organizaciones de trabajadores como la UNT y la CUTV, a organizaciones empresariales, incluida FEDECAMARAS, y al Gobierno, a establecer un plan para el crecimiento nacional y el desarrollo basado en incentivos fiscales y políticas de empleo. Esto indicaba que la CTV no quería sabotear la economía venezolana. Se preguntó cómo era posible que el Secretario General de la CTV y el Ministro del Trabajo firmaran un acuerdo sobre el proceso constitucional y electoral, y no era posible que el Gobierno invitase a los interlocutores sociales a mantener un diálogo social sistemático, regular y auténtico. Pidió a la Comisión que adoptase las conclusiones más efectivas y constructivas posibles a este respecto.
La miembro trabajadora de Brasil declaró que Venezuela había sido el país que en menor espacio de tiempo había logrado la mejora más significativa de las condiciones de vida de sus trabajadores. Se ha producido un descenso del desempleo, se ha incrementado la atención a la salud para los desposeídos, la producción de petróleo recuperó su capacidad productiva en más del 72 por ciento, bajando su costo a la mitad, y el control del cambio permitió poner freno a la especulación financiera. Todos estos avances habían sido posibles con la participación activa y protagónica de los trabajadores y sus sindicatos. Por último, instó a la OIT a que se solidarice con Venezuela y apoye firmemente el desarrollo económico y social que se está promoviendo en ese país.
La miembro gubernamental de Suecia interviniendo también en nombre de los Gobiernos de Dinamarca, Finlandia, Islandia y Noruega. Acogió favorablemente la información de que el Gobierno hubiese decidido aceptar una misión de contactos directos y expresó la esperanza de que la misma se llevará a cabo en un futuro cercano. Lamentó que el Gobierno no hubiese ordenado la realización de investigaciones sobre los actos de violencia registrados. Hizo hincapié en que los derechos de las organizaciones de trabajadores y de empleadores sólo podían ejercerse en un clima que excluyera la violencia, presión o amenaza de cualquier tipo en contra de los dirigentes o de los miembros de dichas organizaciones. Instó al Gobierno a que tomase medidas para garantizar que se respetase este principio. El año pasado, los Gobiernos a los que representaba habían examinado el hecho de que el Gobierno de Venezuela no había mantenido consultas adecuadas con los interlocutores sociales. Este año, al tiempo que observaba la información relativa a la firma por parte del Gobierno de un acuerdo con algunos órganos sociales y políticos, esperaba que el Gobierno lanzara inmediatamente el diálogo social con todos los interlocutores sociales, sin excepción alguna, con vistas a encontrar soluciones en un futuro próximo a los graves problemas relacionados con la aplicación del Convenio.
El miembro trabajador de Cuba declaró que el clima de violencia que se vive en Venezuela había sido fomentado por la oposición, contando con un apoyo desmesurado de los medios de comunicación masiva, para derrocar al Gobierno. En su opinión, ningún otro gobierno había tenido más voluntad de diálogo con los interlocutores sociales ni había respetado más los derechos de los ciudadanos contemplados en la Constitución. Expresó la firme convicción de que el Gobierno se encamina a poner de conformidad toda su legislación con las estipulaciones del Convenio, y a aplicarla en la práctica. Manifestó que el Gobierno de Venezuela merece la confianza, la consideración y el apoyo de los trabajadores. Los que en Venezuela actúan con honestidad, deberían contribuir al resto de la gestión del Presidente.
El miembro trabajador de la India felicitó, en nombre de los trabajadores hindúes, al Gobierno de Venezuela por el fracaso del golpe militar de 2002, organizado por militares de alto rango con el apoyo de los propietarios de los medios de comunicación. Señaló que es la primera vez que los trabajadores venezolanos son representados en la Conferencia por el total de las cinco centrales sindicales. Esto refleja el principio según el cual las delegaciones deberían ser representativas. El orador tomó nota también con satisfacción de que el Gobierno había aceptado la misión de contactos directos. La actitud del Gobierno debe reconocerse, especialmente por el hecho de que en otros casos similares los países son menos cooperativos. Asimismo, manifestó que aunque la enmienda a la constitución de un país soberano es una cuestión interna, debería examinarse si tal enmienda contradice la legislación que consagra una total libertad de asociación. Los trabajadores hindúes apoyaron la disposición de la Constitución venezolana que exige una declaración de bienes a los dirigentes sindicales al inicio y al final de su mandato. Esto es necesario para prevenir la corrupción. El orador concluyó declarando que la verificación de adhesión de todas las centrales sindicales podría ser emprendida por la maquinaria gubernamental, con el fin de otorgar a los sindicatos un reconocimiento en base a adhesiones verificadas cada cuatro años, como es una práctica en India.
El miembro trabajador de Francia declaró que el clima político descrito en el informe de la Comisión de Expertos no mejoró ni con la tentativa de golpe de Estado en la cual participaron algunos dirigentes de la CTV y de la FEDECAMARAS ni con la huelga declarada contra el régimen constitucional del país en 2002-2003. El orador añadió que la libertad sindical es ampliamente reconocida e interpretada por los órganos de control de la OIT, pero es evidente que una situación política creada para derrocar al gobierno constitucional se sitúa claramente más allá de la protección del Convenio. La situación social es grave, pues más del 80 por ciento de la población vive en la pobreza y no se beneficia de la bonanza petrolera, mientras que la minoría que se ha beneficiado de ella, trató de conservar sus privilegios por un golpe de Estado frustrado. Es de esperar que el referéndum en curso permita modificar el clima actual. Actualmente, se ha iniciado un proceso de reforma de la ley orgánica del trabajo. Es de esperar que la nueva ley responda a las críticas expresadas desde hace varios años en los informes de la Comisión de Expertos. En relación con algunas disposiciones de la Constitución criticadas por la Comisión de Expertos, está claro que éstas son demasiado intervencionistas y obstaculizan las elecciones sindicales, y el derecho de los sindicatos de organizar libremente sus actividades y de designar a sus dirigentes. A este respecto, no compete a una autoridad judicial ni el control ni la organización de las elecciones. Asimismo, el orador manifestó que no puede imponerse por ley a los dirigentes sindicales una declaración de patrimonio. Compete a los trabajadores juzgar la acción de sus dirigentes elegidos. Son los estatutos sindicales los que deben regular los asuntos sindicales. En lo que concierne a la negociación colectiva, el Gobierno debería responder a las alegaciones de discriminación hacia los dirigentes sindicales. Además, la ley debería garantizar el derecho de toda organización representativa de negociar libremente. La situación sindical está muy cambiante ahora.En caso de duda acerca del carácter representativo de las organizaciones signatarias de un convenio colectivo, los trabajadores interesados deberían poder expresar su opinión. Sería necesario disponer de criterios objetivos a todos los niveles de las empresas para determinar la representatividad sindical. En conclusión, la misión de contactos directos aceptada por el Gobierno debería llevarse a cabo rápidamente con el fin de que la Comisión de Expertos pudiera tomar en consideración las verificaciones efectuadas sobre el terreno en su próximo informe.
Otro miembro trabajador de Venezuela manifestó que los grandes generadores de violencia en Venezuela son los sectores de la oposición, encabezados por la CTV y FEDECAMARAS. En los últimos años, habían sido muchos los dirigentes campesinos asesinados, que pertenecían a la Coordinadota Nacional Ezequiel Zamora y a la Organización Gremial COFAGAN. Destacó el reciente asesinato de dirigentes sindicales de la construcción, atacados por bandas armadas de la CTV. Hizo mención del sector eléctrico, en la actualidad en proceso de cogestión de los trabajadores con el Estado, impidiéndose la privatización que la CTV había firmado en 1998. Solicitó al Gobierno que obligue a FEDECAMARAS a cumplir con el ordenamiento jurídico y reincorpore a los más de 250.000 trabajadores despedidos. En cuanto al reconocimiento de la CTV, declaró que es público y notorio que ésta había perdido su representatividad al haber abandonado la agenda de los trabajadores y al haberse dedicado, desde hace cinco años, sólo a las actividades políticas, con el fin de derrocar al Gobierno. La CTV se había opuesto a los decretos de inamovilidad laboral que el resto de las centrales sindicales habían promovido, puesto que necesitaba, al igual que FEDECAMARAS, el despido, para utilizarlo como un arma en el conflicto interno. En lo que concierne a la libertad sindical, el orador consideró que nunca había existido tanta libertad sindical como en este momento, muy puesta de manifiesto recientemente en el caso del conflicto de los trabajadores siderúrgicos de SIDOR, que había durado 23 días, y cuyo derecho de huelga había sido respetado plenamente por el Gobierno. Existe asimismo una libertad sin precedentes para discutir las convenios colectivos, por ejemplo, los contratos más importantes del sector público, como el reciente del Magisterio, con importantes conquistas para los trabajadores y, con la participación de todas las organizaciones sindicales de CTV y UNT, incluso en el sector privado. Otro tanto ha ocurrido con el caso de la construcción y de las empresas transnacionales.
Un observador de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), hablando en nombre de esa organización, declaró que el Gobierno de Venezuela, incumpliendo la Constitución de la OIT y el Reglamento de la Conferencia, había designado una delegación ilegal e ilegítima que le había impedido representar a la principal organización sindical de su país, la CTV. Recordó que en 2001, la conclusión final de la misión de contactos directos al país indicaba que "en Venezuela no se dan las condiciones necesaria para el pleno ejercicio de las libertades sindicales". Tres años después, esta situación se ha agravado, violándose, por ejemplo, el Convenio núm. 87. Así, no se ha reconocido a la CTV, se discrimina y persigue a los trabajadores en el ejercicio de sus actividades gremiales y sindicales, se hostiga a los dirigentes sindicales y se utiliza ilegalmente el Ministerio de Trabajo, a efectos de impedir la legalización de organizaciones sindicales. Se ha infringido asimismo reiteradamente la violación del Convenio núm. 98: exclusión de los sindicatos mayoritarios del derecho de disentir y negociar los convenios colectivos. El orador recordó que el principio general que sirve de fundamento a la OIT, el tripartismo, ha sido estigmatizado y violado por las autoridades. Asimismo, en los últimos tres años habían sido más de 32.000 los trabajadores del sector público despedidos. Todo esto viene a demostrar la intención del Gobierno de no aceptar las recomendaciones de la OIT. Ante tantas violaciones y mentiras reiteradas, solicitó a la Comisión que exigiera el cumplimiento de las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical en el caso de Venezuela.
El representante gubernamental declaró que la amplitud del gobierno venezolano queda evidenciada cuando se aprecia que hasta un vocero de la CIOSL había tomado la palabra y había hablado sobre su país, ya que él forma parte de la CTV y de la delegación de los trabajadores de Venezuela y con tal carácter había viajado a esta Conferencia. No puede caber duda de la buena disposición del gobierno a recibir una misión de contactos directos, sino que además se han celebrado sostenidamente reuniones desde noviembre pasado, hasta formalizar la petición gubernamental en abril de 2004. Esa misión de contactos directos, debe ser equilibrada y debe tomar en cuenta a todos los actores sociales. Por tanto, a pesar del equívoco del miembro empleador, el Gobierno no confunde la misión de contactos directos con ninguna misión técnica. Conoce perfectamente a que se refiere y cuál es el mandato de la misión, sobre todo frente a respetar la pluralidad de actores sociales, para tener una visión equilibrada de la realidad del país. En todo caso, los debates del año pasado se refieren a una misión de contactos directos que brindará un gran apoyo técnico, para impulsar la reforma legislativa que se requiere. Reiteró que su Gobierno no alienta, ni fomenta la violencia y, menos aún, la constitución de grupos paramilitares, al margen de las leyes. Pero sí lamenta que se formulen denuncias sin fundamento, lo que forma parte de una estrategia política carente de seriedad y de compromiso verdadero con la democracia. Su Gobierno había observado el pasado año con repudio el asesinato de una persona en el curso de una manifestación sindical, hecho reprochable, pero carente de motivaciones políticas. El responsable de tan censurable asesinato fue pronto detenido y se dictaron recientemente órdenes judiciales de encarcelamiento. De igual modo, ha observado y precisado la existencia de grupos paramilitares integrados por mercenarios extranjeros, financiados por sectores de la extrema derecha, que vienen desestabilizando la democracia desde el año 2002 y que tuvieron vinculación directa e inmediata con el golpe de Estado de ese año.
Recordó que quienes integran el Gobierno venezolano vienen en muchos casos del movimiento de derechos humanos, no apoyan situaciones de violación de los derechos humanos, ni respaldan figuras de impunidad como leyes de punto final. Manifestó el deseo de ratificar la voluntad del Gobierno venezolano de que se lleve adelante una reforma de la ley orgánica del trabajo. Desde el movimiento de derechos humanos, desde hace varios años, se vienen acompañando los planteamientos de la Comisión de Expertos, para facilitar que los trabajadores y trabajadoras se organicen y garantizar que no haya sector de la economía donde no puedan organizarse. Se aboga por una legislación laboral que proteja a los trabajadores y a las trabajadoras y que asegure el acceso a los derechos humanos. En la actualidad existen sanciones que, lejos de reprender y desalentar el incumplimiento de las legislaciones, alientan y protegen a algunos empleadores carentes de responsabilidad social. La nueva ley debe dotar de herramientas al Ministerio del Trabajo para facilitar que las normas sean respetadas por todos los actores sociales. Confiaba en que la misión de contactos directos fuese una oportunidad y un escenario adecuado para evaluar las formas de compatibilizar las obligaciones de la Constitución de la República con el Convenio, incluido lo relativo a los artículos 95 y 293. En cuanto al diálogo social, éste debe alcanzar a todos los actores sociales, a todas las organizaciones de trabajadores y de empleadores, así como a todas las instancias. La democracia de Venezuela es amplia y participativa, incluyente y no excluyente. Los actores sociales relegados y excluidos por décadas tienen un puesto fundamental en la construcción de un nuevo país y de una nueva sociedad.
En Venezuela, ya no habrá lugar para esos monopolios, la democracia de cúpulas, que expulsa a las mayorías de los espacios de toma de decisiones es asunto del pasado; ahora se está en presencia de una democracia participativa. Tampoco podrán regresar aquellas prácticas como las logradas en el pasado por FEDECAMARAS, que permitían que la deuda externa privada fuese cancelada dentro de las facturas de la deuda externa pública. De ahí que no haya problema alguno en reconocer la cualidad o los representantes de una central o confederación sindical, como en el caso de la CTV; pero nadie, ni aún la CTV pueden pretender que se incumpla la ley, que se dejen de cumplir las obligaciones legales, por simples o sencillas que éstas sean. Precisó que, en este marco de pluralidad de actores, los acuerdos no se firman única y exclusivamente entre amigos, o entre los afectos al Gobierno, tal y como equivocadamente afirmó el Vicepresidente empleador al referirse al acta del 29 de mayo del año pasado, suscrita entre el Gobierno y la oposición política (incluidas la CTV y FEDECAMARAS). Dicho acuerdo fue suscrito tras la facilitación de la OEA, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Centro Carter. A través de ese importante acuerdo, los grupos de la oposición que antes apostaron al golpe de Estado, al sabotaje económico y a la desestabilización política, han aprendido que tienen que actuar dentro del marco constitucional que esas mayorías establecieron. Finalmente, hizo un llamamiento a los actores sociales para que se relacionaran dentro de un clima de respeto mutuo, de convivencia democrática y de participación, porque todos están llamados a contribuir a la construcción de un nuevo país y de una nueva sociedad, contando para ello con la asistencia técnica y la cooperación de la OIT.
Como respuesta a una pregunta de los miembros empleadores, un representante de la Secretaría confirmó que el Gobierno de Venezuela había dirigido una carta al Director General de la Organización, fechada el 27 de abril de 2004, en la que declaraba que aceptaba la misión de contactos directos y proponía que dicha misión visitase Venezuela del 10 al 14 de mayo de 2004.
Los miembros empleadores, después de haber tomado nota de la respuesta de la Oficina, observaron que las fechas propuestas por el Gobierno ya habían pasado y que la misión de contactos directos no se había llevado a cabo. Por lo tanto, se tienen que realizar nuevas negociaciones para que esta misión tenga lugar en otro momento. Hicieron hincapié en que la misión de contactos directos tenía que llevarse a cabo antes de la próxima reunión de la Comisión de Expertos, a fin de que ésta pudiera analizar los resultados. En lo que respecta a las últimas declaraciones del representante gubernamental, los miembros empleadores observaron que la mayor parte de éstas eran una especie de discurso de campaña electoral con respecto al referéndum que posiblemente iba a realizarse en el país. Aparte de estas declaraciones políticas, el representante gubernamental no había proporcionado nuevas informaciones sobre los hechos examinados por esta Comisión. Señalaron que esto es especialmente deplorable, ya que la mayor parte de los oradores habían confirmado las graves violaciones de la libertad sindical en el país, y un miembro trabajador había indicado que se habían producido asesinatos de dirigentes sindicales. Sin embargo, el gobierno sólo hacia promesas para el futuro y se refería a proyectos que no eran leyes que estuviesen en vigor. Para concluir, señalaron que las conclusiones de la Comisión deberían reflejar de forma apropiada las violaciones de la libertad sindical que tenían lugar. Debía instarse al Gobierno a que modificara su legislación y aceptara una misión de contactos directos en un futuro próximo, en las condiciones habituales establecidas por la OIT para tales misiones. Por último, opinaron que se justificaría el hecho de presentar las conclusiones en un párrafo especial.
Los miembros trabajadores consideraron que el Gobierno había adquirido compromisos y debería ser invitado a proporcionar informaciones concretas sobre su materialización. El Gobierno confirmó que aceptaba la misión de contactos directos e indicó que adoptaría las medidas necesarias con el fin de que el comité ejecutivo de la CTB fuese reconocido tanto en la legislación como en la práctica. La misión de contactos directos deberá llevarse a cabo antes de la reunión de Comisión de Expertos, con el fin de que ésta pueda evaluar la situación. Sería conveniente que la misión de contactos directos pudiera confirmar que los proyectos legislativos anunciados han sido efectivamente adoptados, que las organizaciones de trabajadores y empleadores son reconocidas por la legislación y en la práctica y que no existen obstáculos a su organización, ni ingerencia por parte del Gobierno. Deberían poder constatarse progresos tangibles el año próximo. Por estas razones, los miembros trabajadores consideraron que no era oportuno incluir las conclusiones sobre Venezuela en un párrafo especial del informe de esta Comisión.
El representante gubernamental reiteró, en relación con las conclusiones, que su Gobierno deseaba precisar que, desde el pasado mes de noviembre de 2003, con buena fe y voluntad había mantenido reuniones con funcionarios de la Oficina, tanto en Caracas, como en Ginebra, sobre las fechas tentativas y el desarrollo de una nueva misión de contactos directos. De igual modo, de las conclusiones se deriva que existe una evidente cuestión de orden, que se refiere a los casos supuestamente urgentes y graves que existen ante el Comité de Libertad Sindical, respecto de los cuales no se ha desarrollado debate alguno y no son objeto de esta Comisión, que versa sólo y exclusivamente sobre los comentarios y las observaciones de los Expertos. Esta cuestión de orden resalta aún más cuando se comprueba que varios de dichos casos se encuentran en trámite, cuando el Gobierno todavía no ha informado completamente y cuando está por consignar pronunciamientos fundamentales del Tribunal Supremo de Justicia. Por tanto, la mención de dichos casos debe ser suprimida y eliminada del texto, dado que no se correspondió con el debate, ni con el mandato de esta Comisión. Por último, en cuanto al reconocimiento del Comité Ejecutivo de la CTV, el Gobierno no se negó a ese reconocimiento. Indicó que cuando los miembros de la CTV cumplan con lo ordenado en la ley, al igual que las demás organizaciones, inmediatamente los funcionarios de la Administración del Trabajo reconocerán a quienes se dicen sus representantes. Estos aspectos, en su opinión, afectan el equilibrio de las conclusiones.
La Comisión tomó nota de las informaciones verbales del representante gubernamental y del debate que tuvo lugar a continuación. La Comisión observó con preocupación que los problemas planteados por la Comisión de Expertos se refieren a cuestiones relativas al derecho de los trabajadores y empleadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes, el derecho de las organizaciones de elegir libremente sus dirigentes, de elaborar sus estatutos sin injerencia de las autoridades y de organizar sus actividades. La Comisión tomó nota de que, según las declaraciones del representante gubernamental, el proyecto de reforma a la ley orgánica de trabajo cubre las cuestiones mencionadas por la Comisión de Expertos y será objeto de una discusión definitiva en la Asamblea Legislativa en el segundo semestre de 2004. La Comisión tomó nota asimismo de que la posición pública del Gobierno es que el requisito de la alternabilidad en las elecciones sindicales no prohíbe la reelección de dirigentes sindicales, así también surge de la ley orgánica del poder electoral que la participación del Consejo Nacional Electoral en las elecciones sindicales depende de la voluntad de las organizaciones sindicales. Por último, el Gobierno ha informado que el anteproyecto sobre derechos democráticos de los trabajadores en sus sindicatos fue retirado del orden del día de la Asamblea Legislativa.
La Comisión observó con preocupación que se han sometido al Comité de Libertad Sindical varios casos urgentes y graves contra el Gobierno de Venezuela. La Comisión destacó que el proyecto de ley sometido a la Asamblea Nacional al que se refirió el Gobierno el pasado año no ha sido aprobado. La Comisión expresó la esperanza de que dicha ley fuese aprobada antes de fin de año y que sea plenamente compatible con el Convenio. La Comisión tomó nota que el Gobierno había aceptado una misión de contactos directos, pero lamentó que hubiese retrasado esta decisión hasta después de la reunión de la Comisión de Expertos y fuera anunciada poco antes de la presente Conferencia. La Comisión expresó su gran preocupación por el creciente número de actos de violencia contra los interlocutores sociales y señaló una vez más a la atención del Gobierno que el respeto de las libertades públicas es esencial para el ejercicio de los derechos sindicales y le pidió que tomase, sin dilaciones, las medidas necesarias para que las organizaciones de trabajadores y de empleadores puedan ejercer sus derechos con plena seguridad. Dado que los problemas mencionados por la Comisión de Expertos constituyen violaciones graves de la libertad sindical, la Comisión urgió al Gobierno a que reanude el diálogo con los interlocutores sociales.
Por ello, la Comisión instó al Gobierno a que tome inmediatamente, en consulta con las centrales de los trabajadores y de empleadores más representativas, las medidas necesarias a nivel de la legislación y de la práctica para garantizar la plena aplicación del Convenio en un proceso en el que se tengan debidamente en cuenta los puntos de vista de tales centrales. La Comisión pidió al Gobierno que reconozca al Comité Ejecutivo de las CTV a fin que un verdadero diálogo social pueda desarrollarse en el país. Asimismo, la Comisión expresó la firme esperanza que la misión de contactos directos examine todas las cuestiones pendientes y goce de plena libertad para entrevistarse con todos los actores sociales y que dicha misión se realice de manera que la Comisión de Expertos pueda examinar el informe de misión en su próxima reunión, así como a que el Gobierno envíe una memoria detallada sobre los distintos problemas pendientes ante la Comisión de Expertos.