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Case of serious failure (CAS) - Discussion: 1995, Publication: 82nd ILC session (1995)

Sao Tome and Principe

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a) Omisiones de envío de memorias sobre la aplicación de convenios ratificados

Los miembros empleadores señalaron que 12 Estados Miembros estaban mencionados en este párrafo pero que sólo Haití, el cual había tenido muchos problemas en el pasado, había dado explicaciones. Manifestaron su esperanza de que en el futuro Haití cumpliría con la obligación de enviar las memorias. Los otros Estados Miembros se mencionarían en dos lugares en el informe, primero por incumplir con el envío de memorias y segundo por no haberse presentado a la reunión de la Comisión a pesar de las repetidas invitaciones. Sugirieron además hacer una declaración sobre este punto en la reunión plenaria, lo cual podría ayudar a mejorar la situación en el futuro.

Los miembros trabajadores mostraron su total acuerdo con los miembros empleadores y subrayaron que, efectivamente, el incumplimiento de esta obligación hacía imposible el control y podría llevar a un bloqueo del sistema. Señalaron que sólo constaban 12 países en la lista, ya que se trata exclusivamente de los países que no han enviado sus memorias desde hace dos años. Era necesario subrayar que la Comisión de Expertos, en este párrafo, hizo referencia a 43 gobiernos en comparación a los 50 países a los que se había referido el año anterior, por lo que se había producido una mejora. Sin embargo, consideró que era un número todavía demasiado elevado considerando la importancia de dicha obligación. Finalmente, subrayó la importancia de exigir que dichos países hagan un mayor esfuerzo para el cumplimiento de la misma.

Los miembros empleadores mostraron su total acuerdo con las declaraciones de los miembros trabajadores. Señalaron que en algunos casos las memorias que se enviaban no daban una información real ni de la ley ni de la práctica del país. Por otra parte, en otros casos se enviaban memorias que no contestaban a las preguntas de la Comisión de Expertos. En ambos casos resultaba imposible hacer una valoración real de la situación, sin la cual no habría actividad supervisora. Por esta razón dieron gran importancia al cumplimiento de esta obligación por parte del Gobierno y señalaron que 337 casos de incumplimiento de dicha obligación era una cifra terrible.

Los miembros trabajadores mostraron su completo acuerdo con las observaciones realizadas por los miembros empleadores y subrayaron que se debían hacer constar expresamente los países invitados, pero ausentes en la sesión, en la parte general del informe de la Comisión.

c) Omisiones de envío de información en respuestas a los comentarios de la Comisión de Expertos

Los miembros trabajadores señalaron que en la lista de países que habían incumplido con esta obligación figuraban alrededor de 20, mientras que la Comisión se refirió a 337 casos de los cuales no se había recibido respuesta o la misma era incompleta. Considerando que el envío de respuestas claras y completas era una exigencia de los expertos y uno de los elementos claves para el examen y el diálogo, subrayaron la importancia de insistir ante los gobiernos de cumplir con esta exigencia y de sugerirles la solicitud de asistencia a la Oficina, en caso de ser necesario.

Los miembros empleadores suscribieron a lo expresado por los miembros trabajadores, en el sentido de que una memoria que no contenía indicaciones concretas sobre la legislación y la práctica del país, no permitía realizar evaluaciones concretas. Los 337 casos señalados en el informe de la Comisión de Expertos debían dar lugar a una reflexión y causaban cierto temor.

Los miembros empleadores declararon que continuaba una serie negra por la falta de participación de la mayoría de los Estados. Alentaron al representante gubernamental de Ghana a comunicar las informaciones por escrito y de manera detallada. La intervención de la representante gubernamental de Dinamarca, en relación con Groenlandia, les había parecido un tanto limitada.

Los miembros trabajadores se adhirieron a lo expresado por los miembros empleadores. Insistieron en que todos los gobiernos envíen informaciones completas de forma que puedan examinar la manera como se aplican los convenios ratificados. La OIT podía ofrecer su asistencia para que los gobiernos estén en condiciones de dar mejores respuestas a los puntos planteados.

e) Informaciones escritas recibidas hasta el final de la reunión de la Comisión de Aplicación de Normas

En respuesta a las observaciones de la Comisión de Expertos de 1994, el Gobierno indicó que el retraso en el envío de las memorias debidas y de las respuestas se debía a la ausencia de personal experimentado y a las transformaciones provocadas por el actual régimen político, como la caída del gobierno, la instrucción de un gobierno de gestión, la realización anticipada de elecciones legislativas y la reestructuración de todo el aparato estatal. El Gobierno indicó que el sector responsable de temas laborales del Ministerio de Justicia, Administración Pública, Empleo y Seguridad Social se había empezado a ocupar de todo lo que en el Ministerio estuviera relacionado con la Secretaría del Estado para el Empleo y la Formación Profesional, con vistas a restablecer y mantener en debido orden la documentación existente.

La Comisión recalcó la importancia fundamental de enviar las memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados, pero no sólo su envío como tal sino dentro del plazo límite estipulado. Añadió que esta obligación constituía la base del sistema de control y expresó su firme deseo de que los gobiernos de Albania, Burundi, Chad, Guinea Ecuatorial, Haití, Islas Salomón, Papua Nueva Guinea, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Somalia y Zaire, que no habían enviado memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados, lo hicieran lo antes posible y decidió mencionar todos estos casos en la sección apropiada de su informe general.

c) Omisiones de envío de información en respuestas a los comentarios de la Comisión de Expertos

Los miembros trabajadores señalaron que en la lista de países que habían incumplido con esta obligación figuraban alrededor de 20, mientras que la Comisión se refirió a 337 casos de los cuales no se había recibido respuesta o la misma era incompleta. Considerando que el envío de respuestas claras y completas era una exigencia de los expertos y uno de los elementos claves para el examen y el diálogo, subrayaron la importancia de insistir ante los gobiernos de cumplir con esta exigencia y de sugerirles la solicitud de asistencia a la Oficina, en caso de ser necesario.

Los miembros empleadores suscribieron a lo expresado por los miembros trabajadores, en el sentido de que una memoria que no contenía indicaciones concretas sobre la legislación y la práctica del país, no permitía realizar evaluaciones concretas. Los 337 casos señalados en el informe de la Comisión de Expertos debían dar lugar a una reflexión y causaban cierto temor.

Los miembros empleadores declararon que continuaba una serie negra por la falta de participación de la mayoría de los Estados. Alentaron al representante gubernamental de Ghana a comunicar las informaciones por escrito y de manera detallada. La intervención de la representante gubernamental de Dinamarca, en relación con Groenlandia, les había parecido un tanto limitada.

Los miembros trabajadores se adhirieron a lo expresado por los miembros empleadores. Insistieron en que todos los gobiernos envíen informaciones completas de forma que puedan examinar la manera como se aplican los convenios ratificados. La OIT podía ofrecer su asistencia para que los gobiernos estén en condiciones de dar mejores respuestas a los puntos planteados.

La Comisión tomó debida nota de las diversas informaciones brindadas y de las explicaciones proporcionadas por los representantes gubernamentales. La Comisión insistió sobre la gran importancia para la continuación de un diálogo de mayor importancia que se comuniquen informaciones claras y completas en respuesta a los comentarios de la Comisión de Expertos. La Comisión reiteró además que el envío de memorias era un aspecto de una obligación constitucional. En este sentido, la Comisión expresó su profunda preocupación ante el número tan grande de omisiones de envío de información en respuesta a los comentarios de la Comisión de Expertos. La Comisión advirtió también que los gobiernos podían solicitar la asistencia de la OIT para superar las dificultades que encontraban en la materia.

La Comisión urgió a los Gobiernos mencionados, a saber, Angola, Burundi, República Centroafricana, Chad, Dinamarca (Groenlandia), Djibouti, Guinea Ecuatorial, Ghana, Haití, Islas Salomón, Kuwait, Liberia, Madagascar, Mongolia, Papua Nueva Guinea, Santa Lucía, Santo Tomé y Príncipe, Somalia, Yemen y Zaire, a que desplegaran cuantos esfuerzos les sea posible para suministrar las informaciones requeridas tan pronto como sea posible. La Comisión expresó su deseo de que estos casos figuren en el párrafo apropiado de su informe general.

e) Informaciones escritas recibidas hasta el final de la reunión de la Comisión de Aplicación de Normas

En respuesta a las observaciones de la Comisión de Expertos de 1994, el Gobierno indicó que el retraso en el envío de las memorias debidas y de las respuestas se debía a la ausencia de personal experimentado y a las transformaciones provocadas por el actual régimen político, como la caída del gobierno, la instrucción de un gobierno de gestión, la realización anticipada de elecciones legislativas y la reestructuración de todo el aparato estatal. El Gobierno indicó que el sector responsable de temas laborales del Ministerio de Justicia, Administración Pública, Empleo y Seguridad Social se había empezado a ocupar de todo lo que en el Ministerio estuviera relacionado con la Secretaría del Estado para el Empleo y la Formación Profesional, con vistas a restablecer y mantener en debido orden la documentación existente.

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