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Observation (CEACR) - adopted 2024, published 113rd ILC session (2025)

Forced Labour Convention, 1930 (No. 29) - Philippines (Ratification: 2005)

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Artículos 1, 1), 2, 1) y 25 del Convenio. Trata de personas. 1. Marco institucional. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria, según la cual el Consejo Interinstitucional contra la Trata (IACAT) y el Departamento de Trabajadores Sociales y de Desarrollo (DSWD) han estado implementando el Plan de Acción Estratégico Nacional 2017-2021 (NSAP) y un total de 141 actividades, de las 257 previstas, se completaron con éxito. En el marco de este NSAP: i) se emprendieron iniciativas para formular políticas y programas que aborden las nuevas tendencias de la trata de personas; ii) se mejoraron los servicios de bienestar social y protección para las víctimas de la trata; iii) se estableció un Mecanismo de Coordinación del Sistema de Justicia (JCSM) con la Oficina del Administrador de los Tribunales, para mejorar la supervisión y la resolución de los casos de trata; iv) se celebraron talleres de consulta con las partes interesadas de los diversos sectores, lo que permitió una mayor flexibilidad y adaptabilidad en la implementación del NSAP, y v) se firmó un memorando de entendimiento entre el IACAT y la Misión Internacional de Justicia (IJM) para desarrollar conjuntamente un sistema integral, armonizado y de calidad de recopilación de datos y análisis de datos sobre la trata de personas. La Comisión también toma nota de la indicación del Gobierno de que el 18 de abril de 2023 se puso en marcha el 4.º Plan de Acción Estratégico Nacional 2023-2027 (NSAP), cuyo objetivo es diseñar, planificar, aplicar, supervisar y evaluar eficazmente las intervenciones de lucha contra la trata de personas en las cuatro áreas de resultados clave, a saber, la prevención y la promoción, la protección y la reintegración, el enjuiciamiento y la aplicación de la ley, y la cooperación.
El Gobierno indica asimismo que se llevaron a cabo varios programas de sensibilización contra la trata de personas y se creó una línea directa contra la trata, IACAT 1343 Actionline, para recibir y responder inmediatamente a las solicitudes de asistencia, consultas y derivaciones de las víctimas de la trata. En 2020, el IACAT 1343 recibió 55 denuncias de trata de personas que afectaban a 31 víctimas. La Comisión también observa en el Informe de Logros 2020 del IACAT que, a diciembre de 2020, el 70 por ciento del total de 81 provincias, el 88 por ciento del total de 145 ciudades y el 83 por ciento de los 1 489 municipios del país han establecido los respectivos Comités de Lucha contra la Trata y la Violencia contra las Mujeres.
Además, la Comisión observa que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas, en sus observaciones finales de 2023, si bien elogió los esfuerzos del Estado parte por fortalecer su marco jurídico y normativo para luchar contra la trata de personas, expresó su preocupación por el hecho de que el Estado parte siguiera siendo un país de origen, destino y tránsito de la trata de personas, en particular de mujeres y niñas, con fines de explotación sexual y explotación laboral. Al Comité le preocupan, en particular, los escasos avances para atajar las causas profundas de la trata en el Estado parte, como la pobreza y la falta de oportunidades económicas, en particular en las zonas rurales y remotas (CEDAW/C/PHL/CO/9). La Comisión saluda el continuo fortalecimiento del marco institucional para luchar contra la trata de personas, y pide al Gobierno que siga adoptando las medidas necesarias para luchar contra la trata de personas, tanto con fines de explotación laboral como sexual, en particular de mujeres y niñas, incluso mediante la aplicación efectiva de las cuatro áreas clave, en el marco del Plan de Acción Estratégico Nacional, 2023-2027. Pide al Gobierno que continúe transmitiendo información sobre las medidas adoptadas a este respecto, así como sobre toda evaluación de los resultados obtenidos, las dificultades encontradas y las medidas adoptadas en consecuencia. Por último, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre el papel desempeñado por los Comités provinciales, municipales y de ciudades de lucha contra la trata y la violencia contra las mujeres en la lucha contra la trata de personas, en particular en las zonas rurales y remotas.
2. Medidas de aplicación de la ley y sanciones. La Comisión toma nota de la información transmitida por el Gobierno en su memoria, según la cual la Ley núm. 9208, de 2003, contra la trata de personas ha sido enmendada por la Ley de la República núm. 11862, de 2022, ampliada contra la trata de personas (RA 11862), con el objetivo de luchar contra la trata de manera más eficaz y garantizar una mayor protección a las víctimas de trata. La Comisión observa que, con arreglo a la RA 11862, los «intermediarios de internet» y los «intermediarios financieros» que permitan que sus infraestructuras, servicios o aplicaciones de internet se utilicen para promover la trata de personas, así como la producción, impresión y expedición o distribución de pasaportes y certificados de nacimiento no expedidos, manipulados o falsos, se consideran actos que promueven la trata de personas (artículo 5), y los delitos de trata de personas cometidos por o mediante el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones o cualquier sistema informático, se clasifican como trata de personas calificada (artículo 6). Además, según el artículo 8, los organismos encargados de hacer cumplir la ley tienen el mandato de iniciar inmediatamente una investigación y una inteligencia contra la trata de personas, en un plazo de diez días, a partir de la recepción de cualquier declaración, informe, declaración jurada o toda información relativa a cualquier posible violación en virtud de esta Ley. El Gobierno también indica que el IACAT aprobó el Reglamento de aplicación revisado de la RA 11862, que sirve de guía exhaustiva para la aplicación práctica de la mencionada ley, aclarando aspectos de procedimiento y estableciendo prácticas normalizadas.
La Comisión también toma nota de la información proporcionada por el Gobierno según la cual el Secretario de Justicia emitió la Orden Departamental núm. 075, en febrero de 2023, en la que se ordena a la Oficina Nacional de Investigación (NBI) que se coordine con el IACAT para la preparación de casos y las investigaciones, y la Circular Departamental núm. 20, en marzo de 2023, en la que se proporcionan directivas y directrices a los fiscales para que asuman un papel activo en la preparación de casos más sólidos, en estrecha cooperación con los denunciantes y/o los organismos encargados de hacer cumplir la ley. Además, la Academia Judicial de Filipinas (PHILJA) y el Programa Australia-Asia de Lucha contra la Trata de Personas (AAPTIP), en coordinación con el IACAT, llevaron a cabo una serie de grupos de discusión con la judicatura, con el objetivo de profundizar en el conocimiento del marco jurídico internacional y nacional y aumentar sus competencias en el enjuiciamiento, la resolución y la revisión de los casos relacionados con la trata de personas.
Con respecto a la información estadística proporcionada por el Gobierno sobre los casos de trata de personas llevados ante los tribunales, la Comisión toma nota de que, de 2005 a 2023, se presentaron 4 666 casos de trata de personas, 1 235 de los cuales fueron resueltos por los tribunales con 878 condenas y 357 absoluciones. El Gobierno también indica que un total de 2 084 víctimas de trata, incluidos 1 298 menores, estaban implicados en los casos mencionados. El Gobierno indica además, que la Policía Nacional realizó 329 operaciones contra la trata de personas, en 2021, y 300 casos fueron archivados en la fiscalía, y las Divisiones contra la Trata de Personas realizaron 16 operaciones contra la trata e investigaron 145 casos, 87 de los cuales fueron cerrados y 5 casos fueron archivados para su enjuiciamiento. La Comisión observa que no se ha comunicado información sobre las sanciones impuestas por los delitos relacionados con la trata de personas. La Comisión pide al Gobierno que prosiga sus esfuerzos para garantizar que todos los casos de trata identificados sean objeto de investigaciones exhaustivas, con vistas a su enjuiciamiento, y para permitir la imposición de sanciones suficientemente disuasorias a las personas implicadas en la trata. Asimismo, solicita al Gobierno que continúe transmitiendo información sobre las actividades llevadas a cabo por el IACAT, incluida su colaboración con otros órganos encargados de hacer cumplir la ley, y sobre el número de investigaciones y enjuiciamientos llevados a cabo en los casos de trata con fines de explotación laboral o sexual, así como sobre el número de condenas dictadas y de sanciones impuestas.
3. Complicidad de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en las actividades relacionadas con la trata de personas. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno según la cual, las «Directrices sobre la investigación, denuncia y seguimiento de los casos de trata de personas facilitados por la corrupción» (Directrices contra la corrupción), que ayudarán a todos los organismos gubernamentales nacionales, unidades de gobierno local, organismos encargados de hacer cumplir la ley y organizaciones no gubernamentales en la investigación, denuncia y seguimiento de los casos de trata de personas relacionados con la corrupción, fueron aprobadas por el IACAT el 24 de abril de 2023. Estas directrices tienen como objetivo responsabilizar a los funcionarios y empleados públicos corruptos por su participación, directa o indirecta, en el delito de trata de personas. El Gobierno también indica que, con el fin de frenar la participación de funcionarios en la trata de personas, la Oficina de Inmigración emprendió varias intervenciones inmediatas, como: i) la emisión de órdenes de comparecencia contra funcionarios de inmigración; ii) la reasignación y el traslado de funcionarios de inmigración implicados en la trata de personas; iii) la implementación de contra asignaciones basadas en sistemas que eliminaron la intervención humana en la asignación de funciones a los funcionarios de inmigración, y iv) la coordinación y el restablecimiento de los Grupos de Trabajo de la IACAT en todos los aeropuertos internacionales. La Comisión toma nota asimismo de la memoria del Gobierno de que, entre 2020 y 2023, ocho funcionarios públicos, entre ellos un capitán de Baranguay, un sargento primero, un alcalde, cuatro agentes de policía y un profesor, fueron condenados por delitos relacionados con la trata de personas. Además, un total de 233 casos administrativos de funcionarios de inmigración que están siendo investigados por su posible implicación en la trata de personas, están pendientes en la Oficina de Inmigración. La Comisión pide al Gobierno que continúe adoptando medidas proactivas para garantizar que las investigaciones se lleven a cabo debidamente en los casos de corrupción y complicidad de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, y que se impongan sanciones apropiadas. La Comisión pide al Gobierno que continúe facilitando información detallada sobre las medidas aplicadas a tal fin, e información actualizada sobre el número de casos registrados y enjuiciados, así como sobre las sanciones impuestas.
4. Protección y asistencia a las víctimas. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información del Gobierno según la cual, desde 2022 hasta el primer semestre de 2023, un total de 3 192 víctimas de trata se beneficiaron del Programa de recuperación y reintegración de personas víctimas de trata (RRPTP), a través de la prestación de servicios psicosociales, médicos, jurídicos y otros servicios de apoyo. La Comisión toma nota de que desde la implementación del RRPTP, se prestó asistencia y servicios a un total de 17 848 víctimas de trata, el 21 por ciento de las cuales eran menores. Además, se proporcionó alojamiento temporal a 322 víctimas en las instalaciones de atención residencial. El Gobierno indica que, en diciembre de 2020, se estableció una nueva instalación, el Centro Tahanan ng Inyong Pag-asa (TIP), que sirve de refugio temporal para las víctimas de trata rescatadas. El Centro TIP asistió a 482 víctimas potenciales de trata, de las cuales 83 eran menores. De 2020 a 2021, el Centro de Operaciones del IACAT (OpCen) proporcionó localización de testigos y asistencia de seguridad a 135 testigos (17 menores) para testificar ante el Tribunal y brindó transporte y asistencia de seguridad a 242 víctimas de trata, de las cuales 81 eran menores, y garantizó su asistencia a la conferencia del caso o al juicio. El Gobierno indica además que el RRPTP disponía de una asignación en el año 2023, para servir y asistir a las víctimas de trata que regresan o volvieron a sus hogares; a las familias y parientes de las víctimas de trata; a los testigos de los casos de trata de personas, y a las comunidades con incidencia de trata. La Comisión pide al Gobierno que continúe adoptando las medidas necesarias para garantizar que se brinda la protección y la asistencia adecuadas a las víctimas de trata, incluyendo medidas para garantizar la identificación y la pronta remisión de las víctimas de trata, en particular de mujeres y niñas. Pide al Gobierno que siga facilitando información sobre las medidas adoptadas a este respecto, incluida la información relativa a la aplicación de procedimientos destinados a asignar fondos para la prestación de asistencia a las víctimas y que indique de qué manera se utilizan estos recursos. Por último, solicita al Gobierno que continúe transmitiendo información estadística sobre el número de víctimas de trata que han sido identificadas y asistidas, así como sobre las que se han beneficiado de los servicios del RRPTP.
Artículos 1, 1) y 2, 1). Situación vulnerable de los trabajadores migrantes en relación con la imposición de trabajo forzoso. En referencia a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información del Gobierno, según la cual, en virtud de la adopción de la Ley de la República núm. 11641, de 2021, se creó el Departamento de Trabajadores Migrantes (DMW), para reforzar y racionalizar la prestación de servicios a los trabajadores migrantes, y para abordar tanto sus preocupaciones de larga data como las que fueron surgiendo a lo largo de todo el ciclo de la migración, desde antes del empleo hasta su retorno y reintegración. El DMW presta servicios como: i) la protección contra la contratación ilegal y la trata de personas; ii) un programa de digitalización dirigido a acortar el ciclo de los servicios de primera línea; iii) la negociación de acuerdos bilaterales; iv) el compromiso con las partes interesadas, tanto nacionales como extranjeras; v) la realización de investigaciones y estudios avanzados, estratégicos y actualizados sobre las tendencias mundiales en materia de migración y desarrollo; vi) el Programa Nacional de Reintegración, y vii) el Centro de Mando de Repatriación Único (ORCC), un sistema centralizado para responder a las solicitudes de intervención y repatriación de los trabajadores filipinos en el extranjero (OFW). El Gobierno también indica que el DMW se hizo cargo del funcionamiento del Hospital de OFW en enero de 2023 y ha prestado servicios médicos a más de 11 000 pacientes. Los Correos del Servicio Exterior de Filipinas, el Departamento de Asuntos Exteriores y la Oficina del Subsecretario para Asuntos de los Trabajadores Migrantes (DFA-OUMWA), han puesto a disposición de todos los trabajadores migrantes la línea directa OFW Help, que presta asistencia 24 horas al día, 7 días a la semana.
El Gobierno también indica que, en junio de 2023, se revisaron las Directrices de 2015 sobre las formalidades de salida para los pasajeros filipinos con destino internacional, reforzando así los procedimientos de control de pasajeros en los puertos de salida del país. En consecuencia, un total de 30 043 pasajeros fueron remitidos a la Unidad de Ejecución de Control de Viajes de la Oficina de Inmigración para una inspección secundaria y al 39 por ciento de ellos se les denegó el permiso de salida, debido a documentos de viaje falsos o por estar etiquetados como trabajadores turísticos. El Gobierno indica, además, que ha concluido acuerdos bilaterales sobre contratación y protección laboral con varios países, entre los que se encuentran la Federación de Rusia, el Canadá, Taiwán, Trinidad y Tobago y la República de Corea. La Comisión toma nota de que el CEDAW, en sus observaciones finales de noviembre de 2023, expresó su preocupación por el hecho de que un número significativo de trabajadoras filipinas en el extranjero son explotadas en el trabajo doméstico y la prostitución. Además, el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares, de las Naciones Unidas, en sus observaciones finales de 2023, expresó su preocupación por el número persistentemente elevado de denuncias presentadas por los OFW y, de forma desproporcionada, por trabajadoras domésticas migrantes en los Estados del Golfo, entre otras cosas, en relación con el impago de salarios o deducciones ilegales, alimentación y periodos de descanso insuficientes, presuntos abusos de carácter físico, psicológico y verbal, así como abusos sexuales, y violencia extrema que ha llegado incluso a causar la muerte (CMW/C/PHL/CO/3). La Comisión pide al Gobierno que redoble sus esfuerzos para proteger a los trabajadores migrantes, incluidas las trabajadoras en el extranjero, contra las prácticas abusivas y para garantizar que no se les coloque en una situación de vulnerabilidad acumulada al trabajo forzoso mediante la aplicación de las diversas medidas iniciadas por el Gobierno y el CMW para la protección de los trabajadores migrantes. Pide al Gobierno que continúe facilitando información sobre las medidas adoptadas a este respecto, incluyendo información sobre los esfuerzos de cooperación internacional emprendidos para proteger y apoyar a los trabajadores migrantes en los países de tránsito y de destino, y los resultados alcanzados en términos del número de trabajadores migrantes que han sido prevenidos y librados de situaciones de trabajo forzoso y asistidos. Por último, pide al Gobierno que facilite información sobre el número de quejas o denuncias recibidas por el CMW en nombre de trabajadores migrantes víctimas de prácticas abusivas, así como sobre el número de violaciones detectadas y las sanciones impuestas.
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