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REPRESENTATION (article 24) - COLOMBIA - C003, C012, C017, C018, C024, C025, C144 - 2021

General Confederation of Labour (CGT), Confederation of Workers of Colombia (CTC), Single Confederation of Trade Unions (CUT)

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Informe del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte de Colombia del Convenio sobre la protección de la maternidad, 1919 (núm. 3), el Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo (agricultura), 1921 (núm. 12), el Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo, 1925 (núm. 17), el Convenio sobre las enfermedades profesionales, 1925 (núm. 18), el Convenio sobre el seguro de enfermedad (industria), 1927 (núm. 24), el Convenio sobre el seguro de enfermedad (agricultura), 1927 (núm. 25) y el Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144)

Informe del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte de Colombia del Convenio sobre la protección de la maternidad, 1919 (núm. 3), el Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo (agricultura), 1921 (núm. 12), el Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo, 1925 (núm. 17), el Convenio sobre las enfermedades profesionales, 1925 (núm. 18), el Convenio sobre el seguro de enfermedad (industria), 1927 (núm. 24), el Convenio sobre el seguro de enfermedad (agricultura), 1927 (núm. 25) y el Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144)

Decisión

Decisión
  1. Facebook Twitter Linkedin A la luz de las conclusiones y recomendaciones que figuran en el informe del Comité contenido en el documento GB.351/INS/11/4, el Consejo de Administración:
    • a) aprueba el informe del Comité y, en particular, las conclusiones formuladas en los párrafos 33, 34 y 37;
    • b) solicita al Gobierno suministrar a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones informaciones sobre los asuntos tratados en el informe y las conclusiones formuladas por el Comité, y
    • c) decide hacer público el informe y dar por concluido el procedimiento iniciado por la reclamación.
  1. (GB.351/INS/11/4, junio de 2024)
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