National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Unión General de Trabajadores (UGT) relativas a la aplicación del artículo 5, párrafo 1, del Convenio. Según la UGT no se efectúan en la forma debida las consultas, cooperación y negociación necesarias en cuanto a las políticas nacionales fundamentales en materia de administración del trabajo, y la participación de las partes sociales sólo tiene lugar una vez determinadas las políticas sociales fundamentales. La UGT pide que se modifique el sistema de "participación institucional" a efectos de alcanzar el objetivo del Convenio, que es la participación de los representantes de los empleadores y de los trabajadores en la administración del trabajo.
La Comisión agradecería al Gobierno que incluyera en su próxima memoria las observaciones que le merezcan estos comentarios.
[Se invita al Gobierno a que comunique una memoria detallada para el período que finaliza el 30 de junio de 1991.]