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Observación (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), 1977 (núm. 148) - Brasil (Ratificación : 1982)

Otros comentarios sobre C148

Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales
  1. 2015

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La Comisión ha tomado nota de las informaciones proporcionadas por el Gobierno en su memoria. Toma nota con interés de los cuatro principios prioritarios que guiarán las políticas y las acciones del Gobierno, así como de la incorporación de nuevos sindicalistas en los principales cargos del Ministerio de Trabajo y del Empleo.

En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión observa que el Gobierno no proporciona informaciones sobre la evolución de la situación en materia de seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo con respecto al ruido de las diferentes sucursales de la empresa TELEMAR. Por consiguiente, ruega nuevamente al Gobierno que tenga a bien proporcionar dichas informaciones, incluyendo informes sobre las visitas de inspección llevadas a cabo, estadísticas sobre accidentes y enfermedades del trabajo, infracciones y las medidas tomadas para corregirlas.

En lo que atañe a las observaciones presentadas por diversas organizaciones de trabajadores del Estado SERGIPE, en virtud de las cuales se alega, entre otras cosas, que la Delegada Regional del Ministerio de Trabajo prohibía que los agentes de inspección fueran acompañados por representantes de los trabajadores, el Gobierno indica que la nueva delegada es una persona ligada al movimiento de los trabajadores. La participación de los trabajadores servirá de parámetro para consolidar las acciones de fiscalización del Ministerio. La Comisión toma nota de los cambios operados en el Ministerio de Trabajo. Ruega al Gobierno que tenga a bien mantenerla informada sobre el impacto de los nuevos cambios en la aplicación del artículo 5, párrafo 4, del Convenio.

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