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Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Convenio sobre la igualdad de trato (accidentes del trabajo), 1925 (núm. 19) - España (Ratificación : 1929)

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La Comisión toma nota de la entrada en vigor del real decreto núm. 1041/2005, de 5 de septiembre que, entre otros, modifica algunas disposiciones del real decreto núm. 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social. En consecuencia de esta modificación, el artículo 42 de ese texto extiende la protección garantizada en el sistema español de seguridad social frente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a los trabajadores dependientes originarios de un Estado que haya ratificado el Convenio núm. 19 de la OIT, con inclusión del caso en que estos últimos no residan legalmente en España y carezcan de una autorización para trabajar. La Comisión toma nota con interés de la adopción de esa medida y agradecería al Gobierno que comunique en sus futuras memorias informaciones sobre la manera en que se da efecto a esta disposición en la práctica.

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