National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo
Un representante gubernamental felicitó a la Comisión de Expertos por su comprensión, objetividad y sentido de responsabilidad con que se había preparado su informe. El Gobierno había cooperado consistentemente con la Comisión de Expertos y con la Oficina. Había cumplido con sus obligaciones de envío de memorias y proporcionado todas las comodidades posibles a la misión de contactos directos para asegurar su buen desenvolvimiento y a las distintas organizaciones no gubernamentales. El informe de la Comisión de Expertos se fundaba en las informaciones brindadas por el Gobierno y en las observaciones de la misión que visitó Bangladesh (incluso la región de las colinas de Chittagong) en abril de 1988. El orador reseñó los aspectos demográficos particulares de Bangladesh e indicó que con la finalidad de promover un crecimiento equilibrado y un progreso nacional rápido, su Gobierno había llevado a la práctica ciertas reformas de gran alcance para mejorar la calidad de vida del pueblo, conservando sus tradiciones culturales y sociales y la identidad étnica.
El orador abarcó cada uno de los temas planteados en el párrafo 34 de la observación de la Comisión de Expertos.
Refiriéndose al párrafo 34, a), describió el trato legislativo especial acordado desde el inicio de este siglo a la región de las colinas de Chittagong. Recientemente, la Comisión Nacional sobre los Chittagong Hill Tracts revisó una legislación especial en función de las necesidades actuales, incluso de las disposiciones al Convenio núm. 107. Recomendó la abrogación de legislación, lo que se había completado en febrero de 1989. Esta legislación preveía también la creación de tres distritos en la región denominados Rangamti Hill District, Khagrachari Hill District y Bandarban Hill District. Explicó que cada uno de estos distritos dispondría de su propio consejo electo con una mayoría establecida de miembros tribuales y con un presidente perteneciente a la tribu. Las elecciones en estos consejos deberían celebrarse el 25 de junio de 1989. El Consejo sería responsable de la administración civil incluyendo el nombramiento de las fuerzas policiales. Tendrían la facultad de aprobar o de prohibir la venta de derechos de tenencia de tierras y de volver a atribuir aquellas tierras que se habían obtenido de manera fraudulenta o con corrupción. Los consejos podrían recolectar sus propios recursos mediante impuestos locales a los cuales se agregarían los fondos brindados por el Gobierno central.
Refiriéndose al párrafo, 34, b), indicó que la Comisión Nacional continuará funcionando como un organismo permanente. Formulará recomendaciones de tanto en tanto al Gobierno. Dichas recomendaciones constituirán la base de nuevos arreglos administrativos o legislativos.
Sobre el párrafo, 34. c), indicó que el artículo 64 de las leyes que han establecido los consejos de distrito disponía que la propiedad de las tierras, incluyendo su transferencia, será tratada por el presidente del Consejo de Distrito. Lo anterior implicará que los dirigentes tribuales tenían actualmente un control directo sobre la propiedad y transferencia de tierras. El censo catastral al que se refiere la Comisión de Expertos se suspendió a solicitud de los dirigentes tribuales pero tendrá lugar cuando hayan sido electos los consejos.
Respecto del párrafo 34, d), su Gobierno había adoptado programas para el asentamiento de tribus sin tierras en tierras propiedad del Gobierno. Solamente unos cientos de familias se habían asentado en el marco de dicho programa, pero se confiaba en que el proceso se aceleraría cuando se establezcan los consejos.
Refiriéndose al párrafo 34, e), informó que los consejos estarían en condiciones de decidir la prioridad y tipos de proyectos que podrán asistir de la mejor manera a mejorar las condiciones socioeconómicas de la población del área.
Respecto del párrafo 34, f), se habían constituido comisiones conjuntas de investigación inmediatamente después de todo incidente legal o del orden involucrando poblaciones tribuales y no tribuales. Estos comités se componían de dirigentes tribuales, de representantes de residentes no tribuales en el área y de un magistrado. Dichos comités investigaban el incidente con carácter de urgencia, recogían las pruebas y preparaban un informe. En conformidad con el informe, los violadores de las normas legales se juzgan de conformidad a la ley. El sistema funciona desde agosto de 1988.
Refiriéndose al párrafo 34, g), su Gobierno continuamente había facilitado la repatriación de poblaciones tribuales originarias de Bangladesh que residían actualmente en otros países. El orador describió las visitas a la India, que tuvieron lugar en mayo de 1989, para facilitar este proceso. El presidente había también anunciado una amnistía para terroristas (válida hasta junio de 1989), con el objeto de facilitar adelantos en este proceso.
El orador dijo apreciar el interés con el cual la Comisión ha examinado este asunto y aseguró que el Gobierno defendería los principios de la dignidad humana y protegería los derechos e intereses de las poblaciones indígenas y tribuales del país.
El miembro trabajador del Reino Unido subrayó la importancia del Convenio observando que a menudo era difícil tratar los problemas que surgían en relación con él. Lo anterior se debía a la naturaleza de algunos problemas involucrados, al hecho de que muchas veces se trataba de zonas remotas y los países involucrados a menudo eran pobres. En relación con Bangladesh, sentía que la Comisión tenía ante ella pruebas de progreso luego de una larga espera. Expresó su agradecimiento al representante gubernamental por su completa explicación sobre los acontecimientos recientes. Sin embargo, estimó que había todavía algunos problemas muy serios en relación con la posición de la población tribual de Bangladesh. Solicitó, en particular, al representante gubernamental comentarios sobre los informes acerca de un ataque armado a una aldea, en mayo de 1989, como resultado del cual miles de personas habían abandonado sus hogares para partir hacia la India.
Refiriéndose al artículo 11 del Convenio, solicitó explicaciones sobre si la legislación respetaría los derechos de propiedad de la tierra, como lo expresa dicho artículo.
Solicitó al representante gubernamental su opinión acerca de ciertos alegatos de que los consejos de distrito tendrían la capacidad de nombrar únicamente funcionarios administrativos de poca jerarquía y de las fuerzas de policía, mientras que los nombramientos para los puestos de mayor jerarquía eran responsabilidad del Gobierno central.
Por último, solicitó información sobre la zona en la que se ejercía la jurisdicción de los nuevos consejos, ya que se le había informado que cubrían únicamente un 10 por ciento del total de la superficie involucrada.
Los miembros trabajadores señalaron el hecho de que la Comisión de Expertos había tomado nota de un progreso en relación con la aplicación del Convenio, por ejemplo en el párrafo 12 del informe. Se complacían del progreso ya realizado y tenían el sentimiento de que al menos parcialmente se debía a las discusiones anteriores en la presente Comisión. Expresaron la esperanza de que para la próxima reunión de la Conferencia, el Convenio se reforzaría de modo que proteja a las poblaciones más vulnerables.
Desearon que las conclusiones de la Comisión de Expertos se pudieran verificar y que el Gobierno suministrará la información y textos requeridos. Continuaban seriamente preocupados sobre la aplicación de la legislación que se había adoptado pero también felicitaban al Gobierno por lo realizado. Esperaban que se alcance una plena conformidad con el Convenio en un futuro no muy lejano.
Los miembros empleadores expresaron su aprecio por las explicaciones completas y sinceras suministradas por el Gobierno; se trataba de un caso difícil que había sido objeto de párrafos especiales en 1986 y 1987. El Gobierno había ahora mostrado una actitud más positiva que en años anteriores, se habían puesto en práctica nuevas medidas o se habían adelantado o previsto nuevas medidas. Reconocían que estas cuestiones se trataban solamente en relación con algunas de las deficiencias identificadas en el pasado. Había, en particular, una continua necesidad de investigar las violaciones de derechos humanos, reconocer los derechos de propiedad tribuales, determinar los limites de las tierras tribuales e identificar mecanismos para tratar los conflictos entre las tribus y las personas no tribuales en relación con los problemas territoriales. Sin embargo, habían observado al menos cinco cambios positivos desde que este asunto había sido examinado la última vez por la Comisión.
Solicitaron al representante gubernamental, en relación con el párrafo 34, c), que explicara la significación que dicho párrafo implicaba, al estipular que ahora los líderes tribuales tenían un control directo sobre la propiedad y transferencia de la tierra.
Reiteraron finalmente que aunque se habían hecho algunos progresos quedaba todavía mucho por hacer. Instaron a que se adopten tan pronto como sea posible las medidas necesarias, reconociendo las enormes dificultados que debe enfrentar actualmente Bangladesh.
Un representante gubernamental explicó que era funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores y también secretario de la Comisión Nacional sobre los Chittagong Hill Tracts. El orador realizó una exposición completa sobre el incidente del 4 de marzo, al cual se había referido el miembro trabajador del Reino Unido. Explicó que el asesinato de una prominente persona no tribual había provocado una violencia inmediata que tuvo como consecuencia varias muertes y heridos y el incendio de viviendas. Estos disturbios fueron controlados luego de seis días. Se estableció un comité conjunto de investigación. Como resultado de las investigaciones se había identificado a 31 personas que han sido acusadas y estaban aguardando su juicio. El Gobierno ha provisto una ayuda sustancial de fondos para reconstruir las chozas que fueron quemadas. Refiriéndose a las alegaciones de que centenares de personas se habían escapado, el Gobierno había invitado a la prensa a la zona para que verificara la situación. Era cierto que algunos habían abandonado sus hogares y partido para la India, pero también era cierto que algunos habían regresado. La situación era normal como lo había demostrado una reunión con funcionarios del Gobierno de la India en mayo. Se refirió también a la amnistía presidencial como una prueba suplementaria de la buena fe del Gobierno en esta materia.
Refiriéndose a las cuestiones territoriales, el consejo de distrito dispondrá de plenos poderes en relación con las cuestiones de propiedad, etc. El orador reiteró que el presidente de los consejos será invariablemente una persona tribual, y que dos tercios de sus miembros serán tribuales. En lo que se refería al censo catastral, repitió que a pedido de los tribuales se lo había pospuesto y su Gobierno estará feliz de informar sobre los resultados del censo luego de la elección.
En lo que se refería a los problemas relacionados con las formas tradicionales de agricultura, indicó que este asunto planteaba problemas excesivamente complejos, en particular en relación con la tenencia de la tierra que había sido objeto de desbrozo y quema como forma de agricultura. También se planteaban difíciles problemas ecológicos.
En relación con las atribuciones de los consejos de distrito, las mismas cubrían todos los asuntos con excepción de defensa, relaciones exteriores, planificación central y transportes nacionales. Los consejos también podrían decidir si no tribuales podrían establecerse en las áreas tribuales.
En relación con el nivel de los funcionarios que serían objeto de un control por parte de los consejos de distrito, explicó que los miembros tribuales serían electos tanto por tribuales como por no tribuales y lo mismo era cierto para los miembros no tribuales. Este procedimiento aseguraría que la composición de los consejos protegerá de manera adecuada los intereses tribuales. El presidente del consejo tendrá rango de ministro adjunto y su responsabilidad será la de ejecutar las decisiones del consejo. El responsable de la policía también será responsable de la ejecución de las decisiones del consejo. Los funcionarios de policía hasta el nivel de adjunto del responsable serían reclutados en el marco del distrito pero los altos funcionarios serían nombrados mediante el sistema nacional.
Su Gobierno continuará trabajando con la OIT sobre la aplicación de este Convenio pero requería la comprensión por las difíciles limitaciones con las cuales su Gobierno debe trabajar.
La Comisión ha tomado nota con interés del informe de la Comisión de Expertos de las detalladas informaciones suministradas por el representante gubernamental. Recordó que este caso se había discutido en numerosas oportunidades en el pasado y había sido objeto de dos misiones de contactos directos. La Comisión se felicitó de que la misión haya podido discutir detalladamente con las autoridades interesadas los problemas planteados por los órganos de control. Ha tomado nota con interés de que se han adoptado diversas medidas en el plano legislativo como la adopción, en febrero de 1989, de una nueva legislación sobre los consejos gubernamentales locales y en el plano de la protección de los derechos humanos de las poblaciones tribuales mediante una mejora general de la situación.
Sin embargo, la Comisión, tal como lo ha hecho la Comisión de Expertos, observó que se debían adoptar nuevas medidas tales como investigaciones efectivas sobre la violaciones de derechos humanos, el reconocimiento de derechos territoriales tribuales, y la delimitación de las tierras tribuales, la solución de conflictos sobre tierras entre tribuales y no tribuales. La Comisión se felicitó de que el Gobierno se encuentre dispuesto a cooperar más con la OIT. Expresó su esperanza de que el Gobierno continuará tomando medidas para asegurar la completa aplicación del Convenio y que en su próxima memoria el Gobierno estará en condiciones de responder a todos los otros asuntos planteados por la Comisión de Expertos y por la Comisión.