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Caso individual (CAS) - Discusión: 2007, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Italia (Ratificación : 1971)

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Una representante gubernamental presentó las características del mercado de trabajo italiano y examinó especialmente la cuestión del desarrollo del mercado de trabajo y de las políticas del Gobierno en la materia.

En principio, en lo que respecta a la tasa de empleo se ha señalado que ha aumentado mucho, sobre todo en las regiones del Sur del País, pero también en el Sur, aunque de forma menos notable, y que se observa un aumento de la tasa de empleo de las mujeres, aunque sigue siendo insuficiente e inferior a la de los hombres. En relación con la tasa de desempleo, indicó que está bajando y se encuentra en un 6,8 por ciento, lo que constituye una tendencia opuesta a la que encontramos en los otros países europeos. La tasa de desempleo de las mujeres es de 8,8 por ciento y deben tomarse medidas a fin de acercarla a la de los hombres, que está en un 5,6 por ciento. En general, el desempleo está disminuyendo en todo el país, aunque este descenso sea más importante en las regiones del Sur que en las del Sur. El desempleo de larga duración sigue siendo demasiado elevado, ya que afecta a un 2,5 por ciento de los hombres y a un 4,4 por ciento de las mujeres, sobre todo en las regiones del Sur del país. En lo que respecta a la tasa de actividad, la oradora estimó que todavía no se encuentra a un nivel lo suficientemente alto y observó que en las regiones del Sur se produce un descenso de la tasa de actividad de las mujeres que puede estar relacionado con el fenómeno del trabajo a lo negro que el Gobierno se esfuerza por todos los medios en combatir. El trabajo de los jóvenes también es insuficiente y el Gobierno considera que se trata de un problema que hay que combatir a través de una política activa contra la precariedad y el desempleo de los jóvenes. La oradora continuó diciendo que Italia dispone de un sistema de formación caracterizado por un alto nivel de dispersión escolar, que, sin embargo, está en descenso constante desde el año 2000. El número de diplomados, hombres y mujeres, está en aumento y se observa que dos tercios de los jóvenes llegan a pasar de la escuela a la universidad. Asimismo, el país se ve confrontado a ciertos problemas nuevos relacionados con la flexibilización del mercado de trabajo y al menos existen 2 millones de empleos temporales, localizados básicamente en las regiones del Sur y que representan el 9,2 por ciento del total de los empleos. A este respecto, habría que favorecer el recurso a los contratos de duración indeterminada. Además, el trabajo a tiempo parcial, que antes no estaba muy extendido, actualmente está en clara progresión y afecta sobre todo a las mujeres. En lo que respecta a los contratos precarios o atípicos como por ejemplo el trabajo por proyecto, que no conceden a los trabajadores garantías de que se lleguen a convertir en contratos de duración indeterminada, su número se eleva a 400.000.

La oradora recordó que las líneas de acción fijadas por el Gobierno para intervenir en esta materia consisten en luchar contra la precariedad; tomar medidas para favorecer los trabajos de duración indeterminada y medidas para hacer salir a la superficie el trabajo no declarado; mejorar la protección social de los trabajadores precarios; apoyar la acción de la inspección del trabajo contra el trabajo a lo negro y al mismo tiempo incitar a las empresas interesadas a regular sus actividades y, por último, en desarrollar un proyecto de Ley sobre la Seguridad y Salud en el Trabajo. A este respecto, el Gobierno, en colaboración con los interlocutores sociales, ha realizado, mesas redondas para la elaboración de un nuevo sistema de "amortiguadores sociales", de medidas de transición profesional, a fin de reducir el trabajo a lo negro y la precariedad, así como debatir la cuestión de las jubilaciones. Para concluir, la oradora señaló la importancia del diálogo social y la concertación entre los interlocutores sociales a fin de elaborar y desarrollar políticas nacionales y afirmó que las medidas en este ámbito del nuevo Gobierno tendrán por objetivo la búsqueda de una mayor cohesión social.

Los miembros empleadores recordaron que este caso se remontaba a unos 20 años atrás y que al menos en media docena de ocasiones se le había pedido al Gobierno que se presentara ante esta Comisión. La Comisión de Expertos reconocía que el Gobierno había presentado una memoria exhaustiva y este alto grado de cooperación también debería ser motivo de satisfacción para la Comisión de la Conferencia. Este caso era atípico y no concernía simplemente a una evaluación respecto a si alguna cuestión jurídica o un hecho puntual eran conformes a los términos de un convenio ratificado, sino que se trataba de asuntos más generales y menos precisos. La cuestión fundamental era saber si las políticas de empleo y del mercado laboral del Gobierno de Italia estaban en consonancia con las obligaciones asumidas por dicho Gobierno en virtud de los tratados, de aplicar medidas activas para promover el empleo, reducir los desequilibrios sociales por medio del empleo y hacer todo ello en consulta con los interlocutores sociales. La imprecisión de estas cuestiones no las hacía menos importantes que un caso que requiriese un análisis jurídico más típico. La Comisión de la Conferencia había señalado este punto en anteriores observaciones concernientes a Italia y en 1998 había tenido presente la especial dificultad de evaluar la aplicación de un Convenio que exige la formulación y aplicación de políticas.

Las observaciones más recientes de la Comisión de Expertos guardaban relación con cuatro cuestiones, a saber: la situación macroeconómica y su incidencia en el mercado de trabajo; las medidas para fomentar la flexibilidad del mercado de trabajo; las medidas concernientes a recursos humanos, educación y capacitación; y la participación de los interlocutores sociales en esta labor. Estas observaciones y las solicitudes de la Comisión de Expertos estaban bien fundamentadas y no había nada que objetar.

Respecto al tema del desempleo, la Comisión de Expertos había señalado, en consonancia con sus observaciones anteriores, las desiguales repercusiones del azote del desempleo en las diversas regiones del país, y había instado a la "cohesión territorial, a efectos de cerrar la brecha entre las diversas regiones del país". Este pedido parecía conveniente formulado como una proposición general, pero la Comisión de Expertos proporcionaba muy poca orientación real. Esto no sorprendía, puesto que las soluciones para la aplicación de este Convenio estaban relacionadas con las políticas y no con cuestiones jurídicas, siendo estas últimas competencia de la Comisión de Expertos, no así las primeras.

Si bien consideraban que el marco de políticas más conveniente para poner remedio al desempleo de larga duración dependía de las circunstancias nacionales, razón por la cual la consideración de estos asuntos a escala internacional era limitada por propia definición, los miembros empleadores recordaron las ideas que habían expuesto sobre este asunto a lo largo de los numerosos debates sobre políticas en el marco de la reforma del mercado de trabajo en la OIT, tanto en la presente reunión de la Conferencia como en el Consejo de Administración y en los encuentros regionales. Algunas de las opiniones expresadas eran el convencimiento de que para abordar un conjunto de medidas interrelacionadas había que aplicar un enfoque holístico (no de tipo fragmentado); que se requería una reforma estructural (no medidas excepcionales); y que los problemas de larga duración exigían planificación a largo plazo y perseverancia. Como empleadores, también creían que la "legislación" de la propia OIT necesitaba ser objeto de revisiones periódicas para velar por que no sirviera como elemento disuasorio del empleo positivo. La problemática no era exclusiva de Italia y muchos otros países estaban lidiando con problemas parecidos en mayor o menor grado. Ningún país podría estar nunca satisfecho de haber hecho suficiente en este aspecto, y en todo el mundo continuamente se instituían medidas de reforma. La labor de esta Comisión consistía en verificar que la reforma avanzara en la dirección correcta y que se extrajeran enseñanzas de la experiencia de los demás países. También la OCDE, el Banco Mundial y el FMI preconizaban reformas estructurales de uno u otro tipo. Por otra parte, estaba claro que el Gobierno era consciente de esta labor. A la luz de los resultados, se vería si había adoptado la combinación adecuada de soluciones, como también a la luz de cualquier otra medida que la Comisión de Expertos les solicitasen tomar.

Los miembros trabajadores indicaron que el Convenio núm. 122 es considerado como prioritario porque guía y orienta la labor de los miembros de la OIT en el área de la política socio-económica. Dicho Convenio reconoce el derecho al trabajo como un derecho individual que debe garantizarse mediante una acción voluntarista de los gobiernos, en cooperación con los interlocutores sociales, para fomentar el pleno empleo y combatir el desempleo y la inseguridad.

La proclamación de la Declaración de Filadelfia del derecho de toda persona al trabajo, a la libre elección de ese trabajo, en condiciones equitativas y satisfactorias y a la protección contra el desempleo, continúan hoy siendo plenamente de actualidad, a través de la noción de trabajo decente. Para lograr tal situación, es necesario que los responsables políticos y los interlocutores sociales reconozcan el carácter prioritario del pleno empleo y rechacen una política que permita que sólo el libre funcionamiento de los mercados rija el mercado de trabajo.

Dentro del respeto de los principios que enuncia, el Convenio ofrece a los Miembros de la OIT un marco para desarrollar sus políticas de empleo según sus propios métodos y tomando como base las características nacionales, con el objetivo de reducir el desempleo de manera significativa. Como destaca el informe de la Comisión de Expertos, la tasa de desempleo continúa siendo elevada y se observa una reducción del crecimiento del empleo, así como un grave déficit de capital humano. Las desigualdades regionales son importantes, especialmente entre el Sur y el Sur del país. Igualmente, se examina la difícil integración de determinados grupos, en especial los jóvenes y los desempleados de larga duración. Sin embargo, la principal cuestión que se plantea es la de saber qué políticas desarrolla el Gobierno italiano para aumentar el empleo y favorecer una mejor repartición del empleo con menos disparidades y desigualdades, y en qué medida dichas políticas están de conformidad con las disposiciones del Convenio. El Convenio establece la necesidad de asociar plenamente a los interlocutores sociales, con el fin de que colaboren en la elaboración y la aplicación de las políticas de empleo.

La Comisión de Expertos concentra sus observaciones sobre todo en las críticas formuladas por los sindicatos italianos en relación con las reducciones tributarias injustas consentidas por el Gobierno precedente, la flexibilización del mercado de trabajo, los textos normativos de 2003 relativos a la reforma del mercado de trabajo y la escasa implicación o la consulta puramente formal de los interlocutores sociales en la formulación y la evaluación de las políticas del empleo. Su informe se limita a solicitar a las autoridades italianas que suministren informaciones complementarias en su próxima memoria. En efecto, el Gobierno precedente tenía como prioridad la flexibilización del mercado de trabajo y la individualización de los contratos de trabajo. La legislación promulgada en 2003 acarreó una grave precarización del mercado de trabajo, en particular con la introducción de nuevas modalidades de empleo y nuevos tipos de contrato flexibles y con la reducción de la seguridad del empleo y de la protección de los trabajadores contra los abusos. El nuevo espectro de la flexibilidad de la seguridad asedia a Europa y a las instancias internacionales. En lugar de servir para garantizar una mayor seguridad a los trabajadores que tienen contratos precarios, dicho concepto se ha vaciado de su contenido positivo y sirve de argumento para suprimir la protección contra el despido, flexibilizar los contratos normales y acabar con la primacía que debe tener el contrato de duración determinada. La Comisión Europea anuncia, por otra parte, una comunicación sobre ese tema para fines de junio de 2007 en la continuación del Libro Verde sobre la modernización del derecho laboral, publicado a fines de 2006. El Gobierno parece desear cambiar de rumbo actualmente y adoptar otra política de empleo, otro enfoque de la cuestión de la flexibilización de la seguridad y otras relaciones con los interlocutores sociales. Si la Comisión llega a formular recomendaciones, debería alentar al Gobierno en este sentido.

El miembro trabajador de Italia tomó nota de las declaraciones de la representante gubernamental y reconoció que las cuestiones que se debaten son, en gran parte, herencia del Gobierno anterior. Dicho Gobierno hizo todo lo posible para liberalizar el mercado de trabajo, retrasar la edad de jubilación y atacar los fundamentos del tripartismo y del diálogo social.

Por consiguiente, la actitud del nuevo Gobierno y el reinicio de la negociación tripartita, especialmente en lo que respecta a la nueva legislación del trabajo, merecen ser reconocidos. Sin embargo, un verdadero diálogo social debe basarse en posturas claras y medidas pertinentes. Por lo tanto, es deseable que el Gobierno adopte una postura concreta en materia de legislación social, ya que, a pesar de ciertas medidas adoptadas en virtud de la Ley Presupuestaria de 2007, todavía no existe una política coherente que aborde el conjunto de problemas que se presentan en el terreno.

Con el pretexto de modernizar el mercado del trabajo, la ley núm. 30/2003 ha convertido en más precarias las relaciones de trabajo. Ahora el Gobierno quiere eliminar las peores formas de contratos de trabajo establecidas por este texto, pero el objetivo debería ser sobre todo volver a la situación en la que el contrato de duración indeterminada constituía el tipo normal de contrato de trabajo. Los datos estadísticos indican un grave deterioro de la situación del empleo en el país. En 2005, por la primera vez desde 1995, mientras que el número de personas con trabajo aumentó escasamente, en término de puestos de trabajo equivalente a tiempo completo descendió un 0,4 por ciento con respecto a los años precedentes. Los contratos de duración determinada son el medio principal que tienen los jóvenes de entrar en el mercado de trabajo, pero cada vez es menos frecuente que se conviertan en contratos de duración indeterminada, y ello lleva a que la situación de los jóvenes trabajadores sea más preocupante. Además, el hecho de que en 2003 se introdujeran los "contratos por proyecto", solamente ha servido para cambiar el nombre de una relación de trabajo atípica y un trabajo subordinado. Según las estadísticas oficiales, de 25 relaciones de trabajo de este tipo una sola se convierte en un contrato de duración indeterminada, mientras que en el 30 por ciento de los casos las personas terminan en el desempleo.

Las distorsiones del mercado de trabajo son cada vez más importantes. En el Sur del país se vive un fenómeno muy preocupante que consiste en el descenso de la tasa de empleo. De esta forma, cada vez hay más personas que no buscan empleo y entran a formar parte de los grupos de trabajadores irregulares o que trabajan en negro. A pesar de ciertas acciones del Gobierno, la economía ilegal representa como mínimo el 18 por ciento del PIB. El problema del desempleo de larga duración se mantiene sobre todo para los jóvenes y los trabajadores de más edad.

De forma general, la situación está muy lejos del objetivo del Convenio de estimular el crecimiento y el desarrollo, elevando el nivel de vida y reduciendo el desempleo y el subempleo, y del objetivo de una política activa destinada a promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido. La liberalización del mercado de trabajo fue el único objetivo del Gobierno anterior y con ello se ignoraron y perjudicaron las políticas industriales, de investigación y de valoración del territorio que son necesarias para aumentar la competitividad en los ámbitos más avanzados antes que tratar de competir con las economías emergentes. A este respecto, sigue siendo necesario tomar medidas políticas y asignar recursos públicos a la educación y a la investigación industrial.

Por consiguiente, la Confederación de Sindicatos Italianos propone que las prioridades de la negociación tripartita nacional sean las siguientes: la lucha contra la precarización del trabajo más allá de las medidas adoptadas en virtud de la Ley Presupuestaria de 2007; y elaboración de un plan de acción que en el plano legislativo limite el recurso a los contratos de duración determinada y prevea la eliminación de las numerosas formas de trabajo atípico establecidas por la ley de 2003, para retornar al principio central de los contratos de duración indeterminada. Asimismo, hay que garantizar a todos los tipos de relación de trabajo prestaciones sociales de desempleo, cualquiera sea el sector económico en el que se integran o el tamaño de las empresas, eliminar el retraso de la edad de jubilación y establecer un sistema por el que se motive a las empresas a mantener en sus empleos a los trabajadores de más edad y prever una flexibilidad estipulada para la jubilación. Además, habrá que asignar recursos suficientes para la formación y una nueva política educativa. La aplicación de la política de lucha contra el trabajo a lo negro y a favor de la igualdad de trato para los trabajadores migrantes también constituye un elemento de una política de empleo que esté totalmente de acuerdo con los principios del Convenio núm. 122.

Para finalizar, el orador manifestó su deseo de que, teniendo en cuenta que la Comisión no puede discutir el caso de Colombia, el Gobierno italiano presione a este Gobierno con miras a que aplique el acuerdo tripartito firmado en 2006. Señaló que confiaba en que el Gobierno emprendiera rápidamente las reformas legislativas, respetando las recomendaciones de la Comisión de Expertos y de la Comisión de la Conferencia.

El miembro trabajador de la India recordó que dos de los principales sindicatos de Italia habían enviado comentarios a la Comisión de Expertos acerca de la tendencia desigual y decreciente en el empleo y la productividad, del porcentaje persistentemente elevado de desempleo de larga duración y de las reducciones tributarias injustas e ineficaces que afectan de forma indirecta a los trabajadores. Además, se debe mantener el equilibrio territorial si se desea alcanzar un crecimiento a nivel nacional y la flexibilidad laboral debe ser el resultado de la negociación colectiva y no de los mandatos arbitrarios del Gobierno y de los empleadores. Debe establecerse un mecanismo tripartito para controlar que las reformas no se opongan a los intereses de los trabajadores. La seguridad en el trabajo es un derecho fundamental de los trabajadores sin el cual todas las demás formas de seguridad carecerían de significado. De ahí que el Gobierno deba realizar muchos más esfuerzos.

Declaró su solidaridad con los trabajadores de Italia y solicitó que el Gobierno proporcione información sobre la aplicación efectiva de una política de empleo adecuada y garantice el pleno empleo de las mujeres, la promoción del empleo de las personas de edad avanzada, medidas para formar a los trabajadores y una participación genuina de los sindicatos en las reformas de empleo y no en consultas superficiales de las que se quejan los sindicatos de Italia.

La miembro trabajadora de Francia señaló que una ruptura de la ley núm. 30/2003 constituiría al mismo tiempo una ruptura de la idea según la cual el derecho al trabajo obstaculiza la competitividad y el desarrollo. Se trata de una ley promulgada por el Poder Ejecutivo, que otorga una amplia importancia al principio de flexibilidad y atenúa el carácter imperativo de las reglas de derecho, en beneficio de la autonomía contractual, lo cual en la práctica favorece al empleador. Entre los diferentes tipos de contrato establecidos, el contrato de colaboración coordinada y continua se considera como una prestación de servicio cuando en realidad es una relación de trabajo. El trabajo por llamada constituye otro medio de disminuir la remuneración de los trabajadores en situación de disponibilidad. El trabajo compartido, o incluso el contrato por proyecto, constituyen otras formas de precarización establecidas por el sistema instituido en 2003, con el mismo carácter que la flexibilización del trabajo a tiempo parcial o la extensión de la posibilidad de recurrir a horas extraordinarias, incluso la modificación de los horarios de trabajo, a pesar de ser éstos un elemento esencial del contrato de trabajo. La consecuencia es una generalización del subempleo, cuya eliminación es, no obstante, uno de los objetivos del Convenio examinado. El menoscabo de la libertad de los trabajadores a favor de la de los empleadores y la disminución de ingresos ocasionada por la multiplicación de los contratos precarios son contrarios al objetivo de mejora del nivel de vida a través de una política activa de acceso al empleo. Este Convenio es un convenio clave en un contexto internacional caracterizado por las presiones a favor de la flexibilización. Se trata de un instrumento que permite luchar contra un fenómeno creciente en la Europa de los trabajadores. Los contratos a tiempo parcial no escogidos voluntariamente y los bajos salarios por hora son el resultado de esta situación que, por otra parte, afecta principalmente a las mujeres. Además, más allá de la simple creación de empleos, conviene cuestionarse sobre el tipo y la calidad de dichos empleos. Para concluir, la oradora apoyó el llamamiento que realizó el miembro trabajador de Italia para que se respetara el Convenio y solicitó que el Gobierno procediera la derogación de la ley núm. 30/2003.

La representante gubernamental subrayó que su Gobierno acababa de tomar posesión de su cargo hacía un año y que ya se habían tenido en cuenta varios de los elementos y peticiones que anticiparon los representantes de los trabajadores. Así pues, la flexibilidad no constituye un elemento fundamental de la política llevada a cabo por el Gobierno; el trabajo de duración indeterminada debe ser la regla; la lucha contra la precariedad y contra el trabajo ilegal es una prioridad; la creación de empleos para los jóvenes y las mujeres, y la reducción de las disparidades que existen entre el Sur y el Sur, siguen siendo uno de los objetivos de esa política. El Gobierno ha iniciado cuatro "mesas de negociación" a las que los interlocutores sociales se han unido con el fin de formular políticas en ese ámbito.

La oradora señaló que esta discusión pertenece más bien al pasado, y que va dirigida a otro Gobierno. En efecto, el Gobierno actual ya ha implantado algunas modificaciones y los resultados son evidentes, a saber, en lo que respecta al empleo de las mujeres, a la reducción de la pobreza y a la lucha contra el trabajo ilegal.

Los miembros empleadores observaron que no resulta fácil llegar a un consenso sobre la reglamentación del mercado de trabajo. No se pueden establecer leyes para luchar contra el desempleo, pero se pueden adoptar políticas para marcar la diferencia a este respecto. Un campo en el que el consenso parece posible es aquel en el que el empleo coherente y productivo conduce al bienestar económico y a la dignidad del ser humano. Se trata de una vía para eliminar la pobreza y la injusticia social. Otro elemento de consenso podría ser que las medidas adoptadas para reducir el desempleo y ayudar a los grupos vulnerables requieren el compromiso y el apoyo, no sólo de los gobiernos, en particular si se requieren cambios estructurales. Los esfuerzos para realizar estas reformas no suelen se eficaces si son impuestos a las comunidades marginadas. Así, la opinión de la Comisión de Expertos de que los interlocutores sociales deben participar en la adopción de estas medidas refleja el enfoque adecuado.

En vista de que este caso implica un cambio de Gobierno, se brinda la oportunidad de establecer nuevos métodos e ideas, y una nueva determinación para enfrentarse a los problemas, lo que constituye el enfoque adoptado por el Gobierno. Por consiguiente, la información solicitada por la Comisión de Expertos es urgente, ya que brinda al nuevo Gobierno la oportunidad de informar a la comunidad internacional de sus intenciones, y de los procesos que utilizará para alcanzar los objetivos del Convenio.

Los miembros trabajadores invitaron al Gobierno a que siguiera proporcionando las informaciones solicitadas para que la Comisión pudiera examinarlas en profundidad. El Gobierno debe hacer todo lo posible por luchar contra la tasa elevada de desempleo, las disparidades y las desigualdades que existen en el mercado de trabajo y la precarización cada vez mayor del trabajo. La revisión de la ley núm. 30/2003, debe, asimismo, ser una prioridad. Resulta alentador escuchar al Gobierno señalar que los contratos de duración indeterminada deben ser el modelo a seguir y que la flexibilidad ya no constituye el tema central de la política de empleo. Italia debería defender esta postura ante las instancias europeas. Por último, tal y como indicó la Comisión de Expertos, la política de empleo debe realizarse con los interlocutores sociales a fin de obtener su apoyo en la aplicación de las reformas necesarias. Parece ser que ésta será la tónica que se seguirá de ahora en adelante en Italia.

La Comisión tomó nota de la presentación interactiva y de las informaciones detalladas e ilustrativas que presentó la representante gubernamental así como de la discusión que tuvo lugar a continuación sobre las medidas de apoyo al mercado del trabajo que tomó el Gobierno en aplicación de este Convenio prioritario.

La Comisión se felicitó de la leve progresión de la tasa de empleo y de la disminución de la tasa de desempleo y de los otros indicadores del mercado del empleo sobre el mercado del trabajo que dio a conocer el Gobierno quien informó sobre su intención de reducir el trabajo temporario y a tiempo parcial, luchar contra el trabajo no declarado y promover empleo productivo para las categorías más vulnerables, en particular para los jóvenes que buscan su primer empleo, las mujeres y las poblaciones de las regiones menos favorecidas. El nuevo gobierno se propone en particular favorizar el diálogo social para elaborar una política activa del empleo y por ende modificar las disposiciones de la Ley núm. 30 sobre la Reglamentación del Mercado de Trabajo de 2003.

La Comisión expresó también que las medidas tendientes a una mayor flexibilidad del mercado del trabajo deberían garantizar a los trabajadores una protección adecuada contra el despido y acceder a un contrato de duración indeterminada en trabajos productivos y libremente elegidos. La Comisión invitó al Gobierno a que la promoción del pleno empleo productivo, del trabajo decente y de trabajos de calidad para todos, siga ocupando un lugar central en sus programas nacionales, como lo requiere el Convenio. La Comisión solicitó al Gobierno que incluya en su próxima memoria informaciones detalladas sobre la manera en que la experiencia y las opiniones de los interlocutores sociales se han tomado en cuenta al formular y ejecutar las medidas de política de empleo. La memoria debe también incluir informaciones sobre el impacto de las medidas adoptadas para aumentar la participación de las mujeres en el empleo productivo, combatir el desempleo juvenil y reducir la brecha en lo que respecta al nivel de empleo entre las diversas regiones del país.

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