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Observación (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

Convenio sobre el medio ambiente de trabajo (contaminación del aire, ruido y vibraciones), 1977 (núm. 148) - Brasil (Ratificación : 1982)

Otros comentarios sobre C148

Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales
  1. 2015

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La Comisión toma nota de la información presentada por el Sindicato de Trabajadores de las Industrias de la Construcción Civil, respaldada por el Sindicato de Trabajadores de Minas y de la Metalurgia (SINDIMINA), el Sindicato de Trabajadores de las Industrias de la Confección y los Textiles (SINDITEXTIL), el Sindicato de Trabajadores de las Industrias del Agua, el Sindicato de Trabajadores Panaderos y Pasteleros, el Sindicato de Trabajadores Portuarios (SINDIPESE), el Sindicato de Empleados de Empresas de Seguridad y el Sindicato de Trabajadores Petroleros (SINDIPETRO), todas, organizaciones de trabajadores del Estado de Sergipe. Dichas organizaciones alegan que el Delegado Regional del Ministerio de Trabajo prohíbe que los agentes de inspección sean acompañados por representantes de los trabajadores.

La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno, según la cual, las alegaciones mencionadas no se fundan en ninguna prueba relativa a cualesquiera irregularidades.

En relación con su comentario anterior, la Comisión recuerda el examen de la cuestión de la aplicación del artículo 5, párrafo 4, del Convenio que prevé la posibilidad de que los representantes del empleador y de los trabajadores puedan acompañar a los inspectores cuando controlan la aplicación de las medidas prescritas en virtud del Convenio, a consecuencia de una observación presentada por el Sindicato de Trabajadores de la Industria Química y Petroquímica (SINDIPOLO). En esa oportunidad, el Gobierno se había referido a un proyecto de instrucción normativa enviada al Consejo Nacional del Trabajo, a los efectos de su discusión antes de su publicación en el Boletín Oficial.

Ante la ausencia de nuevas informaciones sobre el curso que se ha dado a este proyecto de instrucción normativa, la Comisión solicita al Gobierno le comunique una copia de ese texto una vez que éste sea publicado, así como todas las informaciones sobre la aplicación en la práctica del derecho de los representantes de los trabajadores de acompañar a los inspectores cuando controlan la aplicación de las medidas prescritas en virtud del presente Convenio.

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