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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159) - Uruguay (Ratificación : 1988)

Otros comentarios sobre C159

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1. La Comisión toma nota de la memoria presentada por el Gobierno en agosto de 2004, conteniendo informaciones detalladas sobre el Programa de Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad (PROCLADIS) del que benefician las personas entre los 16 años y 39 años de edad. La Comisión se remite a su solicitud directa anterior y pide al Gobierno que indique las otras medidas adoptadas para formular, aplicar y revisar periódicamente una política nacional para la readaptación profesional y el empleo para «todas las categorías» de personas con discapacidades como requieren los artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Sírvase precisar las medidas recientes adoptadas en aplicación de la ley núm. 16095 de 1989.

2. Consulta a las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores. La Comisión toma nota que a partir del mes de julio de 2002 se ha completado la Unidad Coordinadora del PROCLADIS con la representación de los otros dos sectores sociales de la Junta Nacional de Empleo, un representante empresarial y otro trabajador. La Comisión reitera su solicitud de que se describan en detalle las consultas mantenidas con los representantes de los empleadores y de los trabajadores para aplicar una política nacional sobre las cuestiones mencionadas en el artículo 5 del Convenio.

[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2006.]

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