National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Seguimiento de la reclamación presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por la Confederación Nacional de Trabajadores de Eritrea en relación con los Convenios núms. 111 y 158 (GB.282/14/5, noviembre de 2001). Al recordar sus observaciones anteriores sobre esta cuestión, la Comisión toma nota de la comunicación del Gobierno de fecha 11 de mayo de 2005 en la que se comunican extractos de los laudos de 17 de diciembre de 2004 dictados por la Comisión de Reclamación Etiopía-Eritrea, establecida en virtud del Acuerdo de Aryel de 2000 concluido entre los dos países. La Comisión toma nota de que dichos laudos abordan la responsabilidad relativa a las reclamaciones presentadas por Etiopía y Eritrea y que el procedimiento de la Comisión se encuentra actualmente en la fase de determinación de los daños. La Comisión pide al Gobierno que facilite informaciones en su próxima memoria sobre toda otra decisión dictada por la Comisión de Reclamación y sobre las medidas adoptadas de acuerdo con tales decisiones, a fin de conceder una indemnización tan completa como sea posible a los trabajadores desplazados a consecuencia del conflicto fronterizo de 1998, de conformidad con los Convenios núms. 111 y 158, y otorgar la ayuda adecuada.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.