National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Organización y funciones del servicio del empleo. La Comisión toma nota del amplio análisis y la información detallada proporcionados por el Gobierno en la memoria que se recibió en agosto de 2010 en respuesta a la observación de 2006. La Comisión pidió al Gobierno que informase sobre el impacto en la práctica de las medidas aplicadas por la nueva Agencia Federal de Empleo (BA). El Gobierno recuerda que en el marco de la reforma de la BA entre 2005 y 2006, se introdujo una estrategia de gestión orientada hacia los resultados dirigidos hacia la rentabilidad. Los requisitos previos fundamentales para el éxito de la nueva estrategia de gestión fue la transparencia en lo que respecta a los resultados y procesos y proporcionar claridad en relación con la orientación general en materia de políticas de la BA. Asimismo, se desarrolló un sistema de objetivos orientados hacia los resultados. A diferencia de lo que ocurre en la industria privada, los objetivos financieros no se entienden como máximas prioridades. En lugar de ello, el sistema de objetivos refleja los objetivos establecidos por la ley. Por consiguiente, el éxito se mide en relación a si es posible evitar el desempleo y si la duración del período de desempleo de un cliente se ha reducido. La Comisión toma nota de algunos resultados alcanzados: una reducción de la duración del desempleo (que pasó de aproximadamente 168 días en 2006 a aproximadamente 125 días en 2007); un aumento del número de personas integradas en el mercado de trabajo (que pasó de un 37,3 por ciento en 2006 a un 42,2 por ciento en 2009); un aumento de la participación de las instituciones públicas en las colocaciones que han tenido éxito (de un 9,3 por ciento en 2006 a un 10,6 por ciento en 2009); un aumento de las vacantes que se han cubierto (que pasaron de 203.725 en 2006 a 293.042 en 2009). El Gobierno indica que los esfuerzos de la BA se centran en sus actividades fundamentales, a saber, los servicios de asesoramiento y de colocación. A finales de 2006 se crearon programas de acción específicos para los empleadores en todas las oficinas del empleo, como un elemento central de la reforma. Se seleccionaron, sistematizaron y publicaron casos de buenas prácticas. Asimismo, la Comisión toma nota de que en 2006, se puso en funcionamiento el sistema de colocación, asesoramiento e información de la BA (VerBIS) para complementar la base de datos del servicio del empleo. Desde agosto de 2009, los que buscan empleo pueden registrarse en línea. Actualmente, en la base de datos del servicio del empleo se ofrecen aproximadamente 820.000 empleos y se publican 3.700.000 perfiles de candidatos. Asimismo, la base de datos recibe una media de 665.000 visitas cada día y 10.000.000 de personas han visitado el sitio, que es una de las aplicaciones de Internet más importantes del Gobierno. La Comisión se refiere a su observación sobre la aplicación del Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) y se felicita del enfoque aplicado para adoptar medidas destinadas a conseguir que el mercado del trabajo se organice todo lo que sea posible a través del servicio público del empleo en un período extremadamente difícil. La Comisión invita al Gobierno a que, en sus próximas memorias sobre la aplicación del Convenio núm. 88, siga proporcionando información pertinente sobre los resultados de las medidas aplicadas para mejorar la capacidad de la BA de promover el empleo pleno y productivo (artículos 1 y 6 del Convenio).
Situación y formación del personal del servicio del empleo. En respuesta a la observación de 2006, el Gobierno indica que de un personal de aproximadamente 110.000 personas, alrededor de 67.800 tienen la categoría de empleados (de los cuales alrededor de 800 tienen una excepción de su situación de funcionario público), y 15.600 son funcionarios públicos. Unas 23.200 personas tienen contratos de duración determinada y 3.200 son empleados subalternos. Aproximadamente 63.000 miembros del personal trabajan en el ámbito del seguro de desempleo; 43.000 en el ámbito de ingreso mínimo garantizado para los que buscan empleo y 3.600 en el Fondo de asignaciones familiares. La Comisión toma nota de que la estrategia de gestión de la diversidad de la BA garantiza que las diferentes experiencias y calificaciones de ciertos miembros del personal, tales como los migrantes y personas con discapacidades, se utilicen específicamente para cubrir las necesidades de los clientes. Asimismo, el Gobierno indica que el convenio colectivo para las personas empleadas por la Oficina Federal del Empleo (TV-BA) entró en vigor en enero de 2006 y que durante los últimos años la BA ha revisado el sistema de capacitación dentro del servicio para mantener actualizadas las calificaciones de los miembros del personal.
Cooperación entre el servicio público del empleo y las agencias privadas de colocación. La Comisión recuerda su observación de 2006 en la que invitó al Gobierno a informar sobre las medidas adoptadas para garantizar que la cooperación entre la BA y las agencias privadas de colocación resulta efectiva según lo dispuesto en el artículo 11 del Convenio. En el párrafo 227 del Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo, la Comisión también recordó que en Alemania la cooperación entre los servicios públicos y privados del empleo adopta una forma muy parecida a la contratación externa por parte de los servicios públicos de empleo. A este respecto, el Gobierno confirma en su memoria que el mercado privado de la colocación está firmemente establecido. La cooperación que existe entre los servicios públicos y privados se ha incrementado y las agencias privadas utilizan la plataforma del servicio del empleo para publicar sus ofertas de trabajo. Además, la Comisión toma nota de que la posibilidad de transferir los servicios de colocación a proveedores privados se ha ampliado para cubrir de forma más general las medidas de activación e integración profesional, incluidos los servicios de colocación, para ayudar a las personas que buscan formación, y a los que han sido despedidos o están desempleados (artículo 46 del Código Social, libro III, en su tenor modificado por la Ley sobre la Modificación de las Políticas del Mercado del Trabajo, que entró en vigor el 1.º de enero de 2009). Como parte de la estructura descentralizada, cada oficina de empleo tiene una responsabilidad particular en relación con la utilización de servicios de proveedores privados y en lo que respecta a remitir a sus clientes a dichos servicios. La Comisión invita al Gobierno a continuar proporcionando información sobre las medidas adoptadas para garantizar la cooperación efectiva entre la BA y las agencias privadas de empleo.