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Caso individual (CAS) - Discusión: 2003, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) - Myanmar (Ratificación : 1955)

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A. ACTAS DE LA DISCUSIÓN DE LA COMISIÓN DE APLICACIÓN DE NORMAS

Un representante gubernamental de Myanmar felicitó al Director General por su efectivo liderazgo y su contribución sustancial al progreso de la dignidad, del trabajo decente y del bienestar de los trabajadores. Declaró que el Funcionario de Enlace de la OIT reflejó en detalle las largas y difíciles negociaciones que llevaron a la conclusión exitosa del Plan de Acción Conjunto para la eliminación del trabajo forzoso en Myanmar. Sus actividades oficiales hasta fines de mayo de 2003 incluyeron, entre otros, una reunión que tuvo lugar el 29 de mayo de 2003 con el General Khin Nyunt, Primer Secretario del Consejo de Estado para la paz y el desarrollo quien subrayó la importancia dada por Myanmar a las cuestiones de cooperación entre Myanmar y la OIT. Observó que la Comisión de Aplicación de Normas tiene ante sí un informe completo y positivo sobre la actual cooperación entre Myanmar y la OIT. El acuerdo entre el Gobierno y la OIT sobre el Plan de Acción Conjunto para la eliminación del trabajo forzoso en el país constituye un avance y un acuerdo significativo. Fue el resultado de un largo proceso de continuas e intensas negociaciones.

Tal como afirmara en el pasado, dada la delicada y sensible naturaleza de la cuestión, las medidas para eliminar el trabajo forzoso en el país deben ser adoptadas paso a paso. El Gobierno se compromete a eliminar el trabajo forzoso y a este fin está adoptando las medidas necesarias de buena fe y con las mejores intenciones. Si uno se remite a la situación de 1999 y la compara con la actual, no se puede negar el hecho de que ha habido un progreso considerable. Un amplio marco de medidas legislativas, administrativas y ejecutivas existen en Myanmar. La ordenanza núm. 1/99 aprobada el 14 de mayo de 1999 y la orden complementaria de la orden núm. 1/99 de 27 de octubre de 2000 establecieron la base estatutaria para la aplicación del Convenio núm. 29. Estas ordenanzas establecen claramente que la exacción de trabajo forzoso es ilegal y prohíbe estrictamente dichos actos. Establecen también claramente las consecuencias legales de la violación de dichas ordenanzas. Debe observarse también que las mismas están plenamente en vigor. Más aún, se han dado las instrucciones necesarias a todos los ministerios, incluyendo el Ministerio de Defensa y a todos los departamentos y Consejos de Paz y Desarrollo en varios niveles. El Gobierno ha adoptado medidas administrativas y ejecutivas incluyendo la creación de una Comisión de Trabajo sobre Cuestiones relativas a la OIT de nivel ministerial presidida por el Ministro del Trabajo y la Comisión de Aplicación del Convenio núm. 29 de la OIT presidida por el Viceministro de Asuntos Internos. Estos organismos dieron las indicaciones necesarias y controlaron la aplicación del Convenio núm. 29. Siete equipos de observación en el terreno están en plena operación, realizando visitas frecuentes a varias partes del país para controlar las medidas de aplicación y las condiciones imperantes en el terreno. La cooperación estrecha entre el Gobierno y la OIT se remonta al año 2000. Cuatro misiones de cooperación técnica se llevaron a cabo en mayo y octubre de 2000, mayo de 2001 y febrero de 2002. Además, una misión de alto nivel encabezada por el Sr. Ninian Stephen, antiguo Gobernador General de Australia visitó el país en septiembre-octubre de 2001. Las visitas de estos equipos de la OIT produjeron resultados tangibles. El punto álgido lo constituyó la visita de la Misión de Alto Nivel que constituyó un éxito importante. En su informe completo, la Misión de Alto Nivel hizo un número de recomendaciones y sugerencias incluyendo cierta forma de presencia de la OIT, un Plan de Acción para la eliminación del trabajo forzoso en el país y un mecanismo para recibir las quejas de conformidad con el procedimiento acordado. Los pasos que se están adoptando en cooperación con la OIT surgen de dichas recomendaciones y sugerencias de la Misión de Alto Nivel. Un Funcionario de Enlace, la Sra. Hong-Trang Perret-Nguyen asumió sus funciones en octubre de 2002 y ha estado ejerciéndolas de manera completa y efectiva. En la actualidad se ha concluido un acuerdo con la OIT sobre el Plan de Acción Conjunto que cubre una amplia variedad de acciones para la eliminación del trabajo forzoso tal como lo recomendara la Misión de Alto Nivel. El Plan se refiere entre otras cosas al rol del Facilitador en la recepción de las quejas de acuerdo con el procedimiento acordado, una campaña de información pública, programas de concienciación, la traducción de las órdenes en los dialectos, la designación de una región piloto en el distrito de Myeik, el proyecto piloto de construcción en el distrito de Myeik, la expansión del transporte animal, y las funciones de los equipos de observación en el terreno. El Plan de Acción Conjunto será de 18 meses con efecto desde el 1.º de julio de 2003.

En el pasado, se han manifestado críticas en el sentido de que el Gobierno ha hecho muy poco muy tarde y que las medidas adoptadas eran sólo de procedimiento y no sustantivas. La adopción del Plan de Acción Conjunto refuta estas críticas. Las consultas informales con la OIT sobre este Plan de Acción comenzaron en marzo de 2003 luego de la 286.a reunión del Consejo de Administración y concluyeron dentro del límite de tiempo establecido por el Consejo de Administración. Nadie puede negar que este Plan es sustantivo y no de procedimiento. Su conclusión marca una nueva fase de cooperación con la OIT. Su aplicación efectiva será en efecto esencial y no se deben escatimar esfuerzos a este respecto. El Gobierno sigue comprometido y determinado a cooperar más ampliamente con la OIT para resolver esta cuestión.

Expresó la esperanza de que las buenas intenciones y el compromiso de parte de las autoridades de Myanmar recibirán la reciprocidad de la Conferencia y de la presente Comisión y que a la luz del progreso sustancial y de los importantes pasos dados por las autoridades esta Comisión tendrá un gesto positivo de modo que los resultados sean constructivos, positivos hacia el futuro.

Los miembros trabajadores indicaron que el trabajo forzoso existe en Myanmar desde hace muchos años. Hasta hace muy poco, y principalmente gracias a los esfuerzos de la OIT, había una esperanza de que la situación pudiera mejorar. Sin embargo, desde hace una semana, asistimos a un deterioro de los progresos alcanzados. Por segunda vez, la Comisión mantiene una sesión especial sobre el caso de Myanmar y los acontecimientos recientes son una razón más para que esta sesión tenga lugar.

Los miembros trabajadores recordaron que las discusiones de la Comisión se basan en primer lugar en el informe de la Comisión de Expertos, completado por la información contenida en los documentos D.5 y D.6. Las violaciones al Convenio núm. 29 son graves, generalizadas, sistemáticas y estructurales tanto en la legislación como en la práctica. Se había solicitado al Gobierno que aplicara las tres recomendaciones de la Comisión de Encuesta, a saber: 1) modificar la legislación para ponerla en conformidad con el Convenio núm. 29 y, por consiguiente, derogar toda la legislación que permite que el trabajo forzoso sea posible; 2) poner fin, en la práctica, a la imposición del trabajo forzoso; 3) aplicar las sanciones previstas en el Código Penal para las personas declaradas culpables de haber impuesto trabajo forzoso. Sin embargo, las conclusiones de la Comisión de Expertos son claras.

Tratándose de la modificación de la legislación, las leyes pertinentes no han sido modificadas aún y esto a pesar de las promesas que el Gobierno viene reiterando desde hace más de 30 años. Al respecto, el Gobierno indica que esas leyes son antiguas e intocables. Pero en 2001 y en 2002, adoptó y reformó otras leyes. La orden núm. 1/99 podría constituir una base jurídica suficiente para asegurar el respeto del Convenio en la práctica, a condición claro está de que esa orden se traduzca en los actos de las autoridades civiles y militares. Acerca de la imposición en la práctica del trabajo forzoso, los miembros trabajadores observan que las medidas adoptadas por el Gobierno de Myanmar no han permitido ponerle término, acerca de lo cual testimonian numerosos documentos. Al respecto, la Comisión de Expertos indica en su informe que las instrucciones del Gobierno a las autoridades civiles y militares no son lo suficientemente específicas y concretas, y que la publicidad de estas órdenes no se ha generalizado lo suficiente como para poner fin a la imposición del trabajo forzoso. Además, aun si el Gobierno ha creado un Comité de vigilancia de la aplicación de la legislación y ha enviado al terreno un equipo de observación que tiene por función, por un lado, examinar en qué medida la población está al corriente de estas directivas y por otro, verificar si se han presentado quejas, no se ha proporcionado, hasta el momento, ninguna información sobre los progresos realizados. En lo que se refiere a las sanciones penales, la Comisión de Expertos observa que el Gobierno no ha adoptado medidas para que se procediera penalmente contra los responsables de la imposición de trabajo forzoso. Por consiguiente, a pesar de las promesas del Gobierno, no se ha puesto en práctica hasta el día de hoy, ninguna de las tres recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta.

Por cierto, como consecuencia de las acciones de la Oficina, se han podido observar cambios. Pero esos cambios se sitúan principalmente, sino únicamente, a nivel del procedimiento. A instancias de la Comisión, la OIT ha enviado, en septiembre de 2002, una Misión de Alto Nivel a Myanmar y a las regiones fronterizas, para darse cuenta de la situación en el terreno. Sobre la base del informe de esa Misión, el Consejo de Administración adoptó conclusiones dirigidas principalmente a que el Director General "continuara el diálogo a fin de ajustar con las autoridades las modalidades y parámetros de una representación continua de la OIT en Myanmar". En virtud de un Protocolo de entendimiento entre la OIT y el Gobierno de Myanmar, se nombró, a partir de mayo de 2002, una Funcionaria de Enlace.

Los documentos D.5 y D.6 dan cuenta de la evolución reciente en Myanmar. El Gobierno de Myanmar y la OIT formalizaron un Plan de Acción para la erradicación del trabajo forzoso en Myanmar, justo a tiempo para la Conferencia, pero demasiado tarde para los dramáticos hechos acaecidos recientemente. Frente a estos acontecimientos, los miembros trabajadores son escépticos respecto de la viabilidad de los nuevos acuerdos e iniciativas celebrados entre el Gobierno de Myanmar y la OIT, ya que la actitud del Gobierno resulta engañosa. En efecto, a pesar de la indicación del Gobierno según la cual la eliminación del trabajo forzoso será su principal preocupación en los hechos, nada cambia verdaderamente. Antes de los acontecimientos de la última semana, podíamos ser optimistas y hablar de progresos. Lo que está ocurriendo, es decir, la detención en un lugar secreto de la dirección de la Liga Nacional para la Democracia, y en particular de la Sra. Daw Aung San Suu Kyi, significan un retroceso en la situación, puesto que se parecen a lo sucedido en 1995-1997. Aunque en estos dos últimos años se hayan realizado progresos, esos acontecimientos ponen en duda la aplicación del Plan de Acción Conjunto.

Los miembros trabajadores indicaron que esperan mucho de la visita del Sr. Razali, Enviado Especial del Sr. Kofi Annan, a Myanmar. El Consejo de Administración ha recomendado claramente al Gobierno de Myanmar que debe adoptar medidas para eliminar las prácticas de trabajo forzoso, asegurar que las personas que imponen el trabajo forzoso respondan ante la justicia y modificar los procedimientos jurídicos para dar efecto a las medidas adoptadas. Se debe cumplir con las tres recomendaciones. Los miembros trabajadores han declarado que en tanto las mismas no se cumplan, no se dan las condiciones para reexaminar las medidas previstas en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT.

Los miembros trabajadores recordaron también que, de conformidad con el informe de la Comisión de Encuesta de 1998, la impunidad con la que los funcionarios del Estado, en particular los militares, tratan a la población civil como fuente ilimitada de trabajadores forzados no remunerados y servidores a su disposición, forma parte de un sistema político que se basa en el uso de la fuerza y la intimidación para denegar al pueblo de Myanmar la democracia y el imperio de la ley, que son prerrequisitos indispensables en la práctica para la supresión del trabajo forzoso en Myanmar. Así pues, manifestaron su preocupación por los alarmantes sucesos de la semana pasada que tuvieron graves consecuencias en la capacidad de la OIT para avanzar en su cooperación con el Gobierno de Myanmar. Contrariamente a lo que viene diciendo el régimen militar, la creciente corriente de información procedente del país indica que se ha iniciado una campaña masiva contra la Liga Nacional para la Democracia (LND) de asesinatos, matanzas y secuestros que se está llevando a cabo, no sólo en la zona en la que tendieron una emboscada a Aung San Suu Kyi, sino que también en muchas zonas alrededor del país. Se cuenta con información fidedigna de que Aung San Suu Kyi fue herida y el hecho de que las autoridades no hayan permitido al CICR o a su propio médico visitarla es muy preocupante. La discusión del trabajo forzoso durante los últimos años, ante la Comisión y el Consejo de Administración, se ha llevado a cabo en el contexto de un clima de reconciliación política y no es casualidad que la puesta en libertad de Aung San Suu Kyi de su arresto domiciliario y el inicio de las conversaciones en un clima de confianza entre el régimen militar y la LND haya coincidido con la discusión del artículo 33 de la resolución. Sin embargo, los sucesos de la semana pasada ensombrecen la discusión. Si el Gobierno quisiera mejorar su credibilidad debería informar a la Comisión cuándo se pondrá en libertad y recibirá atención médica Aung San Suu Kyi; el paradero de los activistas de la LND desaparecidos; cuándo se pondrá fin a esta represión brutal; y si alguna vez se reanudará el proceso de reconciliación política. Hasta que no se ponga fin a estos sucesos, es difícil para los miembros trabajadores vislumbrar cualquier forma de cooperación entre la OIT y el régimen.

En cuanto al acuerdo alcanzado provisionalmente entre el Gobierno y la OIT sobre un Plan de Acción que incluya un memorando de entendimiento sobre un facilitador y un proyecto piloto, manifestó que no es sorprendente, habida cuenta de la larga historia de este caso, que sólo una semana antes del inicio de esta Conferencia, se alcanzó un acuerdo sobre un Plan de Acción. La Comisión ha visto repetirse esta situación muchas veces antes. Sólo unos días antes de la reunión del Consejo de Administración o del inicio de la Conferencia, el Gobierno llega a algún acuerdo con la OIT tras meses de retrasos y subterfugios, vendiendo así este acuerdo como un gran adelanto. Tal y como señaló la Comisión de Expertos, no existen pruebas de que estos acuerdos hayan llevado a un descenso claro del trabajo forzoso. La Federación de Sindicatos de Birmania hace público un informe que subraya 71 nuevos casos de trabajo forzoso. ONG internacionales acreditadas tales como EarthRights International y Forum Asia han publicado también últimamente informes. Y lo que es más importante, la Funcionaria de Enlace ha informado al Consejo de Administración que el trabajo forzoso sigue siendo frecuente en muchas partes del país especialmente en las zonas étnicas y en aquellas zonas con una importante presencia militar. Aunque la Funcionaria de Enlace haya informado de las acusaciones de trabajo forzoso al Gobierno, este último no ha confirmado ninguna de estas alegaciones. Los miembros trabajadores no han olvidado el caso de los siete aldeanos Shan que fueron asesinados supuestamente por quejarse del trabajo forzoso, caso que se ha discutido en numerosas ocasiones en el Consejo de Administración y que sigue estando pendiente. La propuesta del Consejo de Administración de una investigación independiente ha sido rechazada rotundamente por el Gobierno. El hecho es que en pueblos, distritos y grandes zonas del país, el trabajo forzoso no sólo se sigue practicando sino que es una forma de vivir para miles de personas.

El acuerdo provisional sobre un Plan de Acción comprendía siete programas de trabajo relacionados con varias cuestiones sobre la eliminación del trabajo forzoso en el país, incluyendo la difusión de informaciones, programas de sensibilización, el proyecto piloto para la construcción local de carreteras, mejorar la información al público sobre le sistema de presentación de quejas y, por supuesto, el rol del Facilitador. Según indicaron los miembros trabajadores, a pesar de que el proyecto piloto era visto como una expresión concreta de la voluntad del Gobierno de erradicar de forma proactiva el trabajo forzoso, éste era sólo un lugar desde el cual comenzar. El miembro trabajador enfatizó que el compromiso del Gobierno de eliminar el trabajo forzoso en la práctica, es aplicable a todo el país y no sólo al área del proyecto piloto. El Gobierno tiene la obligación de implementar estos programas en todo el país y no solo en la región del proyecto piloto y en especial los programas referidos a la difusión de información, los de sensibilización y los destinados a mejorar la información al público sobre el sistema de presentación de quejas. De la misma manera, está claro que la función del Facilitador de mejorar el acceso de las presuntas víctimas de trabajo forzoso a la justicia va más allá del proyecto piloto y se extiende a todo el país. Es importante subrayar que un objetivo fundamental de estas actividades consiste en aumentar la confianza del pueblo y de las víctimas de trabajo forzoso en particular, en la posibilidad de obtener reparación legal sin sufrir represalias. Hasta ahora no ha habido confianza en la posibilidad de obtener reparación dado que tal práctica continúa vigente, que los militares son los principales autores de la misma y que ha sido más frecuente que sean las víctimas con coraje para quejarse las que sufrieran castigos y no los culpables. No pasó desapercibido el hecho de que no ha habido procesos. El Facilitador en particular pediría a las víctimas que confiaran en él para que pudiera ayudarlas a obtener reparación legal. Y la campaña de sensibilización incluida en el Plan de Acción es un intento deliberado de aumentar las expectativas de la gente en que algo puede y debe hacerse. Los miembros trabajadores preguntaron al Gobierno cómo podría hacerse esto en el actual clima de miedo e intimidación. ¿Puede el Facilitador garantizar de algún modo a las personas que acuden a él que se encontrarán seguros después de los espantosos acontecimientos de la semana pasada? ¿Es posible o ético que la OIT genere expectativas en la población después de lo que ha sucedido? La respuesta a estas preguntas es un rotundo no. No pueden ver ninguna manera de aplicar el Plan de Acción si no se comienza por volver de alguna manera a la normalidad, a un renovado y fortalecido proceso de reconciliación política.

A pesar de que los miembros trabajadores toman nota del Plan de Acción con una saludable dosis de escepticismo, también lo observan con interés. Esperan ansiosamente el día en que pueda comenzar el proceso de aplicación y desempeñar su papel en un control estrecho de los avances. Pero no ven de qué manera tal proceso podría comenzar bajo el actual estado de represión. Respecto de lo que debe hacerse en el futuro, hace pocos días se presentó al Congreso de los Estados Unidos un proyecto legislativo llamado "Ley para la libertad y la democracia en Myanmar", de naturaleza bipartidaria con la finalidad de prohibir todas las importaciones provenientes de Myanmar hacia los Estados Unidos. Esta legislación cita específicamente el llamado realizado por el Director General de la OIT - en respuesta a la resolución adoptada con base en el artículo 33 - a todos los Estados Miembros y mandantes para que revisen su relación con el régimen para asegurar que no contribuyan ni directa ni indirectamente al trabajo forzoso. Muchos otros países están considerando acciones similares. En vista de la ausencia de progresos respecto de la erradicación real del trabajo forzoso después de todos estos años, y a la luz de los últimos acontecimientos ocurridos en el país, ha llegado el momento para que el Director General realice nuevamente su llamado y la refuerce. Y los miembros trabajadores esperan que esta vez los gobiernos respondan de manera mucho más seria.

El párrafo final del informe de la Comisión de Encuesta reveló una serie indescriptible de miseria y sufrimiento, opresión y explotación de amplios sectores de la población de Myanmar por parte del Gobierno, militares y otros funcionarios públicos, un largo relato de las violaciones masivas de los derechos humanos de las cuales el pueblo de Myanmar ha sido víctima desde 1988. En el informe se expresó la esperanza de que, en un futuro cercano, el viejo orden cambiará, dando lugar a uno nuevo en el cual cada uno en Myanmar tendrá la oportunidad de vivir con dignidad humana y de desarrollar sus potencialidades de manera libremente elegida sin estar sometidos ni esclavizados por parte de otros. Esto podrá ocurrir sólo a través de la restauración de la democracia. Los acontecimientos recientes en el país parecen mostrar que el pueblo de Myanmar está hoy tan lejos del objetivo como lo estaba cuando este informe fue escrito, hace cinco años.

Los miembros empleadores recordaron que la utilización del trabajo forzoso por parte de Myanmar era un caso extraordinario que por décadas había constituido una realidad en el país afectando a todos los aspectos de la vida a partir del derecho nacional y de la práctica profundamente enraizados. Se realizaron intensos esfuerzos durante una década a fin de adoptar medidas efectivas para poner fin a esta grave violación del Convenio núm. 29 que es el que tiene la tasa más alta de ratificaciones. Todos los esfuerzos han sido extremadamente difíciles hasta ahora. De acuerdo a la voluminosa información de la Comisión, a través de los años ha habido muchos y pequeños pasos positivos pero también se produjeron numerosos retrocesos. La posición del Gobierno de Myanmar se ha caracterizado durante un largo período de tiempo por el silencio, prefiriendo no escuchar las denuncias y negando la existencia del trabajo forzoso en el país. La cooperación formal surgió sólo recientemente. Las actividades desarrolladas por la OIT desde julio de 1998 hasta mayo de 2002 revelaron las profundamente enraizadas causas legales y prácticas del trabajo forzoso en el país y dieron lugar a un período de cooperación difícil pero intensivo a pesar de que el mismo fue siempre demorado y que tuvo lugar siempre después de que se ejercieran presiones.

Teniendo en cuenta los avances recientes y con referencia al Plan de Acción Conjunto de la Unión de Myanmar y de la OIT, los miembros empleadores subrayaron que este acuerdo fue inicialado pero que todavía no estaba firmado. Recordaron que el acuerdo fue el resultado de grandes esfuerzos realizados por el Facilitador y que fue aprobado por el Consejo de Administración en sus reuniones de noviembre de 2002 y marzo de 2003, agradecieron a la OIT sus esfuerzos al respecto. El acuerdo se refiere a las mismas exigencias básicas que se vienen haciendo desde hace algún tiempo. Primeramente, la ley de aldeas y la ley de ciudades que establecen la base legal para el trabajo forzoso deben ser derogadas y en segundo lugar, se debería adoptar nueva legislación que aboliera el trabajo forzoso, que fuera publicada en todos los idiomas necesarios y que fuera distribuida de modo de crear la sensibilización necesaria. Los decretos casi secretos emitidos han sido inadecuados. Las medidas contempladas en el Plan de Acción deben ser aplicadas desde julio en particular en una región piloto. Al suministrar asistencia técnica, la OIT dio ayuda significativa al Gobierno. Sin embargo, la demanda fundamental de adoptar las disposiciones legales que prohibieran claramente el trabajo forzoso en todo el país no surtieron efecto. Las violaciones a dichas disposiciones tienen que ir acompañadas de sanciones y dichas sanciones deben ser aplicadas de manera imparcial, especialmente cuando aquellos que violan la ley son en muchas ocasiones oficiales de alto rango, militares o de la administración. Las víctimas deben poder presentar sus quejas sin temor de represalias. En este aspecto, la tarea del Facilitador es particularmente importante. En cuanto al proyecto piloto, los miembros empleadores se preguntan de qué modo el Gobierno financiará el reemplazo del trabajo forzoso por trabajadores regulares ya que no ha informado aún sobre las repercusiones presupuestarias de utilizar trabajo regular.

Los miembros empleadores concluyeron que este caso continuaba mostrando dos facetas como en el pasado. Por un lado, el Gobierno anuncia su cooperación formal con la OIT. Desde este punto de vista, la situación es de progreso. Por otro lado, la situación en cuanto a la cuestión más importante del progreso en la abolición del trabajo forzoso era insatisfactoria. El trabajo forzoso en Myanmar no está enraizado en la legislación o en una práctica que se haya escapado de control, sino que forma parte del sistema estatal. Se trata de un fenómeno sistémico del que sufre toda la población. El reciente acuerdo da una luz de esperanza pero por el momento se trata sólo de un acuerdo en el papel que no se ha aplicado en la práctica. Los miembros empleadores expresaron gran preocupación por los acontecimientos recientes. Subrayaron que ya ha habido suficientes discusiones y que era de gran importancia ver resultados concretos tan pronto como sea posible para beneficio del pueblo de Myanmar.

Los miembros empleadores añadieron que son conscientes de la gravedad de la situación que motivó la presente reunión. Señalaron que el caso de Myanmar es uno de los más graves de la historia contemporánea de la OIT y que concierne a la violación del Convenio núm. 29 relativo al trabajo forzoso. Subrayaron su adhesión a los principios del derecho del trabajo que implican la abolición del trabajo forzoso. No hay convivencia productiva que no se base en el respeto de esos derechos. Los Estados deben contribuir a la búsqueda de soluciones y a la aplicación de todos los instrumentos de la OIT para la persecución de estos fines. Por ello no dudaron en la aplicación del artículo 33 de la Constitución de la OIT, hecho que no tenía precedentes en la historia de la OIT. Desde el Consejo de Administración y la Conferencia Internacional del Trabajo, los empleadores seguirán paso a paso este debate y los avances que se realicen, plantearán sus dudas y sus observaciones. Los empleadores celebran los pasos dados que implican una apertura y puesta en marcha del diálogo. Evidentemente estos pasos no son la solución sino simplemente instrumentos para ello. La solución se halla en la aplicación efectiva del Convenio, teniendo como fin la abolición efectiva y total del trabajo forzoso. Debe existir convicción, no sólo presunción de que se ha erradicado completamente el trabajo forzoso y esta constatación debe llevarse a cabo de manera tripartita. Además, no debe haber dudas de que las víctimas del mismo puedan acceder a la justicia, y en ello tendrá un papel importante a cumplir el Facilitador. Los empleadores manifiestan su reconocimiento al Funcionario de Enlace y al nombramiento de un Facilitador así como a la firma de un Plan de Acción. Esto debe ser aplicado en el terreno y en forma inmediata ya que estamos ante violaciones de derechos humanos fundamentales. A partir de la presente reunión de la Conferencia hasta la próxima reunión del Consejo de Administración en noviembre, los empleadores esperan recibir información suficiente que sirva para despejar las dudas. Es importante distinguir entre el instrumento que sirve de herramienta para constatar las violaciones y la realidad. Los hechos de los últimos días tienen un impacto negativo en la realidad del país al igual que en la abolición del trabajo forzoso. Manifestaron la esperanza de que el Plan de Acción se ponga en marcha de modo efectivo y que el mismo instaure un nuevo orden que cambie la actitud del Gobierno.

El miembro gubernamental de Viet Nam, que habló en nombre de los Estados miembros de ASEAN de la OIT, manifestó su gratitud al Director General de la OIT por sus esfuerzos para promover la cooperación con el Gobierno de Myanmar y agradeció la voluntad y el compromiso políticos del Gobierno de observar el Convenio núm. 29, así como su continuada determinación de erradicar el trabajo forzoso en el país. Además, acogió con beneplácito el Plan de Acción Conjunto para la eliminación de las prácticas de trabajo forzoso en Myanmar firmado entre el Gobierno y la OIT. Este importante acuerdo contribuirá en gran medida a ayudar al Gobierno en sus esfuerzos por resolver la cuestión. El Plan de Acción Conjunto y los denodados esfuerzos de la Funcionaria de Enlace de la OIT en Myanmar fomentarán una mayor cooperación entre la OIT y Myanmar por lo que es de suma importancia que la discusión de la Comisión de Aplicación de Normas sobre este tema se lleve a cabo de manera constructiva y paulatina. Manifestó la esperanza de que la aplicación efectiva del Plan de Acción Conjunto ayude a mejorar las condiciones en Myanmar y lleve a una situación que permita a la Conferencia, siguiendo la recomendación del Consejo de Administración, poner fin a las medidas adoptadas contra Myanmar en virtud del artículo 33 de la Constitución de la OIT. Por último, animó al Gobierno y a la OIT a continuar su cooperación hasta que se resuelva totalmente la cuestión.

El miembro gubernamental de Grecia habló en nombre de los países de la Unión Europea, mientras que los países candidatos a ingresar (Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Eslovaquia y Eslovenia), los países asociados (Bulgaria, Rumania y Turquía), Islandia y Noruega se unieron a esta declaración. Subrayó que es esencial establecer procedimientos democráticos genuinos en Birmania-Myanmar que permitan la expresión de la voluntad del pueblo y su bienestar y que la Unión Europea apoya al pueblo en sus esfuerzos por atraer al país justicia y progreso social y por hacer frente a la impunidad, las violaciones a los derechos humanos y la práctica del trabajo forzoso u obligatorio. Asimismo, da su total apoyo a la labor de la OIT y de su Funcionario de Enlace, así como a su empeño en la implementación del Plan de Acción, el cual significa un paso adelante, aun cuando el éxito en su aplicación sea la cuestión capital y respaldó el nombramiento como Facilitador del Sr. Leon de Riedmatten, a quien debería permitírsele operar libremente para ayudar a las víctimas del trabajo forzoso a obtener reparaciones. Sería importante establecer una oficina local en la región piloto para examinar las quejas y prestar asistencia en su presentación. En caso de tener éxito en su implementación durante el período inicial de 18 meses, el Plan de Acción deberá extenderse más allá de la región piloto.

Sin embargo, la Unión Europea lamenta las recientes decisiones de las autoridades de Myanmar, en especial la detención de la Sra. Daw Aung San Suu Kyi y dirigentes de la LND, la clausura de las oficinas de la LND y la suspensión de las actividades universitarias en todo el país y exhorta a las autoridades a que liberen inmediatamente a la Sra. Suu Kyi, y a los dirigentes de su partido, a que autoricen la reapertura de las universidades y de las oficinas de la LND y a que se comprometan constructivamente con el Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas, Sr. Razali. La Unión Europea considera que estos actos son de suma gravedad ya que socavan seriamente el compromiso de las autoridades con el proceso de reconciliación nacional y la creación de una atmósfera que facilite la implementación adecuada del Plan de Acción y ponen de manifiesto la falta de voluntad política para la restauración democrática en el país. La puesta en práctica de acciones creíbles para eliminar el trabajo forzoso se hace muy dificultosa en ausencia de un compromiso firme por parte de las autoridades en cuanto al logro de reformas económicas, sociales y políticas. La Unión Europea nota con preocupación que los recientes acontecimientos políticos reflejan una clara declinación del interés de las autoridades en la búsqueda de la reconciliación nacional y la vuelta a la democracia en el país, como lo demuestran el estancamiento del proceso de reforma política y la ausencia continua de políticas creíbles para hacer frente a la degradación de la situación económica. La cuestión de la reconciliación nacional es de crucial importancia si se quiere poner fin a la imposición del trabajo forzoso u obligatorio. Reviste igual gravedad la negación constante del Gobierno a entablar un diálogo democrático genuino con Daw Aung San Suu Kyi. Asimismo, la estructura y la talla de las fuerzas armadas y su uso por razones de seguridad interna contribuyen significativamente a la incidencia generalizada del trabajo forzoso y a los actos de violencia que lo acompañan. Es también evidente que las fuerzas armadas son las más reacias a cooperar con la OIT.

La Unión Europea llevará a cabo un examen continuo de la situación y responderá con rapidez y proporcionalmente a los acontecimientos en el terreno, sean estos positivos o negativos. Dada la falta de suficiente progreso hasta la fecha, no es apropiado examinar la eliminación de las medidas impuestas bajo el artículo 33 de la Constitución de la OIT. Antes de que tal examen se justifique, la Conferencia y el Consejo de Administración necesitarán evidencias consistentes de que las autoridades han cumplido con las condiciones de la Comisión de Encuesta y han llevado a cabo acciones sostenidas para la eliminación del trabajo forzoso u obligatorio. Entretanto, la cuestión requiere un control riguroso por parte de la OIT.

La miembro gubernamental de Suiza declaró que su Gobierno hace suya la declaración del delegado gubernamental de Grecia, quien habló en nombre de los Estados miembros de la Unión Europea.

El miembro gubernamental de la Jamahiriya Arabe Libia señaló que desde la adopción de la resolución sobre el uso generalizado de trabajo forzoso en Myanmar, de conformidad con el artículo 33 de la Constitución de la OIT, se han realizado varios esfuerzos con la intención de que el Gobierno de Myanmar garantice la aplicación del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29). Se han celebrado distintas reuniones, se han enviado misiones al país, se ha nombrado a un Funcionario de Enlace, se han adoptado medidas administrativas y se han emitido órdenes especiales, divulgadas entre los ministerios y publicadas para familiarizar a la población con la prohibición del trabajo forzoso y facilitarles la presentación de quejas. El Plan de Acción ha sido adoptado y requiere ahora esfuerzos coordinados para que se pueda implementar. Mientras la voluntad política esté presente en Myanmar, como se viene reiterando, la OIT debe continuar proporcionando cooperación técnica para lograr el objetivo último, que es en definitiva la erradicación del trabajo forzoso y la atenuación del sufrimiento de la población de Myanmar. Sostuvo que para poder demostrar las buenas intenciones de todas las partes con la intención de alentar la eliminación del trabajo forzoso en el país, podía ser conveniente la suspensión de la aplicación de la resolución de Myanmar adoptada de conformidad con el artículo 33 de la Constitución.

La miembro gubernamental de los Estados Unidos recordó que la Comisión de Expertos, después de haber examinado toda la información disponible a fines del año pasado, concluyó, una vez más, que ninguna de las tres recomendaciones formuladas por la Comisión de Encuesta en 1998 ha sido implementada. Las leyes de aldeas y de ciudades no han sido enmendadas y las órdenes administrativas relacionadas con el trabajo forzoso no han sido suficientemente difundidas y su divulgación no ha puesto fin a la imposición de trabajo forzoso y al tratamiento cruel que a menudo lo acompaña, en particular, por parte del ejército. Por último, no hay indicios de que los responsables de la imposición de trabajo forzoso hayan sido alguna vez procesados con arreglo a la legislación de Myanmar.

Frente a un informe tan desalentador, el Plan de Acción Conjunto es recibido como un avance. El Gobierno reconoció que el trabajo forzoso es innoble y declaró que llevaría a cabo esfuerzos infatigables para eliminarlo de su país. Los diferentes programas de trabajo, si son implementados de buena fe, deberán contribuir a sensibilizar a los funcionarios públicos, al personal de las fuerzas armadas y a la población en general sobre el problema del trabajo forzoso y el derecho a obtener reparaciones. El acuerdo sobre el Facilitador y la región piloto es de particular importancia porque son elementos que faltaban cuando el Consejo de Administración examinó el Plan en marzo. Debe reconocerse el mérito de la Oficina, y en especial de la Funcionaria de Enlace y su asistente, de haber negociado con éxito estos acuerdos. Asimismo, expresó su gratitud al Sr. Riedmatten por haber aceptado actuar como Facilitador.

Hizo hincapié en la importancia de la implementación del Plan. Durante los próximos dieciocho meses es necesario vigilar rigurosamente toda evidencia de que el Gobierno está realmente comprometido con la estricta imposición de la prohibición del trabajo forzoso en la región piloto y en todo el país. Los diferentes elementos que componen el Plan, incluido, en particular, el rol del Facilitador, deben implementarse con la total cooperación del Gobierno y sin demora. Estuvo de acuerdo en que, como se declara en la conclusión del Plan, la eliminación del trabajo forzoso no puede lograrse de la noche a la mañana y consideró que dentro del período de 18 meses deben y pueden llevarse a cabo progresos concretos. La buena fe en la implementación será la prueba del compromiso del Gobierno.

A este respecto, es imposible ignorar los violentos acontecimientos que tuvieron lugar en Myanmar el 30 de mayo de 2003. Funcionarios de la Embajada de los Estados Unidos en Rangún que visitaron el lugar de los hechos hallaron evidencias de que existió un ataque premeditado instigado por el Gobierno de Myanmar contra Aung San Suu Kyi, una de las más valientes defensoras de los derechos humanos. La versión de los hechos del Gobierno no es creíble y sus acciones hasta el momento sugieren que ha decidido poner fin a los esfuerzos encaminados a lograr la reconciliación nacional. El Gobierno de Myanmar no ha hecho honor a sus compromisos del pasado y sólo resta esperar que demuestre con sus acciones para implementar el Plan de Acción que cumplirá con sus compromisos previos sobre el trabajo forzoso.

El miembro gubernamental de Australia señaló que ya había constancia sobre la posición del Gobierno australiano acerca de las prácticas de trabajo forzoso en Myanmar, no solamente en el contexto de la OIT sino también en su apoyo a las resoluciones de Naciones Unidas emitidas con respecto a Myanmar. Indicó que el Gobierno había prestado atención a las observaciones de la Comisión de Expertos, al informe adicional preparado por la Oficina para la Comisión de la Conferencia y a la declaración del representante del Gobierno sobre el cumplimiento de las obligaciones emanadas del Convenio núm. 29.

Señaló que la Comisión de Expertos había hecho referencia a la falta de avances concretos durante estos ochos años en Myanmar, incluyendo la redacción de una nueva constitución y la modificación de las antiguas normas laborales. Hizo hincapié sobre las manifestaciones reiteradas de decepción mostradas por Australia ante la lentitud del progreso a la hora de tratar el tema del trabajo forzoso, y puso de manifiesto otra vez dicha decepción. Indicó que efectivamente en este contexto, el acuerdo sobre un Plan de Acción Conjunto constituye un avance que merece el apoyo internacional. Este Plan de Acción Conjunto contiene muchos elementos positivos. En concreto, Australia ofreció su apoyo al nombramiento de un Facilitador, a la creación de equipos de observación en el terreno y a la identificación de un proyecto piloto. Son todas medidas bien encaminadas y pidió encarecidamente al Gobierno que extendiera estas actividades a todo el territorio nacional.

Si bien sostiene que la presente Comisión no debe involucrarse en debates políticos, es apropiado de todos modos que los miembros de la Comisión transmitan claramente al Gobierno que los últimos acontecimientos plantean serias dudas acerca de la intención del Gobierno de implementar el Plan de Acción. El Plan de Acción Conjunto, aunque bienvenido, es un logro bastante modesto cuando se compara con todo el trabajo que todavía tiene que llevarse a cabo para eliminar los abusos de derechos humanos en Myanmar. La detención de Aung San Suu Kyi, Secretaria General de la Liga Nacional para la Democracia, y de sus seguidores ha puesto de relieve esta desconfianza durante esta semana. El Gobierno de Australia ha solicitado la puesta en libertad inmediata de Aung San Suu Kyi y ha expresado su preocupación por su integridad. No existe justificación alguna para su detención y ha instado al Gobierno a que la ponga en libertad sin más dilaciones. Agradeció a la Oficina, en concreto a la Funcionaria de Enlace, y a su asistente por sus esfuerzos continuados para ayudar en la eliminación del trabajo forzoso en Myanmar.

La miembro gubernamental de Nueva Zelandia subrayó que su Gobierno había convocado en reiteradas ocasiones al Gobierno de Myanmar a realizar esfuerzos enérgicos y efectivos a fin de cumplir con las obligaciones adquiridas con arreglo al Convenio núm. 29. Su Gobierno recibe con agrado el Plan de Acción Conjunto creíble que se ha elaborado y que incluye, esencialmente, un acuerdo en cuanto al nombramiento de un Facilitador independiente y la designación de una región piloto.

Manifestó, sin embargo, su preocupación por la existencia, en la actualidad, de pocos signos de mejora en cuanto a la eliminación del trabajo forzoso en Myanmar. Si bien el Plan de Acción constituye un paso positivo en la dirección correcta, la prueba determinante sigue siendo el hecho de que las personas sometidas al trabajo forzoso o que sufren amenazas de encontrarse en tal situación puedan experimentar resultados tangibles. Estos resultados deberán alcanzarse mediante un firme compromiso político hacia la erradicación de esta práctica detestable. Convocó nuevamente al Gobierno de Myanmar a otorgar mayor prioridad a esta cuestión. Si bien la puesta en práctica del Plan de Acción es un proceso gradual, el Gobierno de Myanmar debería superar los objetivos fijados habida cuenta del considerable tiempo invertido en el logro de un acuerdo sobre el plan y la larga historia de violaciones a los derechos humanos que dieron lugar al mismo.

Al tiempo que destacó la posición largamente sostenida por su país en cuanto a que los órganos técnicos como la OIT no deberían debatir sobre cuestiones políticas más generales ya que esto puede desmerecer las tareas que le han sido encomendadas, observó que la erradicación del trabajo forzoso en Myanmar no podrá hacerse efectiva en un clima de miedo, en el que se suprima la libertad de expresión. En este contexto, reiteró su condena al nuevo arresto de Daw Aung San Suu Kyi y sus seguidores e instó al Gobierno a ponerlos en libertad en forma inmediata.

El miembro gubernamental de Sri Lanka recibió con agrado los esfuerzos realizados por el Gobierno de Myanmar en cooperación con la OIT para la eliminación del trabajo forzoso. Expresó su confianza en el compromiso de Myanmar en cuanto al cumplimiento de las obligaciones adquiridas con arreglo al Convenio núm. 29. Consideró que el Plan de Acción Conjunto firmado por el Gobierno de Myanmar y la OIT el mes anterior en Yangón constituye un paso positivo hacia la consecución de tal objetivo. A este respecto, los elementos concretos detallados en el Plan de Acción constituyen un adecuado punto de partida. Alentó a Myanmar y a la OIT a trabajar en forma conjunta y expresó la esperanza de que la efectiva aplicación del Plan de Acción llevará a una discusión constructiva sobre el tema en el futuro que tendrá como resultado el retiro de las medidas adoptadas contra Myanmar por la Conferencia.

El miembro gubernamental de la India señaló que su delegación observa con beneplácito que esta cuestión, que ha retenido la atención de la Comisión de la Conferencia y del Consejo de Administración durante algún tiempo, parece estar resolviéndose satisfactoriamente. A este respecto, la Comisión debería expresar su reconocimiento por el acogimiento y la flexibilidad puestos de manifiesto por el Gobierno de Myanmar.

Recordó que en la última reunión del Consejo de Administración, el Presidente, al referirse al Plan de Acción propuesto por el Gobierno de Myanmar, señaló los elementos suplementarios necesarios para hacer frente a las inquietudes expresadas por algunos miembros. Tales inquietudes han sido encaradas y condujeron a la conclusión exitosa del acuerdo entre el Gobierno de Myanmar y la OIT el 27 de mayo de 2003. Junto con el acuerdo oficial sobre el Facilitador, el Plan de Acción Conjunto incluye un proyecto de construcción de carreteras en una región piloto, alternativas al trabajo forzoso e información y campañas de sensibilización sobre el problema.

Su país ha defendido consistentemente la senda de un diálogo constructivo entre la OIT y el Gobierno de Myanmar, lo cual se ha plasmado en resultados concretos. Mencionó pedidos previos en el sentido de prestar a Myanmar la asistencia necesaria con vistas a producir los cambios requeridos sin vincular esta ayuda con el proceso de reformas políticas y económicas.

Como una cuestión de principio, su país apoya la adopción de un enfoque promocional de la OIT en temas que caen dentro de su mandato y no un enfoque de confrontación. La designación de un Funcionario de Enlace de la OIT, el año pasado, con el total apoyo y cooperación del Gobierno de Myanmar es un paso importante en la dirección correcta. El Plan de Acción Conjunto de la OIT y el Gobierno de Myanmar, que se implementará durante un período de 18 meses a partir del 1.º de julio de 2003, es el próximo paso lógico. La OIT prevé suministrar asistencia técnica y apoyo a Myanmar para los proyectos identificados en el Plan de Acción Conjunto. Estos pasos positivos en la dirección correcta implican compromisos, tanto de parte de la OIT como del Gobierno de Myanmar. Estimó que no debería hacerse nada que pudiera poner en peligro esta tendencia positiva. Consideró que la Comisión de la Conferencia debería instar a la OIT y al Gobierno de Myanmar a continuar en esa dirección. En consecuencia, el Plan de Acción Conjunto merece total apoyo.

Un observador representante de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), hablando con la autorización de los funcionarios de la Comisión, insistió en que, a pesar de la negativa del régimen militar, el trabajo forzoso sigue existiendo en Birmania porque el régimen no tiene la voluntad política de cambiar el trato dado a su población. Después de todo el tiempo y los esfuerzos dedicados por la OIT a esta cuestión, las autoridades han acabado con la confianza de la OIT y de la comunidad internacional por las atrocidades cometidas contra Aung San Suu Kyi. En realidad, esta es una prueba de que el régimen militar se basa en la fuerza bruta para resolver los problemas, ya sean económicos, políticos o étnicos. Señaló que antes y durante las visitas de la OIT al país, se puso en práctica un importantísimo plan para asegurarse que toda la población, incluso en las zonas rurales, negasen la existencia de trabajo forzoso. Sin embargo, esta acción demostró que las autoridades estaban preocupadas por la repercusión de las medidas adoptadas por la OIT. No estaban preocupados por los representantes de la Unión Europea, las Naciones Unidas o la Cruz Roja, que no se relacionaron con la población y que apenas tuvieron contacto con la gente. Sin embargo, la OIT estuvo en contacto con la gente y sólo las medidas adoptadas por la OIT podrían erradicar el trabajo forzoso, los traslados obligatorios y las violaciones de los derechos de los trabajadores del país. Declaró por consiguiente que, como parte del proyecto piloto, la OIT debería llevar a cabo visitas de control en cada ciudad para fortalecer la esperanza de la gente. Con referencia a Aung San Suu Kyi, reafirmó que siendo rehén, a los representantes de la Naciones Unidas no se les permitió verla. Por lo tanto, invitó a la OIT y a sus Miembros a tomar medidas enérgicas y concretas para imponer una solución en el país.

El miembro trabajador de los Países Bajos recordó que tras la adopción de la resolución relativa a Myanmar por la Conferencia en 2000, la OIT realizó muy rápidamente un primer esfuerzo para supervisar el seguimiento dado a la misma por los mandantes tripartitos. A fines de 2000, la Oficina había solicitado a los gobiernos y a las organizaciones de empleadores y de trabajadores de los Estados Miembros que indicaran las medidas adoptadas para dar aplicación a la resolución y revisar sus relaciones con Myanmar.

En su país, los sindicatos recibieron con agrado estas medidas y los consideraron un llamado de atención que fomentaría la producción de cambios. Utilizaron el primer informe para presionar al Gobierno de los Países Bajos a fin de que modificara su política relativa a Birmania. Esta acción fue efectiva y, si bien en febrero de 2002 el Gobierno había informado a la OIT que su política era neutral a este respecto, tres meses después ésta se había convertido en una política de contactos "cada vez más desalentador" con Birmania. Sin embargo, tres años después de la adopción de la resolución por la Conferencia, es extraño observar que la OIT no hubiese realizado esfuerzo alguno para repetir esta acción. Lamentó esta falta de actividad y preguntó si existían planes para aplicar un nuevo ciclo de informes y, de ser así, cuándo tendría lugar el mismo. Sugirió que cuando la Oficina preparara este nuevo ciclo de informes incluyera preguntas, no sólo sobre las actividades de los tres mandantes, sino también sobre las actividades tripartitas en el ámbito nacional. Agregó que la Oficina debería alentar igualmente la utilización de importantes instrumentos existentes fuera del ámbito de la OIT para la aplicación de la resolución, en un esfuerzo por incrementar la concienciación de los gobiernos, la comunidad empresarial y los sindicatos. Se refirió, en particular, al Pacto Mundial de las Naciones Unidas y a las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales. Estas últimas han sido utilizadas en su país para alentar a las empresas a contribuir a la eliminación del trabajo forzoso en Birmania, tanto en forma directa como a través del llamado a los socios comerciales en el país anfitrión a respetar el párrafo de las directrices relativo al trabajo forzoso. Se refirió a las quejas que, con arreglo a las directrices de la OCDE, presentaron los sindicatos en los Países Bajos contra una empresa de dragados y algunas agencias de viajes que continuaban operando en Myanmar. Se está preparando otra queja contra una compañía importadora de madera desde Myanmar. Conjuntamente con la Central Sindical de Austria, los sindicatos holandeses consideran la posibilidad de presentar una queja con arreglo a las directrices de la OCDE contra la línea aérea austríaca Lauda Air. En todos estos casos los sindicatos trabajan estrechamente con el Comité Birmano en los Países Bajos. Se explora actualmente la posibilidad de ejercer una acción conjunta con sindicatos de otros países. Convocó por último a todos los gobiernos, empleadores y sindicatos a examinar sus relaciones comerciales con Myanmar.

La miembro trabajadora de Italia lamentó las heridas y la detención de la Sra. Aung San Suu Kyi y la represión a nivel nacional de los movimientos democráticos que hacen muy difícil creer en la intención del Gobierno de aplicar el Plan de Acción recientemente acordado. La cuestión principal es lamentablemente la ausencia confirmada de un deseo real de eliminar lo que podría llamarse uno de los pilares para la supervivencia de la junta militar.

El Embajador de Myanmar declaró ante el Consejo de Administración en noviembre de 2002 que su país estaba en transición luchando para devenir un país moderno, pacífico, próspero y democrático y que la transición debía llevarse a cabo de manera gradual. Debería por lo tanto concentrar su presupuesto y política macroeconómica en el desarrollo social de su pueblo y debería rechazar el trabajo forzoso y las conductas anti democráticas.

Es por lo tanto difícil comprender por qué, en vez de invertir en la eliminación del trabajo forzoso y en la promoción de empleos productivos y decentes, Myanmar duplicó el tamaño de sus fuerzas armadas desde 1988, con un número estimado de 470.667 soldados reclutados forzosamente, que con 77.000 menores de 18 años son amenazados con prisión o que son golpeados brutalmente si se niegan a alistarse o si tratan de escapar. Debe tenerse en cuenta que las fuerzas armadas de Myanmar son hoy en día una de las más grandes del sudeste asiático y que el 49,9 por ciento del gasto público tiene fines militares. Grandes cantidades de armas son importadas desde China, la Federación de Rusia y otros países. Es claro que el trabajo forzoso es esencial para la supervivencia de las fuerzas armadas y que el país no saldrá del círculo vicioso del trabajo forzoso a menos que se comprometa políticamente a revertir esta situación. Por esta razón, es importante que el Plan de Acción se dirija de manera primordial a los comandantes militares, especialmente los regionales, a fin de obligarlos a cambiar sus conductas y métodos de trabajo. Otra forma importante de eliminar el trabajo forzoso es intervenir radicalmente a fin de cambiar la estructura del presupuesto nacional. La difícil situación económica se empeora cada día también debido a la militarización de la economía rural. El trabajo forzoso, la confiscación de tierras, la compra de arroz para la exportación y para el suministro a los funcionarios públicos a precios subsidiados obliga a los granjeros a vender la mayor parte de la cosecha al Gobierno a un precio cuatro a cinco veces menor que el del mercado. Ello, junto con la política orientada a la exportación con el fin del ingreso de divisas, explica la escasez de arroz y el deterioro de las condiciones de salud de los granjeros.

A fin de desarrollar la Unión de grupos económicos de Myanmar y la Corporación Económica de Myanmar que constituyen otro instrumento para la utilización del trabajo forzoso, el Gobierno promovió empresas de turismo y fábricas que exportan a Europa, los Estados Unidos y Canadá. Las empresas conjuntas (Joint-ventures) constituyen el principal apoyo logístico y económico para la organización del régimen militar. Como la propiedad de las empresas por parte de extranjeros está prohibida, todas las inversiones en el país se llevan a cabo a través de empresas conjuntas (Joint-ventures) con los militares.

La resolución de la OIT en aplicación del artículo 33 de la Constitución dio lugar a importantes medidas, tales como, la Posición Común de la Unión Europea. Agradeció a aquellas empresas que retiraron sus inversiones del país, pero lamentó que muchas tenían aún inversiones importantes en el mismo. De acuerdo con Eurostat, desde 1996 los países de la Unión Europea han aumentado más del 500 por ciento sus importaciones provenientes de Myanmar. Dinamarca se encuentra primera en la lista con 3,75 por ciento per capita, seguida de los Países Bajos, el Reino Unido, Bélgica y Francia.

Otras medidas urgentes son necesarias para hacer efectiva la resolución de la OIT. Los Bancos de Desarrollo Multilateral como el ADB, y los gobiernos que financian tales instituciones, como ocurre con el Gobierno italiano, también deben aplicarla y revisar sus políticas y acuerdos suspendiendo su participación y su apoyo técnico y financiero al país a través de programas como el Gran programa subregional de cooperación económica del Mekon.

Llamó al Fondo Mundial de lucha contra el VIH/SIDA, Malaria y Tuberculosis establecido por el G8 en Génova a dejar de lado el proyecto de 17 millones de dólares acordado directamente al régimen militar y lamentó que se haya denegado un programa que habría sido aplicado por organizaciones democráticas de Myanmar.

Los gobiernos europeos y la Unión Europea deberían ir más allá de las medidas adoptadas hasta ahora. Los instó a que adopten medidas económicas y a que impongan una prohibición de inversiones y comercio con Myanmar sobre la base de que todo vínculo comercial o económico ayudará al régimen a perpetuar el trabajo forzoso. Además, hizo un llamamiento a los gobiernos y a la Unión Europea a que aplicaran el artículo XX del GATT que se refiere a las medidas relativas a la protección de la salud y a las medias relativas al producto del trabajo en prisiones. De acuerdo a la respuesta que la OMC diera a la CIOSL en una solicitud de aclaración sobre esta cuestión, los gobiernos podrían adoptar medidas comerciales contra el Gobierno de Myanmar sin temor a represalias.

El miembro gubernamental de Japón subrayó que la posición de su Gobierno siempre había sido y sería la de resolver el problema del trabajo forzoso en Myanmar a través del diálogo y la cooperación. Al respecto, el Gobierno de Japón, en cooperación con la comunidad internacional, desearía continuar cooperando con las partes interesadas a través de un enfoque amplio que incluya la dimensión social, la política y la económica.

En este contexto, se refirió al reciente incidente relativo a la detención de Daw Aung San Suu Kyi y otros miembros de la LND por parte del Gobierno de Myanmar. Su Gobierno considera que este incidente era profundamente lamentable. A través de su continuo compromiso con el Gobierno de Myanmar, Japón ha solicitado persistentemente su inmediata liberación, garantía para sus derechos políticos y la rápida rectificación de la actual situación en Myanmar.

Respecto de la cuestión del trabajo forzoso en Myanmar, expresó su aprecio por los esfuerzos que el Director General y el personal de la OIT realizaban para fortalecer el diálogo y la cooperación con el Gobierno de Myanmar. También elogió el trabajo de la Funcionaria de Enlace a partir de su nombramiento en Yangón.

Expresó su convicción de que revestía la mayor importancia que el Gobierno de Rangún adoptara las medidas apropiadas en respuesta a las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. Al respecto, entendía que la OIT y el Gobierno habían negociado el Plan de Acción para la eliminación del trabajo forzoso, en seguimiento de las recomendaciones del Consejo de Administración en noviembre de 2002. Quería subrayar que el verdadero objetivo de este plan era alentar a las autoridades en sus esfuerzos por asegurar la rápida y efectiva erradicación del trabajo forzoso.

Elogió el acuerdo formal sobre el Facilitador, que tuvo lugar en Ginebra, el 8 de mayo de 2002, y el acuerdo sobre la parte restante del Plan de Acción Conjunto, formalizado en Yangón el 27 de mayo de 2003. Esperaba que, a través de la aplicación del Plan de Acción, primero en áreas piloto y luego a escala nacional, el Gobierno de Myanmar pudiera cumplir con sus obligaciones contraídas en virtud del Convenio núm. 29, dando pasos sustanciales hacia la erradicación del trabajo forzoso en el país.

Alentó al Gobierno de Myanmar a continuar realizando esfuerzos y para dar ejemplo de su compromiso político mediante la firme aplicación del Plan de Acción, y esperaba que la OIT pudiera presentar un informe sobre la cooperación y la implementación del Plan de Acción durante la próxima reunión del Consejo de Administración, de noviembre de 2003. Si este informe fuera positivo, sería posible discutir sobre el aumento de la cooperación entre la OIT y el Gobierno de Myanmar más allá del objetivo de la erradicación del trabajo forzoso.

Un representante trabajador de Senegal observó que las recurrentes discusiones sobre el caso de Myanmar mostraban que a pesar de ciertos progresos observados, el Gobierno birmano se niega a cumplir las recomendaciones que se le han formulado. El rechazo por parte del Gobierno de respetar sus compromisos continúa siendo la causa principal de la falta de eficacia de los procedimientos y de la inmunidad de la que se benefician particularmente los militares. No existen instrucciones específicas y concretas dirigidas a las autoridades civiles y militares, y el Gobierno se limita a aparentar. La interpretación según la conveniencia de las autoridades militares de términos birmanos, tales como "trabajo benévolo" u "ofrecido", es una manera de evadir la orden núm. 01/99 adoptada por el Ministro del Interior. Esta orden ha sido promulgada, pero no establece los tipos de actividad en los que se prohíbe la movilización de mano de obra. El límite entre el trabajo obligatorio y el trabajo voluntario no está claro y se reduce a una cuestión de pago de salario.

Los equipos de observación que operan en el terreno han constatado que los documentos distribuidos están impresos en inglés y en birmano. A pesar de los anuncios realizados por los pregoneros, no se brinda ninguna explicación en las diferentes lenguas étnicas lo que evidencia el escaso interés manifestado hacia estas poblaciones. Asimismo, los habitantes de los pueblos deben cargar con los gastos de las reuniones de información relativos al combustible, los alimentos y las bebidas de los funcionarios del Consejo de Estado para la paz y el desarrollo que los visitan. Los pobladores interrogados afirmaron no haber sido informados de las medidas adoptadas para poner fin al trabajo forzoso. La confusión reinante en la actualidad y el terrorismo del que es víctima la población no propicia la presentación de quejas contra las prácticas de trabajo forzoso. Las autoridades birmanas no han previsto ninguna asignación presupuestaria para hacer frente a la contratación de mano de obra asalariada. Las reformas presupuestarias solicitadas por la misión no han sido efectuadas. En este sentido, la flexibilidad de la agenda de las autoridades podría, en breve plazo, hacerles perder toda credibilidad y privar de toda sustancia al acuerdo oficial sobre la región piloto.

Por último, el miembro trabajador sostuvo que la falta de una verdadera determinación de las autoridades hacia la erradicación del trabajo forzoso, ha perjudicado gravemente la confianza que al parecer había nacido de los acuerdos oficiales sobre el Facilitador y la región piloto.

El miembro trabajador de Pakistán señaló que, aunque acogió con beneplácito la expresión de compromiso del Gobierno de eliminar el trabajo forzoso, estaba consternado por los últimos acontecimientos, y en particular por la detención de Aung San Suu Kyi. Insistió una vez más en que sólo se podría lograr plenamente la eliminación del trabajo forzoso si se respetaran las libertades civiles, tal y como se menciona en la Declaración de Filadelfia. Recordó que la cuestión del trabajo forzoso en el país ha venido siendo examinada por la Comisión de la Conferencia y el Consejo de Administración durante muchos años e instó al Gobierno a prestar atención a las fuertes señales emitidas por la OIT a través de todos sus Estados Miembros. Debido a su fracaso en adoptar medidas adecuadas para enmendar las disposiciones pertinentes de la legislación nacional, el Gobierno infringe el Convenio. Las ordenanzas que ha emitido no se han divulgado plenamente y no se entendieron o cumplieron en el país en general. Además, estas ordenanzas son totalmente inadecuadas. Invitó por consiguiente al Gobierno a aplicar las recomendaciones de la Comisión de Encuesta, el Equipo de Alto Nivel y otros órganos de la OIT a través de la modificación de la legislación que permite el uso del trabajo forzoso y de la adopción de sanciones contra todas esas personas, incluidos los miembros de las fuerzas armadas, que son responsables de su uso. A pesar de acoger con agrado la adopción del Plan de Acción, advirtió que es necesario el seguimiento para su aplicación efectiva. En vista de la importante necesidad de continuar con el desarrollo social en condiciones de libertad, invitó al Gobierno a cumplir con sus obligaciones en relación con los derechos de los trabajadores.

El miembro trabajador de Grecia recordó que la condición de esclavitud a la que se encuentra sometido el pueblo birmano desde hace unos 30 años ha figurado en el orden del día de la Comisión durante doce años. No obstante, sólo se observan progresos en los papeles y, para que los mismos fueran reales, sería necesario que las órdenes que el Gobierno se ha comprometido a adoptar se hubiesen traducido en las lenguas étnicas y difundidas, tal como estaba previsto para el primer trimestre de 2003. Asimismo, deberían haberse publicado en el país en las diversas lenguas étnicas los folletos de información sobre el trabajo forzoso, según la obligación contraída por el Gobierno también para el primer trimestre 2003. Sería necesario, por último que las víctimas de trabajo forzoso pudieran presentar denuncias ante los tribunales. Actualmente, si bien las autoridades pretenden que esta posibilidad existe, la falta de todo elemento relativo a las denuncias, los procedimientos y las sanciones ilustra la verdadera brecha entre la realidad del terreno y el cuadro presentado por las autoridades de Myanmar. Esta contradicción resulta más clara aún frente a las declaraciones del Gobierno efectuadas ante el Consejo de Administración en noviembre de 2002, según las cuales "Myanmar es un país en transición que se esfuerza por transformarse en un Estado democrático moderno, próspero y pacífico". Finalmente, sostuvo que la historia demuestra que los regímenes tiránicos no son eternos y que el estrépito de la caída de los tiranos concuerda con la medida de su crueldad.

Una observadora representante de la Confederación Mundial del Trabajo (CMT), quién habló con autorización de los Funcionarios de la Comisión, declaró que, hasta el momento, ha existido una imposición continua de trabajo forzoso, coordinada por oficiales del ejército de alto rango, en algunas regiones de Myanmar. En muchas aldeas, los mismos habitantes llevan a cabo la construcción y reparación de carreteras bajo las órdenes del comando militar, a través del intendente de la aldea. Se exige a los habitantes de las aldeas la realización de trabajos pesados y el suministro de sus propias herramientas y comida. Se los obliga a trabajar un determinado número de días sin pago alguno y en el caso en que no terminen su trabajo, se les imponen multas. Asimismo, se exige este tipo de trabajo en la construcción de estaciones militares. Se impone a los prisioneros la realización de trabajos pesados, tal como acarreo de miles de baldes de agua por día, servicios de carga para batallones de soldados y transporte de arroz y botellas de ron de un peso de 30 kilos, así como de provisiones y municiones militares para los campamentos militares cercanos. Dado que los prisioneros no están bien alimentados, levantan con dificultad las pesadas cargas y por esa razón son golpeados por los soldados.

Se obliga a los agricultores que laboran sus propios campos a trabajar en los arrozales del gobierno volviendo improductiva su propia tierra y perdiendo la oportunidad de tener su propia cosecha. Debido a que son dejados sin medios de supervivencia se ha producido un aumento del flujo de refugiados hacia Tailandia, el país vecino.

En referencia al Convenio núm. 87, indicó que un importante número de violaciones a los derechos humanos está vinculado con la libertad sindical. Existe una ostensible negación de la libertad de reunión, asociación y expresión. El marco legal de Myanmar disuade, e incluso prohíbe, cualquier acción legítima encaminada a establecer organizaciones independientes y en buen funcionamiento, representativas de los trabajadores en el país. Cualquier persona que invoque la ley desafiando al poder arbitrario debe enfrentar el arresto, la violencia, y posiblemente, la muerte.

La situación en Myanmar está afectando gravemente a la región. Es inhumano e injusto privar a la población de Myanmar de sus libertades y derechos humanos. Mientras la mayoría de los países de la región están evolucionando hacia la democracia, Myanmar no ha mejorado económicamente desde la crisis asiática y la diseminación del SARS en la región. Las cuestiones de la inmigración ilegal de trabajadores de Myanmar y el aumento de refugiados de ese país agravan significativamente el problema.

Destacó que para que Myanmar cumpla con sus responsabilidades frente a los ciudadanos, debe ofrecerles mayores oportunidades de trabajo, desviando su distribución presupuestaria hacia actividades generadoras de ingreso en vez de suministrar la mayor parte de sus recursos financieros a los militares. De este modo, los habitantes de Myanmar dejarán de recurrir a los países cercanos en busca de trabajo y la cuestión de la migración ilegal quedará resuelta.

El miembro trabajador de Japón señaló que, a pesar de las promesas del Gobierno, el trabajo forzoso es una práctica extendida hoy en día. Requirió al Gobierno que aplicara las exigencias el párrafo 47 del Informe de la Comisión de Expertos, incluyendo la modificación de las leyes de aldeas y de ciudades y la orden núm. 1/99 y su orden complementaria.

Señaló que, con arreglo a la resolución adoptada por la Conferencia en 2002, los Estados Miembros deberían revisar sus relaciones con el Gobierno de Myanmar y no ofrecerle ningún tipo de prerrogativas para así impedir que se continué la práctica del trabajo forzoso. Indicó que las sanciones serían más efectivas si todos los Estados Miembros se unieran para presionar a Myanmar. Desgraciadamente, en la práctica, varios países y algunas multinacionales apoyaban al Gobierno financiera y políticamente. No negó que la inversión extranjera pudiera abrir la sociedad e introducir cambios democráticos en algunos países, pero ese no es el caso de Myanmar. La inversión directa extranjera en el país tiene que realizarse mediante empresas conjuntas (joint ventures) con el régimen militar. Según establece la ley, los honorarios y beneficios de las inversiones recaen directamente sobre los generales del régimen militar. Según el Informe de la Unidad de Inteligencia Económica, la inversión extranjera entre 1988 y 2000, excepto durante la crisis financiera asiática, creció a un ritmo constante de 56 millones a 1.352 millones de dólares de los Estados Unidos. Esto se debe, en buena medida, a que la mayor parte de los inversores en Myanmar son países asiáticos, por ejemplo, Singapur, Tailandia, Malasia e Indonesia. A finales de marzo de 2001, inversores extranjeros de 25 países se habían involucrado en 322 proyectos en 11 sectores de la economía, ascendiendo a un total de 7.395 millones dólares de los Estados Unidos. Lo más importante es que la inversión está incrementándose considerablemente, incluso ahora, a pesar de la resolución de la OIT.

Los diez inversores extranjeros principales, la mayoría de los cuales son empresas multinacionales son originarias de Singapur, Reino Unido, Tailandia, Malasia, Estados Unidos, Francia, Indonesia, Países Bajos, Japón y Corea del Sur. Señaló que su Gobierno, como uno de aquellos que apoya a Myanmar económica y políticamente, no cumple sus responsabilidades con respecto a su democratización. Mencionó que China estaba situada en el puesto núm. 15 con 61 millones de dólares y que no podía eludir la responsabilidad política de apoyar al régimen militar de Birmania. No existe duda alguna de que este tipo de apoyos financieros y políticos contribuyen a que sobreviva el régimen militar de Myanmar y a que siga oprimiendo a su población. Exigió a los representantes de los gobiernos de estos países y a los grupos de los empleadores que no siguieran ofreciendo ningún tipo de ayudas al régimen militar de Myanmar.

El miembro trabajador de Malasia recordó que en reiteradas oportunidades había abordado sobre la cuestión del trabajo forzoso en Myanmar ante el Consejo de Administración. En cuanto a las promesas formuladas por el representante gubernamental ante el Consejo de Administración, subrayó que, en realidad, no se había hecho nada en los últimos cinco años. Sin embargo, el Gobierno formula promesas una vez más. Recordó que el Gobierno no había respondido a las numerosas preguntas planteadas por el Consejo de Administración en noviembre de 2002, en particular en lo relativo al asesinato de siete personas y a las acciones emprendidas para encontrar y sancionar a los responsables. En cuanto a los derechos humanos, indicó que los ciudadanos de Myanmar llevan muchos años esperando ver la luz al final del túnel y que no tiene sentido continuar escuchando promesas vacías. Es tiempo de que el Gobierno acepte su responsabilidad y ponga en práctica las recomendaciones de la Comisión de Encuesta. No obstante, todavía no se han modificado la ley de las aldeas y la ley de las ciudades. Hizo un llamamiento al Consejo de Administración para que estableciera un comité que diera un seguimiento a la aplicación de las recomendaciones de la Comisión de Encuesta.

El miembro trabajador de Canadá manifestó su frustración y enfado por la intolerable situación del trabajo forzoso en Myanmar. Hizo referencia a los acontecimientos ocurridos desde la última Conferencia tal y como se subrayan en el documento D.5. Se nombró a una Funcionaria de Enlace, y se preparó a último momento un Plan de Acción que abarca un proyecto piloto y un mecanismo denominado facilitador para ayudar a las víctimas del trabajo forzoso a tratar de obtener reparaciones. De hecho, el 29 de mayo de 2003, tal y como figura en la memoria, se manifestó con satisfacción el haber logrado al final este nivel de progreso. Desafortunadamente, el último ataque cerca de una mina de cobre apenas unas horas después de la reunión de la Funcionaria de Enlace con el General Khin Nyunt marca claramente el desafío que representa el deber cumplir con el Plan de Acción. En primer lugar, se prevé que el Plan de Acción se aplique por un período superior a 18 meses. La cuestión estriba en qué garantía tiene la Comisión de la Conferencia de que las autoridades de Myanmar no utilizarán este período para continuar sus ataques contra la oposición democrática mientras que se reivindica el cumplimiento del Plan, cuestionándose el marco temporal. En segundo lugar, con respecto al mecanismo de formulación de quejas por parte de aquellos que habían sido objeto del trabajo forzoso o de aquellos cuyos derechos habían sido violados, en las circunstancias actuales de Myanmar, es dudoso que muchas personas traten de obtener reparaciones, haciendo que la campaña de sensibilización resulte ineficaz. En tercer lugar, aunque el ámbito, la composición y las funciones de los equipos de observación externos se expliquen detalladamente cualquier función específica del Facilitador sigue sin definirse completamente. No cabe pensar que en dichas circunstancias y a falta de la independencia claramente reconocida del Facilitador, pudiera contemplarse un mecanismo eficaz.

Manifestó su gratitud por los esfuerzos realizados por el Director General de la OIT, por la Funcionaria de Enlace. Desgraciadamente, los sucesos de la última semana sirven para recordar abrumadora e inconsolablemente que estos desafíos no pueden superarse en el presente contexto. Señaló que los ataques de la última semana ocurrieron cerca de una gran mina de cobre explotada por una polémica compañía minera canadiense "Minas Ivanhoe", que trata enérgicamente de aumentar sus ingresos en Myanmar y seguir así aprovechándose directa o indirectamente de la existencia del trabajo forzoso. En realidad, Canadá se ha convertido en el tercer inversor más grande de Myanmar.

Indicó que lamentablemente el Plan de Acción Conjunta debería posponerse hasta que la Comisión de la Conferencia estuviese satisfecha con el compromiso de las autoridades de Myanmar de estar a la altura de sus obligaciones internacionales. Hasta entonces, las visitas con regularidad de los miembros de la Comisión y del Consejo de Administración deberían considerarse como un medio de control permanente de la situación en el terreno.

El miembro trabajador de la India elogió al Director General y a la Oficina por la adopción de una política de acción considerada, calculada y persuasiva para la eliminación del trabajo forzoso en el país y acogió la actitud de cooperación del Gobierno. Resaltó cómo el trabajo forzoso donde quiera que se dé, es una maldición para la humanidad y tiene que lograrse su erradicación lo antes posible. En cualquiera de los casos, es necesario que el tema se encuadre en un contexto histórico de colonización de los países afectados. Myanmar ha perdido sus vocaciones tradicionales, comercio, cultura y sistema de valores, junto con una gran riqueza y esta luchando por sobrevivir. Señaló que es la esencia de la democracia y que es necesario abarcar la diversidad para lograr la unidad. Indicó que mientras la supervivencia de los más fuertes forma parte de la ley de la selva, en el mundo civilizado se necesitan las leyes y es responsabilidad de los más capacitados la supervivencia de los más débiles. Por lo tanto, solicitó a la OIT que tomara todas las medidas que estén a su disposición para concienciar, educar y asistir a las autoridades y a la población de Myanmar para que se elimine el trabajo forzoso. Sin embargo advirtió que requerirá un cambio en la actitud nacional que sólo se conseguiría mediante una educación prudente.

El miembro gubernamental de Bangladesh elogió a la OIT por sus esfuerzos constructivos para tratar la situación de trabajo forzoso en cooperación con el Gobierno. Acogió el Plan de Acción del Gobierno y el compromiso expresado por parte del mismo de erradicar el trabajo forzoso, mostrando su creencia de que el compromiso adquirido con la OIT es la forma más efectiva de tratar la cuestión. Expresó sus deseos de que las medidas que se acordasen generaran un importante impulso para continuar con una cooperación constructiva.

El miembro gubernamental de Brasil señaló la importancia acordada por su país a la erradicación del trabajo forzoso y al respeto de los derechos humanos. En cuanto a la cuestión del trabajo forzoso en Myanmar, manifestó que la misma genera una reacción de cooperación y celebró la firma del Plan de Acción entre el Gobierno y la OIT. Subrayó que las medidas expuestas, sobre todo la designación de un Facilitador, pueden dar lugar a una mayor promoción de un clima de diálogo y cooperación. Manifestó la esperanza de que ello dé lugar a un cambio en el país en el futuro. Por otra parte, no puede dejar de señalar su preocupación por los acontecimientos recientes y expresó la esperanza de que los mismos no dificulten la aplicación de las disposiciones encaminadas a la erradicación del trabajo forzoso.

El miembro gubernamental de Canadá lamentó que en un momento tan doloroso y trágico para la historia de Myanmar, fuera necesario poner en duda la voluntad del Gobierno a la hora de respetar los derechos humanos reconocidos, incluyendo los derechos de los trabajadores, en concreto el derecho a no realizar trabajos forzosos. En el Consejo de Administración celebrado en marzo, su Gobierno había recibido con cautela el anuncio de las autoridades de un compromiso renovado ante el nombramiento del Facilitador para asistir a las víctimas del trabajo forzoso en la presentación de quejas en un ambiente seguro, tal y como plantea el Plan de Acción desarrollado por el Gobierno y la OIT. Agradeció a la Oficina y al Funcionario de Enlace en particular los esfuerzos en la elaboración de un Plan de Acción más coherente que el que originariamente presentaron las autoridades. El Plan de Acción presenta en la actualidad alternativas concretas al uso del trabajo forzoso en el país y hace hincapié en la necesidad de erradicar esta práctica atroz. En concreto, acogió con agrado el nombramiento del Sr. De Riedmatten como Facilitador e hizo hincapié en la necesidad de que éste pudiera actuar libremente para ayudar a las víctimas que buscan el resarcimiento. Es imprescindible que las autoridades cooperen y realicen todos los esfuerzos necesarios para asegurar que el Plan de Acción se aplique de la forma más rápida y eficaz posible.

No obstante, lamentó que, pese a la condena por parte de la comunidad internacional del trabajo forzoso y a las medidas adoptadas por la OIT, el Gobierno no hubiese adoptado las medidas necesarias para alcanzar resultados concretos. El informe de la Comisión de Expertos no ofrece demasiado optimismo y recordó que las promesas hechas con anterioridad han caído en el vacío. Tampoco se ha cumplido ninguna de las recomendaciones efectuadas por la Comisión de Encuesta. En ausencia de tales acciones es difícil saber si efectivamente un plan de acción es la medida más adecuada. Las serias dudas acerca del compromiso político se suman a la falta de evidencia alguna de un compromiso genuino sobre la reconciliación nacional o de una transición democrática. En otras palabras, todavía es necesario que se establezca un ambiente favorable para que se pueda aplicar el Plan de Acción. Por lo tanto, pidió a las autoridades que comenzaran a entablar un diálogo sustancial sobre la reconciliación nacional, que se desarrollaran las medidas que ya se habían acordado en el pasado y que se aplicara el Plan de Acción en su totalidad. Por último, se unió a otros miembros para solicitar la puesta en libertad inmediata de Aung San Sun Kyi y de otros representantes oficiales del partido LND que habían sido detenidos.

La miembro gubernamental de la República de Corea expresó su agrado por los progresos realizados por el Gobierno de Myanmar, incluyendo el nombramiento de la Funcionaria de Enlace, el desarrollo del Plan de Acción y los acuerdos adoptados acerca del Facilitador y la región piloto. Subrayó la significación del papel del Facilitador para buscar reparación para las víctimas que hubieran estado o continuaran estando sujetas a trabajo forzoso. Asimismo, expresó su esperanza en que el Gobierno siga proporcionando su pleno apoyo y su cooperación con la OIT y dé respuestas creíbles y efectivas a las recomendaciones de la OIT. Hizo un llamamiento a la OIT para que ayudara y facilitara la tarea del Gobierno en sus esfuerzos para realizar progresos concretos.

Manifestó que todos los derechos humanos están interrelacionados y son indivisibles. Al respecto, recordó que la Comisión había reconocido la necesidad de tratar los asuntos importantes que caen dentro del mandato de la OIT de una manera integrada. Por consiguiente, cree que el establecimiento de un Gobierno genuinamente democrático en Myanmar es esencial para la realización de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. No obstante, expresó su preocupación por el reciente arresto de Aung San Suu Kyi, y de sus colegas de la LND y por la clausura de los locales de la LND. Pidió su liberación inmediata y la pronta normalización de las actividades de la LND. Finalmente, manifestó su esperanza de que el Gobierno respete plenamente los derechos humanos y los principios democráticos, y que aumente aún su cooperación con la comunidad internacional y sus esfuerzos para mejorar la situación en el país, incluyendo la erradicación de las prácticas de trabajo forzoso.

El miembro gubernamental de Namibia reafirmó que la situación del trabajo forzoso en Myanmar es indudablemente un tema serio y polémico que lleva en la agenda de la OIT mucho tiempo. Destacó cómo se han realizado acciones positivas para proporcionar una asistencia técnica estructurada, responsable y objetiva. Mostró su satisfacción ante el nombramiento del Funcionario de Enlace y del Facilitador y la adopción del Plan de Acción, y exhortó a la OIT a que continuara su excelente trabajo. Sin embargo, señaló que efectivamente la parte más difícil, la aplicación del Plan de Acción, todavía está por realizarse y solicitó al Gobierno que prestase toda la asistencia y la cooperación necesarias para la consecución del mismo.

Un observador de la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT) indicó que esta organización conocida como red de las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales debe actuar en virtud del trabajo forzoso en Myanmar de manera que los medios utilizados para imponer esta forma de servidumbre son, a saber, las torturas físicas y morales, la violación de mujeres y las ejecuciones sumarias. La Comisión de la Conferencia evocó el año pasado asesinatos de víctimas de trabajo forzoso en el distrito de Shan, sin que se haya llevado a cabo ninguna investigación seria. El Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha calificado de poco convincente y creíble el seguimiento dado por el Gobierno a esta cuestión.

Si es cierto que, en un plano formal, se observan avances en cuanto a la abolición en los textos del trabajo forzoso, el establecimiento de un Plan de Acción Conjunto y también el nombramiento de un Facilitador, no conviene perder de vista en los hechos la verdadera interpretación de estas intenciones La actualidad reciente se ve marcada por una nueva ola de represión política, arrestos de miembros de la oposición y masacres, que aparecen justo después de mostrar a la comunidad internacional algunos signos de apertura. Ante estos cambios, es evidente que el Facilitador deberá tomar todas las precauciones posibles y que cabe interrogarse sobre las garantías ofrecidas a las víctimas que deseen denunciar estos actos reprochables. Un informe de encuesta de la organización EarthRight International y además la experiencia demostrada por la Comisión de Derechos Humanos ponen de manifiesto hasta qué punto estas garantías pueden ser insuficientes.

La amplitud del fenómeno del trabajo forzoso en Myanmar es conocido por todo el mundo. Un órgano del Gobierno de los Estados Unidos evalúa en una cifra que se sitúa entre 100.000 y quizás millones el número de personas víctimas de estas prácticas. Cabe la duda de que un régimen basado en la reducción a la servidumbre de la población pueda sinceramente desear la reforma de su sistema. Cabe dudar también que podría ser elegido si hubiera elecciones libres. En este sentido, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas recordó que la voluntad del pueblo de Myanmar quedó claramente expresada en las elecciones de 1990. Los objetivos perseguidos por la OIT (eliminación del trabajo forzoso) y por las Naciones Unidas (restablecimiento de los derechos humanos) pasan necesariamente por el regreso a la democracia en este país.

El miembro gubernamental del Japón, en el ejercicio de su derecho a responder las críticas suscitadas con respecto a la ayuda económica prevista por su país a Myanmar, insistió en que dicha ayuda fue brindada únicamente para sufragar las necesidades reales de la gente en los ámbitos de la salud, la educación y el desarrollo humano. Es importante que el verdadero objetivo de esta ayuda no se malinterprete. Además, manifestó su sorpresa por las acusaciones a su Gobierno de participar en el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH/SIDA, el Paludismo y la Tuberculosis e hizo hincapié en que es necesario adoptar medidas para luchar contra estas enfermedades donde quiera que se declaren.

El Director Ejecutivo del Sector de Normas y Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo, en respuesta a la pregunta formulada por el miembro trabajador de los Países Bajos sobre si el Director General había o no escrito a los Estados Miembros sobre las medidas que hubieran adoptado en relación con Myanmar, recordó que el Director General tomó tales medidas en base a las recomendaciones del Consejo de Administración. Por consiguiente, había escrito a los Estados Miembros en seguimiento de una decisión del Consejo de Administración en noviembre de 2000, y había informado al Consejo de Administración, en marzo de 2001, sobre las informaciones recibidas en respuesta a su llamamiento. La posibilidad de reactivar esta medida de acuerdo con la resolución adoptada en virtud del artículo 33 había sido planteada en el Consejo de Administración en marzo de 2003, a pesar de que el Presidente del Consejo de Administración había señalado entonces que el Consejo de Administración no consideraba que el Director General debiera adoptar tal medida en ese momento.

El representante gubernamental manifestó haber escuchado con gran interés las declaraciones y los comentarios, y agradeció sinceramente a los numerosos oradores que acogieron con aprecio el Plan de Acción acordado entre el Gobierno y la OIT. En particular, expresó su profunda gratitud a los países de la ASEAN y a los miembros gubernamentales que hicieron declaraciones positivas en apoyo de su Gobierno. En consecuencia, concluyó que, a pesar de algunos comentarios críticos sobre cuestiones superfluas, existe una impresión general de aprobación en la Comisión, que acogió con beneplácito el Plan de Acción y la actual cooperación entre el Gobierno y la OIT. Recordó a los oradores que expresaron puntos de vista pesimistas que el Plan de Acción es un acuerdo hito que hubiera sido impensable seis meses atrás. Es el mejor logro posible y cumple con los requisitos establecidos por el Consejo de Administración. Es evidente que su implementación es de importancia crucial y su Gobierno se compromete en su aplicación efectiva con vistas a crear condiciones positivas que culminen en la eliminación del trabajo forzoso en el país.

No obstante, el orador lamentó que el observador de la CIOSL, Sr. Maung Maung, cuyos antecedentes en actividades ilegales, incluido el terrorismo, hacen inadecuada su intervención en la Conferencia, pronunciara un discurso tan abusivo. Declaró también que Maung Maung (a) Pyi Thit Nyunt Wai no era más que un criminal y un fugitivo de la justicia y un terrorista. Sus actividades criminales incluían, por ejemplo, su implicación en un atentado terrorista abortado de ataques con bomba en Yangón, en 1997.

Lamentó también que algunos oradores hicieran referencia a los sucesos políticos recientes en su país, lo cual sólo sirve para desviar el tema central de discusión. En su opinión, no existe ningún vínculo entre la política y la observación del Convenio por parte de su país. La OIT se ocupa de temas laborales y no de cuestiones políticas o de derechos humanos. Sin embargo, dado que se planteó la cuestión, sintió la necesidad aunque con cierta reticencia de responder a las observaciones realizadas. A este respecto, recordó que su Gobierno realizó esfuerzos de reconciliación nacional desde el advenimiento del Consejo de Paz y Desarrollo del Estado. Tales esfuerzos dieron frutos y, como parte de la transición a la democracia, el Gobierno está autorizando a los partidos políticos legales, incluida la Liga Nacional para la Democracia (LND), a expandir sus actividades políticas. Desde el levantamiento de las restricciones en mayo de 2002, Aung San Suu Kyi tiene autorización para trasladarse libremente de un punto a otro del país y para emprender un amplio abanico de actividades políticas, incluida la reunión de personas, diplomáticos extranjeros y medios de comunicación internacionales y la apertura de las oficinas del partido LND en todo el país. Aunque Aung San Suu Kyi tiene libertad de emprender actividades políticas normales, se ha acordado celebrar consultas previas concernientes a sus planes de viaje. No obstante, los miembros militantes de la LND se han vuelto ilegales y sus actividades han ocasionado disturbios y tumultos. Expresó el deseo de que la democracia sea disciplinada, aunque señaló que las prácticas de los miembros militantes de la LND son muy distintas de las prácticas democráticas normales. Citó los casos de disturbios e incluso los heridos ocasionados por el desfile de vehículos de Aung San Suu Kyi. Subrayó que, de haber sido Daw Aung San Suu Kyi lo suficientemente prudente y sagaz, podría haber superado todos esos problemas. Era, sin embargo, evidente que había habido premeditación de parte de Daw Aung San Suu Kyi, y no de parte del Gobierno. Frente a estos acontecimientos, las autoridades se vieron obligadas a controlar la situación y a tomar medidas temporales para ofrecer protección a Aung San Suu Kyi y a algunos de los miembros militantes de su partido. Destacó que estas medidas eran temporales y dio garantías de que Aung San Suu Kyi estaba sana y salva. Manifestó que no había tenido siquiera un rasguño.

Por último, reafirmó que su Gobierno continuará su política de reconciliación nacional y de transición a la democracia de forma sistemática y paulatina. Recordó también la determinación y el compromiso de su Gobierno en la resolución de la cuestión del trabajo forzoso y la implementación del Plan de Acción.

Los miembros trabajadores protestaron firmemente contra las acusaciones realizadas respecto del Sr. Maung Maung por el Embajador de Myanmar. Sostuvieron que sus declaraciones eran falsas y que otras autoridades, en particular las autoridades tailandesas, habían reconocido el carácter erróneo de las mismas. El método utilizado no es nuevo y a servido a menudo para impedir la aplicación del Convenio núm. 87. Los miembros trabajadores indicaron que, luego de los hechos ocurridos en la semana anterior, cabía preguntarse quiénes eran realmente los terroristas.

Los miembros empleadores señalaron que la discusión había sido larga, seria y muy necesaria, y que un cierto grado de acuerdo poco común se había alcanzado en el tema que se discutía. El Gobierno debe tomar nota de esto y asegurar que sus esfuerzos futuros son mayores que los realizados en el pasado. Son necesarias medidas urgentes para aplicar el Plan de Acción. En la práctica, ello requiere medidas casi revolucionarias, ya que el trabajo forzoso forma parte del sistema del país y no existe una separación de poderes en el Estado. Por lo tanto, se requiere que el Gobierno realice un esfuerzo extraordinario para asegurar que su población disfrute del derecho fundamental a la libertad. Sin embrago, será un gran contratiempo que no se ejecuten las medidas prácticas acordadas recientemente. Se espera que el Gobierno reconozca que está en una encrucijada decisiva y que un país que se niega a cumplir sus obligaciones internacionales se enfrenta al aislamiento de la comunidad internacional, con todas las consecuencias que ello supone para su población. Los miembros empleadores mostraron su esperanza de que el Gobierno tomará conciencia de la situación y adoptará un enfoque responsable adoptando medidas concretas.

Los miembros trabajadores declararon que no deseaban repetir el análisis del caso ni las observaciones de los expertos que ya habían aportado numerosos argumentos indiscutibles. Reiteraron su principal constatación en cuanto a que el Gobierno de Myanmar nunca realiza actos concretos luego de sus afirmaciones de buenas intenciones. El Plan de Acción Conjunto podría demostrar sus buenas intenciones, pero la puesta en práctica del mismo se ve completamente perjudicada por adelantado en razón de los hechos ocurridos durante la semana anterior. A fin de que este Plan de Acción, en sí mismo positivo, sea creíble, se requieren al menos tres elementos. El Gobierno debe poner en libertad sin demora a la Sra. Aung San Suu Kyi y las demás personas detenidas; permitir una vida democrática en el país y mantener un diálogo constructivo con los representantes de la OIT.

Por último, los miembros trabajadores solicitaron a la OIT y al Director General que reiteraran y reforzaran el llamamiento efectuado en 2002 mediante el que se solicita a los mandantes de la Organización que informen a la Oficina sobre las medidas adoptadas para ayudar a la erradicación del trabajo forzoso en Myanmar.

El representante gubernamental lamentó que algunas de las conclusiones de la Comisión fueran incorrectas. Señaló que los recientes desarrollos políticos del país no tenían relevancia con el asunto que se discutía y prefirió no pronunciarse al respecto.

El miembro de los trabajadores de los Países Bajos, aunque plenamente de acuerdo con la positiva posición de los miembros trabajadores con miras a la conclusión, destacó que las últimas conclusiones eran muy débiles en lo que respecta al punto en el que se informa acerca de la aplicación de la Resolución de la OIT de junio de 2000 que él había planteado.

(no reproducido:

B. OBSERVACIÓN DE LA COMISIÓN DE EXPERTOS EN APLICACIÓN DE CONVENIOS Y RECOMENDACIONES RELATIVA A LA OBSERVANCIA POR MYANMAR DEL CONVENIO SOBRE EL TRABAJO FORZOSO, 1930 (NÚM.29)

Documento D.5

Breve resumen de acontecimientos ocurridos desde junio de 2002

Acontecimientos ocurridos desde la 286.a reunión (marzo de 2003) del Consejo de Administración

Apéndice: Plan de Acción Conjunto del Gobierno de la Unión de Myanmar y de la OIT para la eliminación de las prácticas de trabajo forzoso en Myanmar

Anexos

Documento D.6

Acontecimientos relacionados con la cuestión de la observancia por el Gobierno de Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) (documentos del Consejo de Administración GB.285/4, GB.285/4(Add.) y GB.285/4(Add.2)

Extractos del documento GB.285/PV: Actas de la discusión sobre los acontecimientos relacionados con la cuestión de la observancia por el Gobierno de Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), que tuvo lugar durante la 285.a reunión (noviembre de 2002) del Consejo de Administración

Acontecimientos relacionados con la cuestión de la observancia por el Gobierno de Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) (documentos del Consejo de Administración GB.286/6, GB.286/6/1, GB.286/6/1(Add.) y GB.286/6/1(Add.2)

Extractos del documento GB.286/PV: Actas de la discusión sobre los acontecimientos relacionados con la cuestión de la observancia por el Gobierno de Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), que tuvo lugar durante la 286.a reunión (marzo de 2003) del Consejo de Administración

El debate de la Comisión tuvo lugar en un momento en el que la comunidad internacional está gravemente preocupada por los hechos ocurridos en Myanmar, concretamente la detención incomunicada de la dirección de la Liga Nacional por la Democracia y en particular de su Secretaria General, Daw Aung San Suu Kyi, y el asesinato y la desaparición alegados de un número indeterminado de personas. A este respecto, numerosos oradores expresaron su preocupación en cuanto a la situación personal de Daw Aung San Suu Kyi y solicitaron que sea puesta en libertad sin demora. Estos hechos, así como el clima de miedo e incertidumbre que los mismos provocan, ponen gravemente en duda la voluntad y la capacidad de las autoridades para efectuar progresos significativos en la eliminación del trabajo forzoso. La Comisión pidió al representante del Gobierno que transmitiera al mismo su profunda preocupación.

En su observación, la Comisión de Expertos ha señalado que aún no se ha dado cumplimiento a las tres recomendaciones de la Comisión de Encuesta: la ley de las aldeas y la ley de las ciudades todavía no han sido modificadas, no obstante lo cual, la orden núm. 1 de 1999 y su orden complementaria podrían, en caso de ser aplicadas de buena fe, suministrar un fundamento jurídico suficiente para garantizar el respeto del Convenio; todavía no se han adoptado medidas para eliminar la imposición del trabajo forzoso en la práctica, tales como instrucciones específicas y concretas para las autoridades civiles y militares y disposiciones presupuestarias que permitan sustituir efectivamente el recurso al trabajo forzoso y no pago; y tampoco se ha iniciado ningún proceso judicial ni se ha impuesto sanción penal alguna en contra de las personas responsables de imponer el trabajo forzoso.

La Comisión tomó nota de la declaración del representante del Gobierno, así como de las demás informaciones y documentos puestos a su disposición. La Comisión tomó nota con agrado de la cooperación del Gobierno con la Funcionaria de Enlace de la OIT en Myanmar, desde su llegada en octubre de 2002. Observó, sin embargo, que las medidas adoptadas por el Gobierno para dar a conocer ampliamente la orden núm. 1 de 1999 y su ordenanza complementaria, incluida la traducción de sus textos a las seis lenguas de las minorías nacionales, y las visitas al terreno efectuadas por los equipos de observación del Comité de aplicación del Convenio núm. 29 no han permitido realizar progresos tangibles en la aplicación del Convenio. De las informaciones disponibles de diversas fuentes, incluidas las apreciaciones de la Funcionaria de Enlace tal como fueron reflejadas en su informe a la 286.a reunión del Consejo de Administración, surge que el recurso al trabajo forzoso continúa existiendo en la práctica y que la situación es particularmente grave y parece haber habido una escasa evolución en ciertas zonas en las que se aprecia una fuerte presencia del ejército. La Comisión tomó nota igualmente de que, a pesar del diálogo establecido entre las autoridades y la Funcionaria de Enlace en el marco del Comité de aplicación del Convenio núm. 29, en todas las investigaciones realizadas por este Comité sobre los alegatos de recurso al trabajo forzoso transmitidos por la Funcionaria de Enlace se llegó a la conclusión de que tales reclamos carecían de fundamento.

Habida cuenta de la urgente necesidad recordada en reiteradas ocasiones por la Comisión de Expertos, el Consejo de Administración y la Comisión de la Conferencia, de pasar de progresos formales a progresos reales para poner fin efectivamente al trabajo forzoso, la Comisión se congratuló por el Plan de Acción Conjunto para la eliminación del trabajo forzoso acordado entre el Gobierno y la OIT, el 27 de mayo de 2003, y expresó su apoyo al mismo. La Comisión tomó nota con interés de que, teniendo en cuenta la sugerencia realizada por la Misión de Alto Nivel, el Plan prevé el nombramiento de un Facilitador independiente encargado de ayudar a las víctimas de trabajo forzoso a obtener reparación con arreglo a la legislación nacional. Tomó nota asimismo de que el Facilitador ejercerá sus funciones en todo el país. En virtud del Plan de Acción, el Gobierno se compromete a respetar estrictamente la prohibición del trabajo forzoso en la región piloto. Subrayando que la puesta en práctica del Plan de Acción no libera al Gobierno de la obligación de adoptar las medidas necesarias para poner fin al trabajo forzoso en todo el país, la Comisión consideró que el Plan de Acción, en caso de ser aplicado de buena fe, permitiría realizar un progreso tangible en la eliminación del trabajo forzoso y abrir el camino hacia progresos más sustanciales. Instó firmemente al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para tal fin. Los informes presentados por el Facilitador al Consejo de Administración y los informes de evaluación sobre la puesta en práctica del Plan de Acción deberían permitir apreciar los resultados obtenidos.

En estas condiciones, la Comisión sólo pudo deplorar la situación creada por los hechos recientemente ocurridos en Myanmar. Un clima de incertidumbre e intimidación no constituye un ambiente adecuado en el que el Plan de Acción, y en particular el mecanismo del Facilitador que el mismo establece, pueda ser puesto en práctica de manera creíble. La Comisión expresó la esperanza de que el Gobierno adoptará las medidas inmediatas exigidas por esta situación. La Comisión confió en que la puesta en marcha del Plan de Acción Conjunto podría comenzar a llevarse a cabo tan pronto como el Director General considere que están dadas las condiciones para su aplicación efectiva. El Director General deberá informar al Consejo de Administración, en su reunión de noviembre de 2003, sobre la evolución de la situación, a la luz de las discusiones de esta Comisión.

El representante gubernamental lamentó que algunas de las conclusiones de la Comisión fueran incorrectas. Señaló que los recientes desarrollos políticos del país no tenían relevancia con el asunto que se discutía y prefirió no pronunciarse al respecto.

El miembro de los trabajadores de los Países Bajos, aunque plenamente de acuerdo con la positiva posición de los miembros trabajadores con miras a la conclusión, destacó que las últimas conclusiones eran muy débiles en lo que respecta al punto en el que se informa acerca de la aplicación de la Resolución de la OIT de junio de 2000 que él había planteado.

(no reproducido:

B. OBSERVACIÓN DE LA COMISIÓN DE EXPERTOS EN APLICACIÓN DE CONVENIOS Y RECOMENDACIONES RELATIVA A LA OBSERVANCIA POR MYANMAR DEL CONVENIO SOBRE EL TRABAJO FORZOSO, 1930 (NÚM.29)

Documento D.5

Breve resumen de acontecimientos ocurridos desde junio de 2002

Acontecimientos ocurridos desde la 286.a reunión (marzo de 2003) del Consejo de Administración

Apéndice: Plan de Acción Conjunto del Gobierno de la Unión de Myanmar y de la OIT para la eliminación de las prácticas de trabajo forzoso en Myanmar

Anexos

Documento D.6

Acontecimientos relacionados con la cuestión de la observancia por el Gobierno de Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) (documentos del Consejo de Administración GB.285/4, GB.285/4(Add.) y GB.285/4(Add.2)

Extractos del documento GB.285/PV: Actas de la discusión sobre los acontecimientos relacionados con la cuestión de la observancia por el Gobierno de Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), que tuvo lugar durante la 285.a reunión (noviembre de 2002) del Consejo de Administración

Acontecimientos relacionados con la cuestión de la observancia por el Gobierno de Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) (documentos del Consejo de Administración GB.286/6, GB.286/6/1, GB.286/6/1(Add.) y GB.286/6/1(Add.2)

Extractos del documento GB.286/PV: Actas de la discusión sobre los acontecimientos relacionados con la cuestión de la observancia por el Gobierno de Myanmar del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), que tuvo lugar durante la 286.a reunión (marzo de 2003) del Consejo de Administración

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