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Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre el desempleo, 1934 (núm. 44) - España (Ratificación : 1971)

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Artículo 2 del Convenio. Aplicación del Convenio a los contratos de formación. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota con satisfacción de la adopción de la Ley núm. 35/2000 de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado de Trabajo cuyo efecto, entre otros, es modificar el Estatuto de los Trabajadores a fin de extender a las personas que están recibiendo una formación la protección contra el desempleo, de conformidad con el artículo 2 del Convenio. Según la información transmitida por el Gobierno, esta medida ha permitido una mejora sustancial del régimen jurídico de los contratos de formación a fin de promover el empleo y hacer más atractivo este tipo de contrato tanto para las empresas como para los trabajadores.
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